Naciones preliminares. Normativa contable
beton08Tarea5 de Septiembre de 2021
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Capítulo 1: Naciones preliminares. Normativa contable
Cambios en la normativa
En México, como en otros países, existe un comité encargado de llevar a cabo los procesos de investigación y auscultación entre la comunidad financiera, de negocios y de otros sectores interesados considerando, por supuesto, la actual normativa internacional; dicho comité es el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF), el cual ha establecido las Normas de Información Financiera (NIF) en sustitución de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA); las NIF, con su entrada en vigor a partir del 1o, de enero del 2006, son el resultado de una sustancial resión y actualización a los PCGA. Por la relevancia que presentan las NIE se ha creído conveniente incluir la explicación, tanto de su estructura como de sus postulados en el capítulo 23 de este Primer curso de contabilidad, y no situar- las al principio, por considerar que el estudiante no cuenta con. Cierto cumulo de conocimientos teóricos de la materia necesarios para su correcta interpretación: no obstante, en el desarrollo de ciertos capítulos se han incluido, de manera accesible, referencias a esta nueva normativa contable.
A continuación, se indican las Normas de Información Financiera de la serie A, así como los boletines que dejaron sin efecto:
NIF A-1, Estructura de las Normas de Información Financiera. Deja sin efecto al Boletín A-1, esquemas de la teoría básica de la contabilidad financiera y su addendum.
NIF A-2, Postulados Básicos. Deja sin efecto al boletín A-2, Entidad, y al Boletín A- 3, Realización del periodo contable.
NIF A-3, Necesidades de los Usuarios y Objetivos de los Estados Financieros. Para esta norma se reconsideraron los anteriores Boletines B-1, Objetivos de los Estados Financieros, y B-2, Objetivos de los Estados Financieros de entidades con propósito no lucrativo, para formar parte del marco conceptual de la serie A, y dejando sin efecto los Boletines antes mencionados.
NIF A-4, Características Cualitativas de los Estados Financieros, En conjunto con la NIFA-1, deja sin efecto el boletín A-1 y a su addendum.
NIF A-5, Elementos Básicos de los Estados Financieros. Deja sin efecto al Boletín A-11, Definición de los conceptos básicos integrantes de los Estados Financieros;
también todo lo relativo a partidas especiales, así como a las partidas extraordinarias del boletín A-7, Compatibilidad.
NIF A-6, Reconocimiento y Valuación. Esta norma no deroga ningún Boletín por no tener algún documento precedente.
NIF A-7, Presentación y Revelación. Esta norma amplía el contenido normativo del anterior Boletín A-5, Revelación suficiente en lo relativo a revelaciones de políticas contables.
NIF A-8, Supletoriedad. Esta norma amplía el anterior Boletín A-8, Aplicación supletoria de las normas internacionales de contabilidad, y deroga todas las circulares emitidas por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC), relativas al tema de supletoriedad.
Contabilidad, contador, normativa, ética y aspectos legales
Definición de arte, ciencia, técnica y disciplina. La contabilidad ha sido considerada como arte, 1 ciencia, técnica y disciplina, vocablos cuya acepción es necesario conocer para aplicar en la definición de contabilidad el que se juzgue más conveniente; al respecto. Contabilidad es la disciplina que enseña las normas y procedimientos para analizar, clasificar y registrar las operaciones efectuadas por entidades económicas integradas por un solo individuo, o constituidas bajo la forma de sociedades con actividades comerciales industriales, bancarias o de carácter cultural, científico, deportivo, religioso, sindical gubernamental, etc. Y que sirve de base para elaborar información financiera que sea de utilidad al Usuario general en La toma de sus decisiones económicas.
Necesidades de los usuarios
La misma NIF A-3 indica en los siguientes párrafos cuál es el punto de partida para la identificación de las necesidades de los usuarios; en qué destina sus recursos el usuario general, comúnmente en efectivo; de qué manera puede clasificarse el usuario general de la información financiera y cuáles son los sones. La actividad económica es el punto de partida para la identificación de las necesidades de los usuarios, esta se materializa a través del intercambio de objetos económicos entre los distintos sujetos que participan en ella. Dichos objetos se identifican con los diferentes bienes, servicios y obligaciones susceptibles de intercambio. El usuario general destina sus recursos, comúnmente en efectivo, a consumos, ahorros y decisiones de inversión, donación o préstamo, para lo cual requiere de herramientas para su toma de decisiones. La información financiera es, en si, una herramienta esencial para la toma de decisiones por parte del sujeto económico (usuario general).
