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Organizmos Que Protegen Al Consumidor

jacquelinejinete26 de Mayo de 2013

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

Doc.: Maryoris Urdaneta

Integrante:

Hernández, Luis

Machiques 07 de Marzo del 2013

Esquema

1.- Que es Consumidor o Usuario

2.- Que es Proveedor o Proveedora

3.- Que es Importadora o Importador

4.- Que es Productora o Productor

5.- Que es Fabricante

6.- Que es Distribuidora o Distribuidor

7.-Que es Comercializador o Comercializadora

8.- Cuales son los Derechos de los Consumidores o Usuarios

9.- Cales Organismos Protegen al Consumidor y Usuario Explique Cada uno de Ellos y Cuál es su Función

10.- Cuales son las Funciones del Ministerio del Poder Popular para la Salud

11.- Que es el INN y Cuáles son sus Funciones

12.- Que son Asociaciones de Consumidores y Usuario

13.- Que son Asociaciones de Vecinos

14.- Que se Necesita para Mantener una Asociación de Defensa para que Existe y para que se Conforma

Anexos

Bibliografía

1.- Que es Consumidor o Usuario

Persona o conjunto de personas que satisface sus necesidades mediante el uso de los bienes y servicios generados en el proceso productivo.

Un consumidor es aquella persona que piensa comprar o ha consumido un producto determinado, eligiéndolo entre los de la competencia. Esto implica que el producto que se acerque mejor a las preferencias de un individuo determinado estará en una mejor posición a la hora de convertir a este individuo en un cliente.

2.- Que es Proveedor o Proveedora

Es la persona que surte a otras empresas con existencias necesarias para el desarrollo de la actividad. Un proveedor puede ser una persona o una empresa que abastece a otras empresas con existencias (artículos), los cuales serán transformados para venderlos posteriormente o directamente se compran para su venta.

3.- Que es Importadora o Importador

El importador es la persona física o jurídica que realizará la importación de los productos, entendida como la compra trasnacional de los mismos. Para que sea considerada como importación la venta deberá realizarse a países terceros, esto es, fuera de las fronteras de la Unión Europea.

A su vez, el importador puede ser distribuidor en el mercado de destino y en este caso, se establecerán una serie de acuerdos entre el exportador onubense y el distribuidor para organizar la venta de sus productos en aquel mercado. El distribuidor suele operar a riesgo propio, hasta el límite que se decida en el acuerdo contractual que se establezca.

4.- Que es Productora o Productor

El producto debe responder a las necesidades de los consumidores y no a las preferencias de los ejecutivos y técnicos de la empresa. Un producto comercial es algo más que un bien o servicio que satisface una determinada necesidad. Un producto comercial es, en realidad, una combinación de atributos: diseño, color, calidad, coste, envasado, tamaño, duración, peso, etcétera. Estos atributos, que pueden parecer secundarios desde una óptica meramente utilitarista y no concurrencial, son determinantes con frecuencia del éxito o fracaso comercial de muchos productos.

5.- Que es Fabricante

Se considera fabricante a aquella persona física o jurídica que diseñe y/o fabrique una máquina o una cuasi máquina cubierta por el real decreto y que sea responsable de la conformidad de dicha máquina o cuasi máquina con el real decreto, con vistas a su comercialización, bajo su propio nombre o su propia marca, o para su uso propio.

En ausencia de un fabricante en el sentido indicado, se considera fabricante cualquier persona física o jurídica que comercialice o ponga en servicio una máquina o una cuasi máquina cubierta por este real decreto.

6.- Que es Distribuidora o Distribuidor

El distribuidor se refiere a persona o empresa que recibe un producto del fabricante y lo entrega a los comerciantes. Es incluso responsable de suministrar a consumidores finales que no cuentan con la facultad de contratar su suministro de forma independiente.

7.-Que es Comercializador o Comercializadora

Aquella persona jurídica que accediendo a las redes de transporte y distribución tiene como función la venta de gas natural o electricidad a los consumidores o a otros comercializadores. La comercialización se ejerce libremente en los términos previstos en la ley.

