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PARTE DOGMÁTICA DE LA CONSTITUCIÓN DEL ART. 1° AL 29°


Enviado por   •  2 de Febrero de 2022  •  Ensayos  •  1.290 Palabras (6 Páginas)  •  932 Visitas

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PARTE DOGMÁTICA DE LA CONSTITUCIÓN DEL ART. 1° AL 29°

(DERECHOS DE LOS MÉXICANOS)

Artículo 1°. 

  • En los estados unidos mexicanos todas las personas gozarán de los derechos, así como de los tratados internacionales.
  • Las autoridades en el ámbito de su competencia tienen el deber de hacer cumplir los derechos humanos de todas las personas.
  • Queda prohíbo la esclavitud, así como de la discriminación.

Artículo 2°.

  • La nación es única e indivisible.
  • Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación como su autonomía.
  • La preservación de la cultura de cada pueblo indígena como de sus reservas naturales.

Artículo 3°. 

  • Todas persona o individuo tiene derecho a la educación medio y superior.
  • Le educación debe de ser obligatoria en todo el país.
  • Laica y gratuita.

Artículo 4°. 

  • Tanto mujeres como hombre son iguales ante la ley. Se establece lo que refiere a la familia, salud, vivienda, alimentación y esparcimiento.
  • Tienen derecho a decidir libremente sobre su planeación familiar.
  • Derecho a la protección de la salud.
  • Derecho a un medio ambiente sano.
  • Acceso, disposición y saneamiento de agua.
  • Derecho a una identidad.
  • Derecho a una vivienda. Los niños y niñas derecho a la satisfacción de sus necesidades.
  • Facilidades para los coadyuven al cumplimiento del derecho de los niñas y niños.
  • Derecho a la cultura y disfrute de bienes y servicios.
  • Derecho a la cultura del deporte.

Artículo 5°. 

  • Todos los ciudadanos mexicanos se les es permitido dedicarse a la profesión de su elección siempre sea un trabajo ilícito.
  • No se dañe la integridad de terceros en este caso serán sancionados.
  • Podrá ejercerse la profesión siempre y cuando cumpla con los lineamientos que marque la ley en cada estado.

Artículo 6°. La libertad de expresión.

  • El derecho a la manifestación no será objeto de ninguna sanción, podrá expresarse de diferentes maneras.
  • incluyendo medios de comunicación, mientras estas sean de manera pacífica, sin dañar a terceros.
  • Otorga el derecho a acceder a la información.

Artículo 7°. La libertad de difusión de opinión

  • Las opiniones ideas del pueblo mexicano no podrá ser reprimida, ya que están en su derecho de realizarlo por diferentes medios de comunicación y tecnología.
  • Es así que ninguna autoridad tendrá el derecho de censurar o sabotear dichas opiniones.

Artículo 8°. Derecho a la petición.

  • Funcionarios y empleados públicos (ciudadanos mexicanos profesionistas) deberán de respetar el derecho de petición de otros ciudadanos, pero mientras este sea hecho por escrito y de manera pacífica.
  • Solo los ciudadanos mexicanos tendrán la facultad de hacerlo.

Artículo 9°. No se podrá restringir el derecho reunirse pacíficamente, refiriéndose a una protesta, sin contar con un objeto ilegal, en este caso los ciudadanos mexicanos tendrán el derecho de hacerlo, por lo tanto, no se le será atentada de forma violenta para resolver la situación.

Artículo 10°. Derecho a portar arma para seguridad y defensa. Los ciudadanos mexicanos contarán con el derecho a tener un arma para defensa persona, pero respetando las especificaciones de la ley, como de no portar armas no marcadas como legales, armas pertenecientes los cuerpos de reserva o fuerza armada.

Artículo 11°. Libertar de tránsito en la república. Toda persona tiene el derecho a entrar al territorio mexicano, salir, mudarse, y viajar en este mismo, sin la necesidad de documentos exigidos por la ley, mientras esto de haga sin irrumpir la ley.

Artículo 12°. Prohibición de títulos nobiliarios. En el país no se le será nombrada a ninguna persona con título de nobleza, tampoco se le dará privilegio sobre otros, a un sean pertenecientes a esta, ya que todos contamos con los mismos derechos e igualdad en el territorio mexicano.

Artículo 13°. Prohibición de leyes privativas y tribunales especiales. 

  • Queda prohibido juzgar a alguien por leyes que la priven de sus derechos.
  • Además, ninguna persona o asociación puede gozar de privilegios, tales como el fuero, impunidad, etc., que no lo marque la ley.

Artículo 14°. Irretroactividad de la ley y proceso jurídico con forme al derecho.

  • Ninguna persona puede ser privada de sus bienes y su libertar mientras esta no se lleve de una forma legal, mediante un proceso jurídico.
  • En el juicio de orden criminal queda prohibido culpar a alguien por analogía una pena que no esté en la ley.

Artículo 15°. Extradición. No se tiene permitido la extradición de reos políticos o delincuentes del país.

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