Organismos que protegen al consumidor
strelllaTutorial6 de Mayo de 2015
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ORGANISMOS QUE PROTEGEN AL CONSUMIDOR
Osinerg (Ley 26734 - 1996)
SUNASS (Decreto Ley 25965 - 1992)
OSIPTEL (Decreto Ley 702 - 1991)
A) INDECOPI
FUNCIONES
El INDECOPI tiene como función supervisar la competencia y asegurar el desarrollo de una política de libre mercado. Entre una de sus obligaciones está el de contribuir a mantener las reglas estables y hacer que los consumidores y los empresarios sean conscientes de su relación de consumo.
Es el órgano que vela para que se respeten las disposiciones contenidas en la Ley de Protección al Consumidor.
FACULTADES.
Impone sanciones diversas que van desde un amonestación hasta multas de 100 UIT ( US$ 94,000)
Decomisa o destruye mercadería
Clausura temporal de establecimientos.
Publicación de avisos rectificatorios.
Repara o repone productos.
Devuelve la suma pagada por el consumidor
B.- OFICINA DE ATENCIÓN AL CONSUMIDOR Y ATENCIÓN DE RECLAMOS - OSCAR
Es el área especializada en la atención y orientación al consumidor, y constituye su primer contacto con la institución
Entre sus funciones estan Orienta sobre diversos temas de consumo.
Atiende reclamos mediante mecanismos de conciliación.
Capacita a los interesados sobre la atención al cliente, la negociación y la conciliación.
Organismos gubernamentales involucrados en la defensa de los consumidores
DEFINICIÓN
Son instituciones públicas de carácter técnico que han sido creadas para vigilar alguna actividad de la economía.
FUNCIONES
El objeto de los reguladores es proteger los intereses de los consumidores de los servicios públicos.
Sus funciones son las de supervisión, regulación, fiscalización y sanción, además de la solución de controversias y reclamos.
ORGANISMOS REGULADORES
Osiptel. (1991): Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones.
Sunass. (1992): Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento.
Osinerg. (1996): Organismo Supervisor de la Inversión de Energía.
2.1. DEFINICIÓN DE REGULACIÓN
El término regulación alude a “...un conjunto de prácticas y reglamentaciones mediante los cuales el gobierno modifica u orienta la conducta y/o la estructura de una industria o servicio público – privado con el objeto de minimizar los costos de transacción11 asociados a factores institucionales y de perfeccionar la eficiencia y la equidad de los mercados de acuerdo con el interés social.” (Carlos Stark, 2001)
2.2. La Regulación y el Estado
La reforma del estado, la privatización y la mayor autonomía de numerosos servicios antes manejados centralizadamente, ha puesto en el tapete de actualidad el tema de la regulación.
Al principio se vinculó casi exclusivamente a procesos de liberalización financiera y privatización de servicios (como telecomunicaciones y electricidad). Posteriormente, el avance de las reformas ha ido poniendo cada vez más en evidencia la necesidad de generalizar el rol regulador del Estado a otros ámbitos del quehacer económico y social, abarcando servicios tales como el transporte y los recursos naturales. El Estado Regulador implica la hegemonía de la regulación como forma de gobierno. El gobierno abandona su carácter de productor y se concentra en un rol de generador y garante de las reglas de juego que la sociedad ha acordado como régimen de convivencia. “...Los Organismos Reguladores (OR) cumplen la función de proteger a los consumidores de las empresas con poder de mercado y de proteger las inversiones, de las acciones oportunistas de los gobiernos.” (Edwin Quintanilla, 2004).
2.3. Motivos para regular
Garantizar el acceso al servicio (universalidad), como en la fijación de tarifas básicas y de su acceso por parte de los sectores con menores recursos.
Proteger los intereses de los usuarios, respondiendo a sus consultas y reclamos.
Supervisar las operaciones de empresas privatizadas o en monopolios públicos. Por ejemplo, mediante la regulación de precios respecto a la calidad deseada del servicio.
Estimular la innovación. El regulador debe crear el ambiente para el crecimiento y desarrollo del servicio.
