ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CARACTERIZACION Y NOCIONES DOCTRINALES DE LA CONDICION DEL EXTRANJERO

perroscli1 de Noviembre de 2013

3.572 Palabras (15 Páginas)2.017 Visitas

Página 1 de 15

TEMA 7 CARACTERIZACION Y NOCIONES DOCTRINALES DE LA CONDICION DEL EXTRANJERO

La palabra extranjero proviene del vocablo latín “extraneus” que tiene como significado “extraño”; es decir aquellas personas ajenas a un país determinado.Carlos Arellano García considera al extranjero como “... la persona física o moral que no reúne los requisitos establecidos por el sistema jurídico de un Estado determinado para ser considerada como nacional”.

Derechos y Obligaciones de los Extranjeros en México

El conjunto de derechos y obligaciones de los extranjeros que se encuentran en México residiendo temporal o permanentemente en el país tiene como primera referencia las disposiciones contenidas en el artículo 1º de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos, que señala que todo individuo gozará de los derechos y garantías protegidos por esta Constitución, de tal manera se puede afirmar que por el solo hecho de ser personas se tendrá la posibilidad de estar protegido por la Constitución. Sin embargo no todos los derechos de que gozaran los mexicanos les son aplicables a los extranjeros, tal es el caso de la prohibición existente para conformar partidos políticos, adquirir propiedad respecto de tierras y aguas del territorio nacional, y también el realizar actos inherentes a un punto religioso determinado.

En contraposición al conjunto de derechos de que pueden hacer valer los extranjeros existen una serie de obligaciones que están obligados a observar tales como:

1.- Acreditar una legal estancia en el País

2.- Respetar las disposiciones relativas a la imposibilidad de intervenir en los asuntos religiosos del País.

3.- Respetar las disposiciones de los organismos y autoridades del país, procurando tener una forma honesta de vivir.

Sistemas de trato para Extranjeros.

De acuerdo con la doctrina del Derecho Internacional Privado, existen diversos sistemas de trato para los extranjeros, los cuales son:

A)Sistema de Reciprocidad Diplomática: Establece que los extranjeros tienen los derechos civiles estipulados en los tratados, según Francisco Contreras Vaca lo anterior resulta ineficaz debido a la gran cantidad de convenciones internacionales que tendrían que suscribirse

B) Sistema de la reciprocidad legislativa o de hecho: Consiste en que los estados otorgan a los extranjeros los derechos que sus nacionales gozan en el país de donde provienen.

C) Sistema de equiparación a nacionales: Concede al extranjero igualdad de derechos civiles con los nacionales hasta que una disposición legal no establezca restricciones en forma expresa.

D) Sistema de mínimo de derechos: Salvaguarda al extranjero un mínimo de derechos que la normatividad internacional ha considerado indispensable para el desarrollo de la persona y la protección de su dignidad humana.

Derechos y obligaciones de los extranjeros a la luz del Derecho Internacional.

La Convención sobre Condiciones de los Extranjeros, firmada en la Habana en 1928, suscrita por México y diecinueve países que asistieron a la Sexta Conferencia Internacional Americana, estableció derechos y obligaciones. A continuación se mencionan las más importantes:

A) El derecho de los Estados para establecer, por medio de leyes, las condiciones de entrada y residencia de los extranjeros.

B) Subordina a los extranjeros a la jurisdicción y leyes locales.

C) Obliga a los extranjeros a pagar las contribuciones ordinarias y extraordinarias, siempre que sean generales para la población.

D) Obliga a los Estados a que reconozcan el goce de las garantías individuales a los extranjeros.

E) Faculta a los Estados para que por motivos de orden o seguridad, puedan expulsar al extranjero.

F) Prohíbe a los extranjeros inmiscuirse en las actividades políticas privativas de los ciudadanos del país receptor.

Lo anterior denota que en todo momento el Estado, con base en su soberanía, puede aceptar o rechazar el ingreso de extranjeros en su territorio, siempre y cuando no se vulneren los derechos fundamentales de los mismos. Así mismo, se reconoce que todo extranjero tiene limitaciones al derecho de estancia en un país ajeno, y a la vez debe cumplir con las obligaciones, contribuciones y reglas que el mismo Estado determine en su régimen interno.

Lo anterior evidencia la condición jurídica de los extranjeros en el Derecho Internacional, ya que las Convenciones acerca del trato para extranjeros, así como aquéllas que regulan su situación de internación y estancia, establecidas a través de normas de Derecho Internacional derivadas de Tratados suscritos para esos efectos, reconocen que todo extranjero debe cumplir con el orden jurídico interno del país receptor, y no pueden establecerse de ninguna manera privilegios o prerrogativas mayores que las que gozan los nacionales. Ello se demuestra con la Cláusula Calvo, llamada así por haber sido redactada por el jurista argentino Carlos Calvo, en el año de 1844.

