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Notaria parroquial

GaneshaHathorTrabajo20 de Mayo de 2021

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SEMINARIO DIOCESANO DE MORELIA

CURSO: ADMINISTRACIÓN PARROQUIAL

SR.PBRO. ABRAHAM DÍAZ HERNÁNDEZ

ALUMNO: RENÉ PÉREZ MONTIEL

3º TEOLOGÍA  28 DE AGOSTO DE 2014

NOTARIA PARROQUIAL

Cfr. C. 535: Es la oficina en la cual se guardan los archivos parroquiales,[1] tales como libros de Bautismo, Confirmación, Matrimonios y otros documentos de la parroquia.

“Archivo” es el conjunto de documentos recibidos o constituidos por una persona física o moral, o por un organismo físico o privado, resultando de su actividad, organizado y conservado en vista de un uso eventual[2].

En general, los fines de un archivo, son reunir, conservar, ordenar, describir, administrar y utilizar los documentos archivados.

Tanto los fondos del archivo histórico como los documentos de los archivos corrientes constituyen el testimonio de la vida y la acción de la Iglesia a través de la historia. En efecto, registran el camino seguido por la Iglesia, a lo largo de los siglos, en cada uno de los lugares donde ha estado presente y de las realidades que la componen, como son la actividad religiosa, cultural y asistencial. Por tanto, «constituyen la fuente primaria para escribir la historia de las múltiples formas de expresión de la vida religiosa y de la caridad cristiana»[3].

Tipos de archivos eclesiásticos

  1. Archivos corrientes: Contienen la documentación general de una parroquia. Son aquellos que «los documentos que recogen la vida de la comunidad eclesial en su continuo desarrollo, en su organización y en la múltiple actividad desarrollada de sus miembros»[4].
  2. Archivos históricos: Son aquellos en los que se guardan documentos de valor histórico, que constituyen parte de los bienes culturales de la Iglesia. (Cf. c. 491 § 1  y § 3
  3. Archivos secretos: Estos corresponden más a la curia diocesana o a los institutos religiosos. No a las parroquias.

Otras consideraciones: archivos vivos y muertos, archivos activos o inactivos.

Principios subyacentes a la norma jurídica:

  1. Cuidado de los archivos: cf. c. 486 §1.
  2. Derecho a copia auténtica: cf. c. 487 §2, c. 535.
  3. Derechos de privacidad y confidencialidad: cf. c.220)

Responsables de los archivos:

En el ámbito universal: La Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia

En el ámbito particular: Los Obispos diocesanos tienen la responsabilidad de ver que los archivos eclesiásticos, se constituyan, organicen y conserven. Regular su acceso, préstamo y consulta. En el ámbito parroquial, quien tiene la responsabilidad de redactar, recoger, custodiar y expedir documentos y actas, es el párroco (cf. 519). Sin embargo, puede delegar esta responsabilidad o parte de ella a otra persona (por ejemplo, el Vicario parroquial, la secretaria, etc.).

Archivo parroquial

Entre los libros y documentos que han de guardarse en el archivo parroquial se encuentran los  siguientes:

  • Libros parroquiales: de bautismos, de confirmaciones, de matrimonios, de defunciones, de crónicas (de gobierno, de providencias y otro que el Obispo juzgue oportuno).
  • Libro de catecúmenos (c. 788 § 1).
  • Libro de ingresos y egresos.
  • Libro de misas (c. 958);
  • Libro de Fábrica;
  • Los documentos e instrumentos en los que se fundan los derechos de la iglesia sobre sus  bienes, como son las escrituras, contratos de compraventa, etc. (c. 1284 § 2, 9º).
  • Acta de la dedicación o bendición de la iglesia o cementerio (c. 1208).
  • Inventario exacto y detallado de los bienes inmuebles, de los bienes muebles (preciosos y pertenecientes al patrimonio cultural) y de cualesquiera otros (c. 1283, 3º).
  • Cartas del Obispo y otros documentos necesarios o útiles.
  • Libros parroquiales más antiguos, de acuerdo con las prescripciones del derecho particular,  como por ejemplo. Los Libros del estado de almas (c. 470 del CIC 17).
  • Libro de fundaciones pías (c. 1307);
  • Inventarios o índices de todo el archivo, con doble ejemplar, uno de los cuales se guardará en el archivo parroquial y otro en el de la curia diocesana (c. 491 § 1).

Trámites:

  • Boletas recientes de: Bautismo, Confirmación, 1ª Comunión y Matrimonio.
  • Boletas de: Bautismo, Confirmación, 1ª Comunión y Matrimonio.
  • Presentaciones de Matrimonio
  • Intenciones en la misa (Difuntos, Vivos, Enfermos, Aniversarios, etc…).

[1] Los archivos parroquiales es uno de los componentes importantes de una notaría parroquial.

[2] Cf. J. FAVIER, Los Archivos, PUF, París 2001.

[3] PCBCC, La carta circular La función pastoral, 1.1 (EV 16 [1997] 127), en Los bienes culturales, 206.

[4] Ibíd., 209.

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