Modificar la estructura de la industria. Por ejemplo, facilitando la entrada de nuevas empresas para fortalecer el nivel de competencia.
Garantizar reglas equitativas a todos los competidores, es decir, entre las nuevas empresas y las ya existentes.
2.4. Lo que se debe regular
Los estándares técnicos y operativos de los operadores y de sus operaciones.
Los estándares de calidad del producto y/o servicio que ofrecen.
Los precios.
2.5. Autonomía de la función reguladora
Significa la manera en que la institucionalidad reguladora se inserta en la maquinaria estatal. Esto va a depender del balance entre las fuerzas de los regulados (administrados), de las autoridades políticas y de los usuarios, así como, de la discrecionalidad respecto a las normas establecidas y de la legitimidad que ampare sus decisiones.
2.6. Relación entre el financiamiento y la autonomía en la regulación
Más allá de su inserción formal en el aparato público, buena parte de la independencia efectiva del regulador está asociada a su financiamiento. Ambos aspectos están, por otra parte, bastante vinculados. Normalmente cuanto más autónomo del gobierno es un Organismo Regulador, también lo es su fuente de financiamiento. En efecto, un organismo regulador ubicado dentro de un ministerio se financia por lo general con fondos presupuestarios. Ello establece, con mucha frecuencia, límites al volumen y la utilización de los recursos, redundando en remuneraciones poco competitivas, equipamiento deficiente y mayores posibilidades de captura12 del regulador. El menor costo puede traducirse, así, en un sacrificio considerable de la efectividad. El extremo opuesto, de absoluta autonomía del regulador, implica la independencia en materia financiera a través de una contribución mandatoria de los mismos administrados. En este caso, la calidad y efectividad tienden a verse incrementadas, aunque la posibilidad de captura no desaparece por la influencia que pueden causar justamente los administrados con mayor contribución.
2.7. Los Organismos Reguladores en el Perú
La Ley N° 27332 publicada el 29 de julio del 2000, “Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos”, establece la naturaleza de los organismos reguladores, su ámbito de aplicación, sus facultades, así como, el financiamiento de los mismos. Se asignan a los organismos reguladores las funciones de supervisión, regulación, fiscalización y sanción, normativa, solución de controversias y reclamos.
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Velar por los derechos de las personas.
Supervisar los organismos estatales y vigilar el funcionamiento de las empresas de servicio público.
También se ocupa de los derechos de los nativos, reos encarcelados y aquellas poblaciones afectadas por la violencia política.
MUNICIPIOS
La Ley Orgánica de las Municipalidades del año 2003 obliga a estas a realizar programas de defensa y promoción de los derechos de los vecinos, y a establecer canales de comunicación con ellos alentando sus consultas y quejas
SOCIEDAD CIVIL
A. ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES
Son entidades sin fines de lucro, cuya función específica es proteger los intereses de los usuarios que no puedan hacerlo de manera individual.
B. MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Los medios de comunicación son importantes fuentes de información, ya que ayudan a la sensibilizar a la opinión pública sobre diferentes temas del consumo.
C. PROVEEDORES
Determinadas empresas han formado sus oficinas de atención al cliente.
D. DEFENSORÍAS
Grupos organizados han formado sus propias defensorías (Asbanc).
Creación de los organismos reguladores
Los organismos reguladores fueron creados mediante la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos LEY Nº 27332
Ámbito de aplicación y denominación
La presente Ley es de aplicación a los siguientes Organismos a los que en adelante y para efectos de la presente Ley se denominará Organismos Reguladores:
a) Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones
(OSIPTEL);
b) Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG);
c) Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte
de Uso Público (OSITRAN); y
d) Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS).
Naturaleza de los Organismos Reguladores
Los Organismos Reguladores a que se refiere el artículo precedente son organismos públicos descentralizados adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional técnica, económica y financiera.
Funciones
1.- Dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, los Organismos Regulares ejercen las siguientes funciones:
a) Función supervisora: comprende la facultad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas por parte de las entidades o actividades supervisadas, así como la facultad de verificar el cumplimiento de cualquier mandato o
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