Notaria parroquial
GaneshaHathorTrabajo20 de Mayo de 2021
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SEMINARIO DIOCESANO DE MORELIA
CURSO: ADMINISTRACIÓN PARROQUIAL
SR.PBRO. ABRAHAM DÍAZ HERNÁNDEZ
ALUMNO: RENÉ PÉREZ MONTIEL
3º TEOLOGÍA 28 DE AGOSTO DE 2014
NOTARIA PARROQUIAL
Cfr. C. 535: Es la oficina en la cual se guardan los archivos parroquiales,[1] tales como libros de Bautismo, Confirmación, Matrimonios y otros documentos de la parroquia.
“Archivo” es el conjunto de documentos recibidos o constituidos por una persona física o moral, o por un organismo físico o privado, resultando de su actividad, organizado y conservado en vista de un uso eventual[2].
En general, los fines de un archivo, son reunir, conservar, ordenar, describir, administrar y utilizar los documentos archivados.
Tanto los fondos del archivo histórico como los documentos de los archivos corrientes constituyen el testimonio de la vida y la acción de la Iglesia a través de la historia. En efecto, registran el camino seguido por la Iglesia, a lo largo de los siglos, en cada uno de los lugares donde ha estado presente y de las realidades que la componen, como son la actividad religiosa, cultural y asistencial. Por tanto, «constituyen la fuente primaria para escribir la historia de las múltiples formas de expresión de la vida religiosa y de la caridad cristiana»[3].
Tipos de archivos eclesiásticos
- Archivos corrientes: Contienen la documentación general de una parroquia. Son aquellos que «los documentos que recogen la vida de la comunidad eclesial en su continuo desarrollo, en su organización y en la múltiple actividad desarrollada de sus miembros»[4].
- Archivos históricos: Son aquellos en los que se guardan documentos de valor histórico, que constituyen parte de los bienes culturales de la Iglesia. (Cf. c. 491 § 1 y § 3
- Archivos secretos: Estos corresponden más a la curia diocesana o a los institutos religiosos. No a las parroquias.
Otras consideraciones: archivos vivos y muertos, archivos activos o inactivos.
Principios subyacentes a la norma jurídica:
- Cuidado de los archivos: cf. c. 486 §1.
- Derecho a copia auténtica: cf. c. 487 §2, c. 535.
- Derechos de privacidad y confidencialidad: cf. c.220)
Responsables de los archivos:
En el ámbito universal: La Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia
En el ámbito particular: Los Obispos diocesanos tienen la responsabilidad de ver que los archivos eclesiásticos, se constituyan, organicen y conserven. Regular su acceso, préstamo y consulta. En el ámbito parroquial, quien tiene la responsabilidad de redactar, recoger, custodiar y expedir documentos y actas, es el párroco (cf. 519). Sin embargo, puede delegar esta responsabilidad o parte de ella a otra persona (por ejemplo, el Vicario parroquial, la secretaria, etc.).
Archivo parroquial
Entre los libros y documentos que han de guardarse en el archivo parroquial se encuentran los siguientes:
- Libros parroquiales: de bautismos, de confirmaciones, de matrimonios, de defunciones, de crónicas (de gobierno, de providencias y otro que el Obispo juzgue oportuno).
- Libro de catecúmenos (c. 788 § 1).
- Libro de ingresos y egresos.
- Libro de misas (c. 958);
- Libro de Fábrica;
- Los documentos e instrumentos en los que se fundan los derechos de la iglesia sobre sus bienes, como son las escrituras, contratos de compraventa, etc. (c. 1284 § 2, 9º).
- Acta de la dedicación o bendición de la iglesia o cementerio (c. 1208).
- Inventario exacto y detallado de los bienes inmuebles, de los bienes muebles (preciosos y pertenecientes al patrimonio cultural) y de cualesquiera otros (c. 1283, 3º).
- Cartas del Obispo y otros documentos necesarios o útiles.
- Libros parroquiales más antiguos, de acuerdo con las prescripciones del derecho particular, como por ejemplo. Los Libros del estado de almas (c. 470 del CIC 17).
- Libro de fundaciones pías (c. 1307);
- Inventarios o índices de todo el archivo, con doble ejemplar, uno de los cuales se guardará en el archivo parroquial y otro en el de la curia diocesana (c. 491 § 1).
Trámites:
- Boletas recientes de: Bautismo, Confirmación, 1ª Comunión y Matrimonio.
- Boletas de: Bautismo, Confirmación, 1ª Comunión y Matrimonio.
- Presentaciones de Matrimonio
- Intenciones en la misa (Difuntos, Vivos, Enfermos, Aniversarios, etc…).
[1] Los archivos parroquiales es uno de los componentes importantes de una notaría parroquial.
[2] Cf. J. FAVIER, Los Archivos, PUF, París 2001.
[3] PCBCC, La carta circular La función pastoral, 1.1 (EV 16 [1997] 127), en Los bienes culturales, 206.
[4] Ibíd., 209.
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