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NIIF 2 ACTIVOS. Cuadro Comparativo


Enviado por   •  28 de Abril de 2021  •  Tareas  •  862 Palabras (4 Páginas)  •  159 Visitas

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Asignatura: 

NIIF 2 ACTIVOS

Tema:

Cuadro Comparativo

Presentado por:

Alejandra Meneses Acosta

Adriana Clavijo Meneses

Johanna Andrea Cuenca Herrera

Pedro Alejandro Rivera Marroquín

Docente:

Nury Isabel Bastidas

Corporación Universitaria Minuto de Dios

Contaduría Pública

Ibagué Tolima  

15 de Octubre del 2020


Introducción

Este trabajo es sobre las semejanzas y diferencia de las NIIF- NIC, decreto 2649, y el estatuto tributario, teniendo en cuenta que las Normas Internacionales de Información financiera, Colombia las adopto al sector económico del país con el fin de producir una información financiera comprensible, transparente y comparable, pertinente y confiable, útil para la toma de decisiones,  con el objetivo de internacionalizar las relaciones de comercio y de crear un sistema uniforme, con un mismo lenguaje que facilite el libre comercio,  para lo cual y por medio de esta Leyes, se establece qué autoridades son responsables del proceso de formalización y las entidades encargadas de vigilar su cumplimiento.


Objetivos

General

Determinar similitudes y diferencias entre el decreto 2649, NIIF – NIC Plenas Activos y el estatuto tributario.

Específicos

Averiguar conceptos y principios de cada norma

Determinar la importancia de estas normas al ser adoptadas por una empresa


CUADRO COMPARATIVO

NIIF-NIC PLENAS ACTIVOS

DECRETO REGLAMENTARIO 2649

ESTATUTO TRIBUTARIO ART.21-1, ART. 60, ART. 771-2

NIIF para PYMES párrafo 2.15. Activo es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos.” de acuerdo al ISAB

Un activo se considera la representación financiera de un recurso obtenido por el ente económico como resultado de eventos pasados, de cuya utilización se espera que fluyan a la empresa beneficios económicos futuros

Art. 60 activos movibles los bienes corporales muebles o inmuebles y los incorporales que se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente e implican ordinariamente existencias al principio y al fin de cada año o período gravable.

la necesidad de información para satisfacer los diferentes usuarios, establece los objetivos  y  características cualitativas de los elementos de  los estados financieros, el reconocimiento, medición  y  los conceptos  de capital

Se definen los principios, el ámbito de aplicación, los objetos y cualidades de la información, normas básicas y elementos de los estados financieros, así mismo su carácter es obligatorio por tratarse de una norma de tipo legal

ART. 70 Los contribuyentes podrán ajustar anualmente el costo de los bienes muebles e inmuebles, que tengan el carácter de activos fijos

Hay una normas para el tratamiento de inventarios  IAS - NIC 2 para empresas que aplican NIIF plenas, Sección 13 NIIF para PYMES, Y CS Capítulo 8 para las microempresas,  IAS NIC 16, Sección 17 NIIF PYMES y CS, Capitulo 9 para Propiedad, Planta y Equipo como propiedades de inversión, también se tratan bajo la NIIF 5, los activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones discontinuas,  criterio no tenido en cuenta en  la norma colombiana.

los activos se clasifican en disponibles, cuentas por cobrar,  inversiones, inventarios, propiedad planta y equipo, intangibles diferidos, y otros activos

ART 21. Los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos deberán tener en cuenta la base contable de acumulación o devengo, la cual describe los efectos de las transacciones y otros sucesos y circunstancias sobre los recursos económicos y los derechos de los acreedores de la entidad que informa en los períodos en que esos efectos tienen lugar, incluso si los cobros y pagos resultantes se producen en un periodo diferente.

La NIIF  38 un activo satisface el criterio de identificabilidad en la definición de activo intangible cuando es separable y surge de derechos contractuales u  otros derechos legales, hace la excepción para  el reconocimiento de los intangibles surgidos de la investigación o de la fase de investigación  de proyectos internos, además se permite para su medición posterior al reconocimiento el modelo del costo y el modelo del revalúo

En el ART. 66 del Decreto 2649 de 1993 se definen los activos intangibles como los recursos obtenidos por un ente económico, que carece de naturaleza material, implican un derecho o un privilegio oponible a terceros, distintos de los derivados de otros activos, de cuyo ejercicio o explotación pueden obtenerse beneficios económicos en varios periodos determinables, se establece su medición al costo histórico y se dispone que se deben amortizar durante su vida útil de manera sistemática

Art. 75 E.T, contempla, que Para que proceda el costo, el respectivo intangible deberá figurar en la declaración de renta y complementarios del contribuyente correspondiente al año inmediatamente anterior al gravable y estar debidamente soportado mediante avalúo técnico. 

En NIIF los activos diferidos no se permite este tratamiento y estos cargos se deben llevar directamente  y en su totalidad al gasto.

Los activos diferidos se amortizan (llevando gradualmente al gasto), a fin de no afectar negativamente los resultados en un solo periodo, de modo que su efecto se “difería”, llevándolo al gasto en un determinado número de meses.

ART. 142 Estatuto Tributario los activos diferidos “Son deducibles, en la proporción que se indica en el artículo siguiente, las inversiones necesarias realizadas para los fines del negocio o actividad, si no lo fueren de acuerdo con otros artículos de este capítulo y distintas de las inversiones en terrenos

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