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NOCIÓN Y CONDICIONES


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2012  •  Trabajos  •  426 Palabras (2 Páginas)  •  230 Visitas

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ALUVIÓN: NOCIÓN Y CONDICIONES. A QUIÉN CORRESPONDE EL DERECHO DE ALUVIÓN?.

Se llama aluvión a los acrecentamientos o incrementos de tierra que reciben paulatina e insensiblemente los terrenos ribereños por efecto de las corrientes de las aguas y que corresponde por accesión a los propietarios de dichos inmuebles. El art. 1976 establece: “Los acrecentamientos de tierra formados paulatina e insensiblemente por causas naturales pertenecen a los propietarios de las tierras ribereñas. Esta disposición es aplicable a los lagos y lagunas.”.

Condiciones: es de rigor que los acrecentamientos de tierra se produzcan en forma paulatina e insensible, como fenómeno no perceptible de un día a otro, como resultado de la acción lenta de las aguas, que se hace perceptible después de transcurrido cierto tiempo desde los inicios del proceso de formación del terreno de aluvión cuya propiedad se atribuye al propietario del inmueble ribereño.

A quien corresponde?: Ya el derecho Romano reconoció a favor de los propietarios ribereños el derecho a beneficiarse con los incrementos de tierra formados en las costas de los ríos. El art. 1977 establece: “El terreno de aluvión accede a las heredades ribereñas dentro de sus respectivas líneas de demarcación, prolongadas directamente hasta el agua, respetadas las disposiciones concernientes a la navegación”.

De modo que el incremento de tierra que se forma en la ribera de ríos, lagos y lagunas, pertenece a los propietarios de las heredades ribereñas en la proporción del ancho que cada una de ellas tenga sobre el respectivo curso del agua. Los límites de los respectivos inmuebles se prolonga perpendicularmente sobre el río y las porciones que quedan comprendidas entre tales prolongaciones corresponde en propiedad a los dueños de los respectivos inmuebles ribereños.

Inmuebles con muebles: se unen a través de 2 cosas que se pueden luego modificar con los derechos reales.

1-. Inaedeficatio: uno tiene una tierra y otro construye encima.

2-.Plantatio: plantar cultivos en la tierra de otro.

Muebles con muebles: Hay muchas clases

1-. Ferrumiatio: cuando se unían dos objetos metálicos. Había que determinar quién era el dueño de la cosa final y lo que decían las fuentes era que el dueño de la cosa final era el de la cosa principal.

2-. La textura: hacía referencia a cuando tenían una tela y se bordaba. El dueño de la tela se hace el dueño de los hilos y por lo tanto del bordado.

3-. Escriptura: (Papel/poesía).

Cuando no había acuerdo existían dos formas de acuerdo entre las partes:

1) exceptio de dolo;

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