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MATRIMONIO


Enviado por   •  21 de Marzo de 2014  •  1.335 Palabras (6 Páginas)  •  213 Visitas

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REQUISITOS MATRIMONIALES

Se consideraba matrimonio válido cuando se daban los siguientes requisitos:

 Capacidad natural. No podían contraer matrimonio los impúberos, es decir cuando los varones tenían menos de 14 y las mujeres menos de 12 años.

 Capacidad jurídica. Se debía ser libre y ciudadano, es decir, tener el status civitatis y líbertatís; la unión de los esclavos se consideraba un contubernio y estaba excluido el matrimonio entre personas libres y esclavas.

 No se consideró como matrimonio la unión de una persona romana con una persona extranjera, salvo una especial concesión, este matrimonio sólo era valido en el Estado al que pertenecía la persona extranjera.

 Consentimiento de los esposos. No podía contraer matrimonio el loco y no se tenía por válido el contraído con violencia.

ELEMENTOS

Para que en Roma se configurara el matrimonio, debían reunirse dos elementos, uno material, determinado por la cohabitación, y otro espiritual, por la affectio maritalis.

• La cohabitación comenzaba cuando la mujer ingresaba al domicilio del marido, aún cuando éste estuviera ausente.

• La affectio maritalis se exteriorizaba mediante el trato recíproco que se daban ante terceros, los esposos, tratándose con respeto, entre ellos y con respecto a los parientes del otro cónyuge, por vestir la mujer ropas apropiadas a la condición social del esposo, etc.

MATRIMONIO DE PERSONAS DEL MISMO SEXO

El matrimonio entre personas del mismo sexo reconoce legal o socialmente un matrimonio formado por contrayentes del mismo sexo biológico o identidad de género.

Las primeras leyes de la época actual en reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo fueron aprobadas durante la primera década del siglo XXI. A fecha de 20 de marzo de 2014, quince países (Argentina, Bélgica, Brasil, Canadá, Dinamarca, España, Francia, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Portugal, Sudáfrica, Suecia,Uruguay) y varias jurisdicciones subnacionales de México y los Estados Unidos permiten casarse a las parejas del mismo sexo. Reino Unido ha promulgado una ley para legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo, válida en Inglaterra y Gales, que entrará en vigor a mediados de 2014.

Las características generales de la institución del matrimonio incluidas en algunos ordenamientos jurídicos son la dualidad, la heterosexualidad y el contenido en cuanto aderechos y deberes. A partir del siglo XX, en las sociedades de influencia occidental y procedente del liberalismo se recoge también el principio de igualdad, con un peso creciente en las regulaciones derivadas.

• La dualidad del matrimonio es el principio por el que la institución está prevista, en principio, para unir a dos personas y vincularlas para su convivencia y procreación. En algunos ordenamientos (en especial los de base islámica) se reconoce la posibilidad de que un hombre contraiga matrimonio con más de una mujer. Pero incluso en este caso la institución vincula a una persona con otra, pues las diversas mujeres que un musulmán pueda tener no están unidas, en principio, por ningún nexo matrimonial ni tienen derechos y obligaciones entre sí.

• Tradicionalmente el matrimonio exige la pertenencia de cada contrayente a uno de ambos sexos, de manera que un hombre y una mujer son los únicos que, en principio, pueden contraer matrimonio. Este principio está siendo modificado en algunos países en favor del principio de igualdad, a fin de reconocer la paridad de derechos y obligaciones entre hombre y mujer y extender los beneficios que implica la institución del matrimonio a parejas formadas por personas del mismo sexo.

• El contenido en cuanto a derechos y deberes de los cónyuges varía en función del ordenamiento jurídico de cada país, pero por lo general todos les imponen la obligación de vivir juntos y guardarse fidelidad, de socorrerse mutuamente, de contribuir al levantamiento de las cargas familiares y de ejercer conjuntamente la potestad doméstica y la patria potestad sobre los hijos, que se presumen comunes salvo prueba en contrario. Las singularidades del contenido del matrimonio en cuanto a derechos y deberes de los cónyuges derivan en cada país de su propia concepción cultural de la institución, que ha dado forma a la misma en su legislación positiva y en su práctica jurídica.

DEFINICIONES

El

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