Entidad económica
Es una entidad identificable que realiza actividades económicas, constituida por combinaciones de recursos humanos, materiales, técnicos y financieros dirigidos y administrados por una autoridad que toma decisiones con respecto al logro de los fines específicos para los que fue creada; se presume como una unidad identificable con personalidad independiente de la de sus socios, propietarios o patrocinadores. La entidad económica puede ser una persona física o una persona moral. La misma NIF A-2 (Postulados básicos) define a la entidad económica en los siguientes términos: La entidad económica es aquella unidad identificable que realiza actividades económicas, constituida por combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros (conjunto integrado de actividades económicas y recursos), conducidos y administrados por un único centro de control que toma decisiones encaminadas al cumplimiento los fines específicos para los que fue creada; la personalidad de la entidad económica es independiente de la de sus accionistas, propietarios o patrocinadores. A continuación, se presenta cada uno de los conceptos integrantes del postulado básico anterior: Unidad identificable. La NIFA- 2, Postulados básicos, explica los casos en que una unidad es identificable. Una entidad que persigue fines económicos particulares y que es. independiente de otras entidades es una unidad identificable cuando a) existe un conjunto de recursos disponibles, con estructura y operación propios, encaminados al cumplimiento de fines específicos y. b) se asocia con un único centro de control que toma decisiones con respecto al logro de fines específicos. Conjunto integrado de actividades económicas y recursos. La NIF A-2, Postulados básicos, explica lo que es un conjunto integrado de actividades económicas y recursos en los siguientes términos: Las actividades económicas de la entidad combinadas con sus recursos, determinan el valor económico de la misma, independientemente del valor individual de dichos elementos El conjunto integrado puede estar conformado por los activos tangibles e intangibles, el capital de trabajo, el capital intelectual y la fuerza de trabajo, el conocimiento del negocio, los contratos que aseguren la obtención de recursos y la generación de beneficios económicos, y los procesos gerenciales estratégicos, operacionales de administración de recursos, entre otros.
Personas físicas y personas morales
En lo que se refiere a las personas físicas y a las morales, el Código Civil del Distrito Federal establece en su articulado lo siguiente:
De las personas fisicas:
Art. 22. La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte, pero desde el momento en que un individuo es concebido,
entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.
Art. 23. La minoría de edad, el estado de interdicción y demás incapacidades establecidas por la ley, son restricciones a la capacidad de servicios que no significa menoscabo a la dignidad de la persona ni a la integridad de la familia: los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes.
Art. 24. El mayor de edad tiene la facultad de disponer libremente de su persona y de sus bienes, salvo Las limitaciones que establece la ley}
De las personas morales
Art. 25. Son personas morales: L La Nación, el Distrito Federal, IL Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley; III. Las sociedades civiles o mercantiles; IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 Estados y los Municipios; de la Constitución Federal; V. Las sociedades cooperativas y mutualistas; VI. Las asociaciones distintas de recreo o cualquier otro fin licito, siempre que no fueren desconocidas por la ley; y VIL. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736. enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos,
de Art. 26. Las personas morales pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución.
Art. 27. Las personas morales obran y se obligan por medio de los órganos que las representan, sea por disposición de la ley o conforme a las disposiciones relativas de su escritura constitutiva y de sus estatutos.
Art. 28. Las personas morales se regirán por las leyes correspondientes, por su escritura constitutiva y por sus estatutos.
Capitulo 2: capital activo y pasivo.
Para poder tener un concepto claro del verdadero significado que el capital tiene en el estudio de la contabilidad, a continuación se explica lo que se entiende por capital en los tres aspectos que por sí mismo puede representar, o sea, el capital económico, el capital financiero y el capital contable. Capital económico. Es uno de los factores de la producción y está representado por el conjunto de bienes necesarios para producir riqueza. Por ejemplo, en el caso de un carpintero, sus herramientas de trabajo constituyen su capital, porque sin ellas no puede hacer productivo su trabajo; en el caso de un agricultor, su maquinaria y demás
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