Objeto de estudio del derecho constitucional
jhonyplusResumen5 de Mayo de 2020
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DERECHO CONSTITUCIONAL
El derecho constitucional es la rama del derecho público estudia las normas que regulan la estructura de los órganos del estado, las relaciones entre estados y relaciones con los particulares, por tal circunstancia el derecho constitucional estudia principalmente a la ley suprema, la constitución. Las funciones del poder ejecutivo, legislativo y judicial el método para la celebración de tratados internacionales con las diferentes naciones y los derechos fundamentales del hombre, los derechos humanos.
EL OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
El objeto de estudio del derecho constitucional ha variado con el paso del tiempo, cada vez con mayor precisión. A fines del siglo XVIII se decía que el objeto de estudio del derecho constitucional era “exclusivamente el estudio de las constituciones liberales”, años posteriores se amplió el concepto y se dijo entonces que: estudia las constituciones políticas sean liberales o de cualquier otro tipo.
En la segunda mitad del siglo XIX surge el materialismo filosófico, por lo que las corrientes positivistas cuestionaron duramente el formalismo jurídico, el jurista alemán Ferdinand Lasalle dijo son “simples papeles mojados en tinta” y que la constitución política no es un simple texto redactado por los miembros de la asamblea constituyente, mas por el contrario la constitución política es la vida misma de la nación.
Este nuevo enfoque trajo como consecuencia el ensanchamiento del objeto de estudio de la disciplina que nos ocupa, el ordenamiento constitucional del estado tanto desde el punto de vista formal como no formal.
En la actualidad se dice que el objeto de estudio del derecho constitucional lo constituyen las instituciones políticas. Teniendo claro que la palabra institución deriva del latín institutio – onis que quiere decir todo aquello que está fundado, establecido, instaurado y que etimológicamente institución significa orden y estabilidad.
Cuando nos referimos a las instituciones jurídicas – políticas aludimos a un conjunto de principios, normas y prácticas que regulan las interrelaciones entre gobernantes y gobernados buscando consolidar la existencia a la comunidad.
El constitucionalista francés Maurice Duverger dijo que el derecho constitucional tiene por objeto estudiar las instituciones políticas desde el ángulo jurídico. Aclara que una institución política es el conjunto de reglas de derecho relativas a los órganos esenciales del estado que se hallan consagradas en la constitución o fuera de ella.
BIBLIOGRAFIA:
- Correa, P., (2016), Derecho constitucional general, Chimbote: Perú, ULADECH.
- Sanz, J., Derecho constitucional, objeto y método. Recuperado de https://www2.uned.es/dpto-derecho-politico/Comunicacion_JA_Sanz.pdf
El objeto de estudio del derecho constitucional es el encuadramiento de los fenómenos jurídicos. Entendemos por encuadramiento de fenómeno jurídico, cuando estamos relacionando a hechos transcendentales jurídicamente que han sucedido en el campo de la sociedad.
Es de vital importancia saber que es fenómeno político ya que estos nos conducirán al fenómeno jurídico, entonces diremos que fenómeno político, Es el hecho que acontece en una sociedad y que por ello se produce un impacto en el poder que vienen imperando sobre los individuos de una determinada organización social.
Por eso se dice que en un estado cuando los acontecimientos impactan en el poder, entonces viene a tener mucha incidencia en las transformaciones de las instituciones que componen dicho estado.
Podemos decir también que el objeto del derecho constitucional es estudiar las instituciones del estado, por que las instituciones que conforman un estado están reguladas por el orden jurídico y los acontecimientos políticos del poder institucionalizado que es el estado de derecho, siendo regulado por el derecho.
Las Formas de derecho constitucional son:
- Derecho particular; es aquel que estudia organizaciones constitucional de un estado especifico o particular con el objeto de interpretar, sistematizar y criticar sus normas vigentes ejemplo el estado peruano.
- Derecho comparado: aquel que estudia los derechos constitucionales especiales con el fin de organizar.
- Derecho constitucional general: cuyo objeto es la forma la teoría constitucional
- Derecho constitucional internacional: que tiene por finalidad la búsqueda de paz para la tierra mediante el alcance de sus objetivos particularidades de cada estado.
Dimensiones del derecho constitucional
1.-Dimensión normativa: que está conformada por las normas escritas y no escritas
2.-Dimensión de la realidad existencial: que estudia la relación de la constitución con sus habitantes
3.-Dimensión axiológica: que es aquella que enfoca los valores constitucionales,
a la vez enfatizaremos en la importancia de la existencia de estas tres dimensiones pues buscan un análisis intelectual con el objeto de alcanzar un rango superior tanto en lo académico y en lo profesional.
Fin del derecho constitucional: diremos que es la meta a la que aspira el derecho constitucional, teniendo como la idea que tiene todo estado así como las personas que conforman esa nación con la igualdad y libertad de los seres humanos, siendo la sociedad como bienestar. En resumen su fin del derecho constitucional es .la igualdad entre sus semejantes y/o habitantes
Principios del derecho constitucional: son 6 y son los siguientes
1.-Fundamentabilidad: el cual indica que el derecho constitucional es responsable de la organización, estructura y funcionamiento de las entidades públicas.
2.-Totabilidad: que trata de las normas básicas de la vida de un estado
3.- Perdurabilidad: indicando que la constitución siempre perdura en la vida de un estado
4.-Supremacía: indicando que la constitución siempre está en la cabeza del ordenamiento jurídico.
5.-Funcionalidad: que indica la utilidad y eficiencia de la teoría del derecho constitucional
6.-Idiologicidad: el que indica que el derecho constitucional no es de ideología neutra o indiferente.
Para el desaparecido maestro sanmarquino Darío Herrera Paulsen, Derecho es “el conjunto de preceptos de conducta obligatorios, establecidos por los hombres que viven en sociedad, destinados a hacer reinar en las relaciones sociales, el orden y la justicia”
Sobre el Derecho Constitucional, afirma que éste es una verdadera disciplina jurídica, o mejor dicho “una rama del Derecho, a la que concierne la organización política general del Estado”
Maurice Duverger, prefiere afirmar que “el Derecho Constitucional estudia las instituciones políticas desde un ángulo jurídico.”
Coincidimos con el Dr. Víctor García Toma, dice que “el Derecho Constitucional estudia las instituciones y categorías jurídico- políticas relativas a la organización del Estado, el ejercicio, competencias, relaciones y controles del poder público adscrito a un territorio y población determinados; así como los derechos, obligaciones y garantías de las personas vinculadas con dicho cuerpo político”
Objeto de estudio de derecho constitucional
Las primeras cátedras universitarias dedicadas a esta disciplina se instituyeron en Italia,
primero durante el fugaz período «jacobino» (la más antigua sería la creada en Ferrara,
por Decreto de 31 de marzo de 1797) y después a raíz de la proclamación del Estatuto
albertino (comenzando por la de Turín, patrocinada por Cesare Alt ieri y confiada en
1848 a Luigi Amadeo Malegari). Mientras tanto, se había creado ya la primera cátedra
francesa de la disciplina, instituida en París el 22 de abril de 1834 y confiada a
Pellegrino Rossi, cuyas enseñanzas contarían también con un eco importante en la
misma Italia (ctr. GALIZIA, en Arch. giur., 1963, 5 y Ss.).
El Derecho constitucional es una rama del Derecho público cuyo campo de estudio
incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado. De esta manera, es
materia de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos
fundamentales y la regulación de los poderes públicos, incluyendo tanto las relaciones
entre poderes públicos, como las relaciones entre los poderes públicos y los
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