ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ORGANIZACIONES SOCIALES


Enviado por   •  29 de Junio de 2020  •  Tutoriales  •  2.614 Palabras (11 Páginas)  •  92 Visitas

Página 1 de 11

GANIZACIONES   SOCIALES

1. CAPITULO 1: NORMATIVA Y COMPETENCIA

1.1 NORMATIVA[pic 1]

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, define  el termino  normativa como  “(…) el conjunto de normas por las que se regula o se rige determinada materia o actividad”.

Es así que, la normativa que regula a las Organizaciones  Sociales  sin   fines   de   lucro,   es la  Constitución  de  la  República,  el  Código  Civil, el  Decreto  Ejecutivo  N°  193  que  se  encuentra en vigencia desde el 23 de octubre de 2017,la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por la que el Ecuador se compromete a respetar los derechos y libertades reconocidos de manera

universal; y, a garantizar el libre y pleno ejercicio que tienen todas las personas a asociarse y constituir organizaciones sociales; la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Control Social, esta norma regula temas relativos a la promoción y fortalecimiento de las organizaciones sociales.

1.1.1. Constitución de la República

La Constitución se establece como la norma jurídica de mayor jerarquía dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, primando sobre las leyes, reglamentos, ordenanzas y demás; en consecuencia, toda norma debe guardar concordancia con los derechos y garantías establecidas en el texto constitucional, para que gocen de eficacia.

Art. 66, nral. 13[pic 2][pic 3][pic 4]


• "Se reconoce y garantizará a las personas: El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria".

Art. 96          • "Se reconocen todas las formas de organización de la sociedad, como expresión de la soberanía popular (…)”[pic 5][pic 6][pic 7]

En este sentido, la libre asociación, es un derecho universal, consagrado en nuestra constitución, posibilita o permite que los ciudadanos constituyamos todo tipo de  corporaciones y fundaciones de  beneficencia pública  para  desarrollar los fines que se definan  en su objeto.

1. 1. 2. Código Civil[pic 8]

El derecho a la asociación se encuentra regulado por el Título XXX del Libro Primero del Código Civil.

La persona jurídica es una organización o grupo de personas a las que la ley reconoce una personalidad independiente de sus miembros y con la que adquieren la capacidad para contraer obligaciones y adquirir derechos. (Código Civil Art.564)

Las fundaciones o corporaciones para considerarse personas jurídicas, deben ser aprobadas mediante ley, o por el Presidente de la República (Código Civil Art.565), a través de sus Ministros, conforme la relación que exista entre los objetivos de la organización y la misión y visión de las Instituciones del Estado.

1.1.2.1. Persona Jurídica[pic 9]

Las personas jurídicas que nacen a partir de una ley son personas jurídicas    de    derecho    público, por tanto, esta disposición no es aplicable a las organizaciones creadas por iniciativa de la sociedad civil.[pic 10]

Las organizaciones que se crean por miembros de la sociedad civil con   fines   pacíficos   y   objetivos

propios, nacen a partir de la aprobación del Presidente de la República y nacen

como personas jurídicas de derecho privado.

La facultad del Presidente de la República para otorgar la personalidad jurídica de organizaciones de derecho privado, ha sido delegada a sus Ministros, conforme establece el Estatuto del Régimen Jurídico de la Función Ejecutiva,

en su artículo 11, literal K, "Delegar a los ministros de acuerdo con la materia de que se trate, la aprobación de los estatutos de las fundaciones o corporaciones y el otorgamiento de personalidad jurídica, como establece el Código Civil, en sus artículos 584 y 565.

De forma complementaria el artículo 36, de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, señala  que:   “Las  organizaciones sociales  que   desearen  tener personalidad jurídica deberán tramitarla en las diferentes instancias públicas que correspondan a su ámbito  de acción  (…)”.

En este sentido, la solicitud   de aprobación de estatutos y otorgamiento de personalidad jurídica de una organización es conferida por el Ministerio relacionado con el objetivo de la organización.

Casos prácticos

1. ¿Si un grupo de personas desea formar una organización con el objetivo de contribuir al mejoramiento económico y cultural de las familias a través de actividades de desarrollo agropecuario, cuál sería la Cartera de Estado competente para otorgar la personalidad jurídica?

a) Ministerio de Salud Publica

b) Ministerio de Agricultura y Ganadería

c) Ministerio de Inclusión Económica y social

Conforme a lo establecido en el Acuerdo Ministerial SNGP Nro. 008-2014, de

27  de  noviembre de  2014,  en   el que  se definen  el rol y competencias que tienen los diferentes Ministerios, la competencia para otorgar la personalidad jurídica le corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganadería

1. ¿Si un grupo de personas desea formar una organización con el objetivo de agrupar a trabajadores independientes para realizar actividades en busca de mejoras laborales, cuál sería la Cartera de Estado competente para otorgar la personalidad jurídica?

a) Ministerio de Trabajo b) Ministerio del Interior

c) Ministerio de Inclusión Económica y social

Conforme a lo establecido en el Acuerdo Ministerial SNGP Nro. 008-2014, de

27  de  noviembre de  2014,  en   el que  se definen  el rol y competencias que

tienen los diferentes Ministerios, la competencia para otorgar la personalidad jurídica le corresponde al Ministerio de Trabajo.

2. ¿Si un grupo de personas desea formar una organización con el objetivo de luchar por el bienestar de los perros y gatos y fomentar una cultura de respeto hacia ellos , cuál sería la Cartera de Estado competente para otorgar la personalidad jurídica?

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (16.2 Kb)   pdf (325 Kb)   docx (147.7 Kb)  
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com