8.- Cuales son los Derechos de los Consumidores o Usuarios

a- Derecho a la Protección de la Salud y Seguridad

Ningún producto, actividad o servicio puesto en el mercado tendrá riesgo para la salud o seguridad del consumidor o usuario y en caso de que haya artículos que sin ser peligrosos puedan no ser recomendables para algunos usuarios es obligatorio informar en el etiquetado de los riesgos, consecuencias y cómo evitarlos.

B-.Derecho a la Protección de los Intereses Económicos Sociales

Este es el derecho más conocido y quizás más importante para el consumidor, ya que le permite exigir la reparación de los daños que haya sufrido como consecuencia de la adquisición de bienes o la prestación de servicios.

Este derecho protege su “bolsillo”, su economía doméstica. Se trata de garantizar que la publicidad, promociones y ofertas, los sorteos, las cláusulas de los contratos, las garantías de los productos no le engañen.

c-. Derecho a la Información

Es otro de los derechos básicos de los consumidores y que complementa a los anteriores. Es el derecho que tenemos todos los consumidores a saber y conocer suficientemente las características reales de los productos y servicios que nos ofrecen y ese conocimiento debe ser de forma directa e inmediata.

Los fabricantes están obligados por ley a indicar: nombre genérico o marca comercial, naturaleza del producto, composición, categoría, cantidad, precio de venta al público, fecha de caducidad e instrucciones de uso o consumo.

D-.Derecho a la Educación y Formación en Materia de Consumo

Es necesario formar a la población para adquirir hábitos saludables para que puedan acceder con mayor liberta a los bienes del mercado, utilizarlos de manera más racional y evitar riesgos. Los medios de comunicación públicos, las asociaciones de consumidores, las oficinas de información al consumidor y la educación escolar son instrumentos fundamentales para ello.

E-.Derecho a la Representación, Consulta y Participación

Es casi imposible que cada consumidor pueda dar su opinión de manera individual ante cualquier conflicto que afecte al colectivo. Por eso, este derecho se ejerce de manera indirecta, a través de las Asociaciones de Consumidores. Sus propuestas no siempre son recogidas por el Parlamento, aunque sí oídas, contribuyendo a dar un enfoque realista de los derechos de los ciudadanos.

F-.Derecho a Obtener Protección en Cualquier Situación que Cause Inferioridad, Subordinación o Indefensión

En ocasiones el consumidor es la parte más débil de la relación jurídica que se establece entre él y el comprador. La ley se hace eco de estas situaciones y establece unas acciones que adoptarán los poderes públicos que permitan a los consumidores estar en condiciones de mayor igualdad:

g-.Derecho a la Reparación de los Daños y Perjuicios que se le Causen

En el caso de haber sido víctima de un engaño, fraude o similar tiene derecho a recibir una compensación por ello.

Todos los consumidores tenemos derecho a que nos indemnicen por los daños y perjuicios que nos ocasionen, salvo que el daño se deba exclusivamente a una mala utilización por nuestra parte. Así, si utilizamos el producto sin seguir las instrucciones indicadas por el fabricante, la responsabilidad es sólo nuestra y no podremos exigir compensación del daño. La vía más eficaz para conseguir una rápida respuesta a nuestros conflictos de consumo es el arbitraje de consumo que permite resolver fácilmente los desacuerdos que puedan surgir entre los dos protagonistas de consumo: el comprador y el vendedor

9.- Cales Organismos Protegen al Consumidor y Usuario Explique Cada uno de Ellos y Cuál es su Función

Para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios.

Es el órgano rector que INDEPABIS: Instituto el Gobierno Bolivariano coloca a su disposición con la finalidad de proteger y salvaguardar los derechos de las personas en el acceso a los bienes y servicios. Son competencias del Instituto para la Defensa de las Personas en el acceso a los Bienes y Servicios:

1. Ejecutar los procedimientos de verificación, inspección, fiscalización y determinación, para constatar el cumplimiento o incumplimiento de la normativa prevista en el presente Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de Ley, por parte de los sujetos obligados.

2. Practicar las supervisiones que considere necesarias.

3. Tramitar y decidir los procedimientos iniciados de oficio, por denuncia o por solicitud y aplicar las sanciones administrativas que correspondan, así como las medidas correctivas y preventivas.

4. Coordinar con la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, de Seguros, según sea el caso, las acciones tendentes a hacer efectiva la

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