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Mediación como método sustentable de resolución de conflictos


Enviado por   •  28 de Octubre de 2019  •  Documentos de Investigación  •  1.136 Palabras (5 Páginas)  •  189 Visitas

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Mediación como método sustentable alternativo

En Ecuador  en 1997 se aprueba la ley de arbitraje y mediación, con esto incorporando el arbitraje y la mediación como métodos alternativos de resolución de conflictos. Vamos a analizar que tan factible seria el apoyo a gran escala del arbitraje y mediación como medida de solución de conflictos menos graves y como esto podría beneficiar en la aceleración de resolución de juicios.

Estos métodos pueden ser muy útiles dentro del sistema ecuatoriano por el hecho de ser más rápidos y directos que los juicios ordinarios; Su eficacia y valoración son igual de validos que una sentencia de un juicio, por lo cual se valora como una alternativa muy sustentable

La mediación se resume como un método por el cual un mediador trata de hacer llegar a un acuerdo a las partes, y con esto dar por finalizado el conflicto de la mejor manera.

Y el arbitraje es un método por el cual un arbitro especialista en esta materia escucha los hechos igual que en un juicio y da una resolución valorativa dando la razón a alguna de las partes.

Según el ministerio de justicia definen la mediación con tres conceptos los cuales son:

 “Es un servicio ágil. Un conflicto resuelto por la vía judicial demoraría en resolverse varios años, a través de mediación puede requerir una sola sesión para concluirse, con la satisfacción de ambas partes, puesto que en la mediación todos ganan. “

“Es una solución económica. La mediación, por su dinámica, significa ahorro de dinero, tiempo, energías, pero sobre todo evita la carga emocional. Además, previene y resuelve los conflictos en el menor tiempo posible y con el menor costo.”

“La mediación se adapta a las necesidades de las partes y busca satisfacer sus intereses. Desde luego ello implica que ambas partes concedan algo en beneficio del otro.”

También viendo que hasta este momento existen 86 centros de mediación  y arbitraje autorizados dentro del territorio ecuatoriano.

Como afirma Christopher More en su libro “El Proceso de Mediación” existen varios métodos de solución de conflictos los cuales llegan a ser:

La mediación, el arbitraje, justicia ordinaria, conciliación, y el método violento cohersivo.

Con este concepto podemos analizar que, en su libro se refiere a que la mediación es un método de resolución de conflictos extra judicial por lo cual debería ser aplicado anteriormente antes de acudir a la justicia ordinaria. De cierta manera utilizándolo como un filtro para ver que conflictos pueden ser resueltos de una manera mas simple que acudiendo a la justicia ordinaria.

Al referirnos a Estos métodos debemos analizar su contenido dentro de la ley, esto se encuentran tipificados en el “Art. 190.- Se reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en las que por su naturaleza se pueda transigir. En la contratación pública procederá el arbitraje en derecho, previo pronunciamiento favorable de la Procuraduría General del Estado, conforme a las condiciones establecidas en la ley“

(En la Constitución de la República del Ecuador del año 2008)

 

Con esto podemos ver que la constitución reconoce a la mediación como método de solución de conflictos mientras la ley lo permita.

Con esto topamos un punto muy importante el cual es, en que materias es valida la mediación y pues en general en todas menos en la penal, mas específicamente en los delitos públicos.

A la vez en el libro “El proceso de mediación, capacidad y habilidades del mediador“ de María Ángeles Peña Yáñez, la mediación es un proceso menos extenso que la justicia ordinaria, desde este punto de vista, la mediación es una excelente alternativa a la justicia ordinaria, por el simple hecho que en el Ecuador actualmente los procesos judiciales son muy extensos, sin importar su materia. En lo cual una causa común en la justicia ordinaria puede ser resuelta en mínimo 6 meses a aproximadamente 2 años como poco (dependiendo del ámbito); mientras que la mediación puede resolver el conflicto en 1 mismo día dependiendo de la predisposición de las partes, y aun que el proceso pueda retardarse, si llega a haber un acuerdo este de igual manera será mas veloz que la justicia ordinaria, también se afirma que el acta de mediación tiene la misma validez que una sentencia dada por un juez.

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