TEMA 8 ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA CONDICION DE EXTRANJERO

La regulación del extranjero, se ha observado a través de los siguientes textos históricos:

A) Constitución de Apatzingán: En su artículo 14 consagra: “ Los extranjeros radicados en este suelo, que profesaren la religión católica, apostólica y romana y no se opongan a la libertad de la nación, se reputarán también ciudadanos de ella, en virtud de carta de naturaleza que se les otorgará y gozarán de los beneficios de esta ley”.

B)Plan de Iguala:Poco antes de consumada la independencia de México, este Plan sugiere un trato de plena igualdad de nacionales y extranjeros.

C) Tratado de Córdova:En su artículo 15 establecía, sin distinción entre nacionales y extranjeros, el derecho de toda persona de trasladarse con su fortuna adonde le convenga. Este tratado fue firmado por Agustín de Iturbide y Juan O´Donojú, el 24 de agosto de 1821.

D) Constitución de 1857: En relación con los extranjeros se desprenden los siguientes artículos: En su artículo 1 establece que los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales.

Sólo se limitan los derechos del hombre en materia política a los no ciudadanos de la República.

Los artículos 32 y 33 son disposiciones especiales en las que se asienta un trato diferencial, en relación al artículo 32, los mexicanos serían preferidos a los extranjeros en igualdad de circunstancias, para todos los empleos, cargos o comisiones.

El artículo 33 establece expresamente a favor de los extranjeros, que éstos tienen derechos a las garantías consagradas por la sección primera de dicha Constitución, pero reserva a favor del gobierno la facultad para expeler al extranjero pernicioso.

E) La Ley de Extranjería y Naturalización de 1886: Reguló el tema de la condición jurídica de los extranjeros al lado del tema de la nacionalidad. Este ordenamiento dedicó el capítulo IV a los derechos y obligaciones de los extranjeros, regulando la situación jurídica de los extranjeros. Y resaltaba que el ordenamiento admite plenamente para el extranjero el goce de los derechos civiles.

F) Ley de Nacionalidad y Naturalización de 1934: Esta ley no menciona en su denominación la extranjería que también reglamenta el capítulo IV bajo el rubro: “Derecho y obligaciones de los extranjeros”; este capítulo IV no hace una codificación del gran número de disposiciones que en el Derecho Mexicano regulan la condición jurídica de los extranjeros.

El artículo 33 de dicho ordenamiento consagra la cláusula Calvo.

En la exposición de motivos establece que se ha conservado gran parte de la ley de 1886.

G) La Ley de Inmigración de 1908:Promulgada por Porfirio Díaz, entró en vigor el 1° de marzo de 1909 y rigió hasta el 31 de mayo de 1926 contenía disposiciones generales sobre inmigración, todo lo referente a esta materia era competencia de la Secretaría General de Gobernación.

Todo extranjero debía ser sometido a reconocimiento para determinar su admisión, esta ley preveía las clases de extranjeros cuyo estado de salud, capacidad física, modo de vivir pertenecía a sociedades anarquistas o responsabilidad en la comisión de delitos impedían su ingreso al país, esto con la finalidad de evitar la perturbación del orden público.

Ley no hacía referencia alguna a documentos migratorios o de identidad exigidos a los extranjeros para ingresar al país, tampoco se regulaban las calidades y características migratorias.Dicho ordenamiento establecía la facultad del Ejecutivo para ordenar la remisión del extranjero al país de su procedencia cuando hubiera ingresado al territorio nacional con violación de los preceptos legales, siempre y cuando no tuviera más de tres años de residencia en la República.

H) La Ley de Migración de 1926: Expedida por el entonces Presidente Plutarco Elías Calles, el día 19 de abril de 1926, derogando la ley de 1908.

La ley de 1926, regulaba la inmigración y la emigración estableciendo un mayor control respecto de la entrada y salida de los extranjeros.

Los extranjeros que deseaban inmigrar a territorio nacional debían manifestarlo al cónsul mexicano a fin de que se le inscribiera en el Registro de Extranjeros y se les extendía una tarjeta individual de identificación.Dicha ley contemplaba ya, los casos de deportación y expulsión del país.

I) La Ley de Migración de 1930: Regulaba la materia migratoria con mayor detalle que las anteriores ya que contenía un capítulo específico sobre servicio migratorio en el que se establecía que este estaba a cargo de la Secretaría

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (23 Kb)
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com