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Negociacion

orli199427 de Agosto de 2014

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INTRODUCCIÓN

El pasado 17 de julio se envió a la Asamblea el Proyecto Reformatoria a la Ley de Telecomunicaciones, en el que se proyecta un cambio en la repartición de utilidades. Las empresas privadas reparten el 15% de sus utilidades para sus empleados. En este caso, la Reforma plantea que las empresas de Telecomunicaciones deberán dividir el 3% para sus trabajadores y el 12% restante irá al estado. Claro y Movistar son las empresas que deben acogerse a esta reforma por el hecho de que son transnacionales.

¿Qué razones sostiene el estado al plantear esta reforma?

El objetivo es invertir en proyectos de telecomunicaciones que sean un beneficio para la ciudadanía. En la Reforma se especifica que ese 12% será destinado a proyectos de inversión social y desarrollo de las telecomunicaciones, especialmente para hacer más universal el servicio.

Jaime Guerrero, Ministro de Telecomunicaciones, manifiesta que dichas empresas se llevan el dinero a sus países de origen y no dejan beneficios para el Ecuador. En el 2013, Claro y Movistar, repartieron entre sus empleados 130 millones de dólares por utilidades.

De acuerdo a las cifras de estas compañías, en el 2013, Claro entregó $104, 6 millones y Movistar $25,6 millones por utilidades. En caso de que se apruebe la reforma, estas empresas deberán entregar $104,2 millones al estado.

¿Cuál es la posición de las empresas de Telecomunicaciones?

Claro y Movistar no se han pronunciado ante este comunicado, sin embargo Roberto Aspiazu, Director de la Asociación de Empresas de Telecomunicaciones, manifestó que el estado no ha notado el beneficio que tienen de las utilidades para estos ecuatorianos.

Estas personas cuentan con las utilidades para tener una casa propia o utilizar el servicio de salud privada en vez de ir a los hospitales públicos. Por ejemplo, en el caso de Movistar, estos beneficios se verán afectados ya que solo serían 5,12 millones para repartir entre todos los empleados. Siendo 2500 un estimado de las nuevas utilidades.

CUANDO NACIÓ EL CONFLICTO ENTRE EL ESTADO Y LA TELEFONÍA MÓVIL

CONFLICTO DE INTERESES

Cuando el Estado asume simultáneamente los papeles de empresario y regulador, desincentiva a la inversión privada, porque esta teme, con razón, que las empresas públicas con las que competirá en el mercado estarán en situación privilegiada frente a la del emprendedor privado. Por definición y naturaleza, al Estado le corresponde la regulación de la actividad económica para que no se cometan abusos en perjuicio de los consumidores, campo de suprema importancia y propio de la organización social. Sin embargo en regímenes que privilegian lo público sobre lo privado –que suelen denominarse progresistas pese a que en ellos son menores los avances económicos y sociales- el Estado se ha convertido en empresario que actúa en múltiples áreas que, al mismo tiempo son reguladas por el propio Estado.

En Ecuador, el Estado se ha convertido en uno de los mayores empresarios, porque casi no existe sector en el que no estén presentes empresas públicas. Así, bancos y financieras, petróleo (desde la exploración y explotación hasta la refinación y la comercialización de derivados), seguros, prensa escrita, televisión y radio, transporte aéreo, telecomunicaciones, acerías, hoteles, minas, cemento, industria farmacéutica, confecciones, calzado, entre las principales. Y en todos ellos, las empresas públicas compiten con similares privadas, creando así situaciones de inequidad. No solamente que el Estado es al mismo tiempo regulador de esos sectores, con lo cual la preferencia de la que gozan las empresas estatales es inocultable, sino que las públicas están exentas de impuestos, especialmente del impuesto a la renta, como lo dispone el artículo 41 de la ley Orgánica de Empresas Públicas. El desequilibrio resultante daña el clima de inversión, porque dos empresas –la una pública y la otra privada- que operan en el mismo sector, que atienden al mismo mercado, que pueden vender volúmenes similares, la primera no paga impuesto a la renta y la segunda sí.

A propósito de la anunciada negociación del sistema conocido como 4G (cuarta generación de tecnología para comunicación y transferencia de datos e imágenes por vía celular), la diferencia de trato a las empresas públicas y privadas que operan en el sector salta a la vista. La Corporación Telefónica Nacional (CNT), que tiene la mayor participación en el mercado de telefonía fija y una muy pequeña presencia en celular (pese a los enormes recursos de que ha dispuesto y los años que lleva en el negocio) recibió hace ya más de un año la concesión para 4G y el uso del espacio radioeléctrico respectivo, sin concurso y sin pago alguno, mientras que las privadas, Claro y Movistar, deberán pagar sumas muy importantes de dinero para la misma concesión. No se cuestiona el pago que estará obligadas a realizar las telefónicas privadas para operar la tecnología 4G, pero sí se cuestiona la inequidad en el tratamiento a unas y otras.

El Estado se ha convertido en el país en uno de los mayores empresarios: casi no existe sector en el que no estén presentes empresas públicas.

LIMITAN EL USO DE TELEFONÍA CELULAR EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS

El Contralor General del Estado, Carlos Pólit expidió el Reglamento para uso, administración y control del Servicio de Telefonía Móvil Celular y de Bases Celulares Fijas en las Entidades y Organismos del Sector Público.

La normativa, que se encuentra vigente desde el 30 de agosto, cuando fue emitida, establece que los servidores públicos autorizados puedan contar con el servicio de telefonía móvil celular, para atender asuntos inherentes a sus cargos, de acuerdo a una tabla por orden de jerarquía.

Las máximas autoridades de la Corte Constitucional, ministerios, secretarias de Estado, miembros del Consejo Nacional Electoral, Consejo de la Judicatura, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura, Procuraduría General del Estado, Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, Defensoría del Pueblo, Contraloría General del Estado, Superintendencias, Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado, Distritos Metropolitanos Autónomos, Consejos Provinciales y Consejos Municipales, contarán con un monto de consumo mensual de 200 dólares.

Las máximas autoridades de las entidades del sector público cuyo ámbito de acción es nacional, Tendrán un valor de 150 dólares.

El Presidente, Vicepresidente de la República, Presidentes de la Asamblea Nacional, de la Corte Nacional de Justicia, Consejo Nacional Electoral, Función de Transparencia y Control Social, un valor ilimitado.

OTRAS DISPOSICIONES

En las instituciones cuyo gobierno y administración esté a cargo de cuerpos colegiados, se entenderá como máxima autoridad al Presidente del Directorio o al Director Ejecutivo.

Las instituciones del Estado también podrán contar con el servicio de telefonía de bases fijas, cuando la necesidad lo justifique, con un monto de consumo mensual que, en total, no exceda de 200 dólares.

La contratación del servicio de telefonía móvil celular y de bases fijas se realizará bajo la responsabilidad de la máxima autoridad institucional, previa justificación de su necesidad.

Se prohíbe el uso de telefonía móvil celular a funcionarios que no formen parte del nivel jerárquico, por lo que se procurará el monto del consumo a lo mínimo necesario.

Las máximas autoridades de una institución, también tendrán acceso a la telefonía móvil celular desde una línea convencional instalada en sus despachos.

Se exceptúan el uso del Servicio de telefonía celular y de bases fijas las unidades educativas de nivel básico y medio.

El Contralor Pólit, recordó que la Contraloría General del Estado, en ejercicio de sus labores de control, vigilará el fiel cumplimento de las disposiciones del reglamento y podrá establecer las responsabilidades a que hubiere lugar.

TELEFONÍA CELULAR DE ECUADOR QUEBRÓ EN 1999, PORTA ARGUMENTA QUE RECIBIÓ GRANDES DEUDAS

La empresa CONECEL, propietaria de PORTA Celular, exhibió hoy un argumento ante los conflictos que está enfrentando con su concesión en Ecuador, una revelación que no se conoció en el país: que por la dolarización como por el congelamiento bancario, durante el régimen de Jamil Mahuad, en 1999, la telefonía celular estaba quebrada como negocio, y por lo mismo recibió deudas por más de $125 millones de dólares con el Banco de New York, y es a partir de ese monto el que se procede a generar la operación con América On Line, por lo que pide se tome en cuenta para la tributación.

El dato se desprende del oficio DJYR-1115-2007, enviado por Juan Antonio Aguilar, Presidente Ejecutivo de CONECEL, el pasado 24 de octubre, al Consejo Nacional de Telecomunicaciones, y que describe puntualmente como recibieron el negocio de la telefonía celular, y por ello, les sirve de base para argumentar su situación tributaria actual ante el Estado ecuatoriano.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

De no haberse diferido el diferencial cambiario en base a las normas legales vigentes en esa fecha, Conecel y muchas otras empresas hubiesen incurrido en causal de disolución según la Ley de Compañías.

Los resultados de las operaciones de Conecel desde el ejercicio económico de 1999 hasta el ejercicio económico del 2002 arrojaron pérdidas, fundamentalmente por la situación previa de la empresa y la necesidad de entrar en un proceso de profunda reestructuración e inversión. Ello significó una pérdida acumulada/ contable

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