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Pensiones


Enviado por   •  18 de Abril de 2013  •  507 Palabras (3 Páginas)  •  349 Visitas

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 Pensión especial de vejez a cotizante con discapacidad.

 Pensión especial de vejez a padres de hijos con discapacidad que dependan económicamente de ellos.

Pensión especial de vejez a cotizante con discapacidad.

Este beneficio es otorgado a los cotizantes al sistema general de pensiones del régimen de prima media con prestación definida que posean una discapacidad física, psíquica o sensorial del 50% o más se les concede la Pensión especial de vejez por invalidez según el Artículo 9° de la Ley 797 del 2003: Se exceptúan del cumplimiento de la edad o semanas mínimas cuando el cotizante padezca una deficiencia física, síquica o sensorial del 50% o más, la Ley 100 de 1993. En otras palabras, no tendrá que cumplir ni 57 si es mujer o 62 años si es hombre respectivamente, ni tampoco le toca los aumentos de semanas cotizas que establece la Ley 100 del 1993.

Pensión especial de vejez a padres de hijos con discapacidad que dependan económicamente de ellos.

La pensión se puede conceder a cualquier edad si se ha cotizado al Sistema General de Pensiones cuando menos el mínimo de semanas exigido en el régimen de prima media para acceder a la pensión de vejez, si el hijo (no importa la edad) inválido física o mental ha sido calificado como tal, y si depende económicamente de su madre o de su padre. Este tipo de pensión para el padre, solamente procede en el caso de la ausencia definitiva de la madre.

Ley 100 de 1993 “Art. 33 Parágrafo 4º inciso 2º. La madre trabajadora cuyo hijo padezca invalidez física o mental, debidamente calificada y hasta tanto permanezca en este estado y continúe como dependiente de la madre (*también para el Padre Cabeza de Familia de hijos discapacitados y que dependan económicamente de él), tendrá derecho a recibir la pensión especial de vejez a cualquier edad, siempre que haya cotizado al Sistema General de Pensiones cuando menos el mínimo de semanas exigido en el régimen de prima media para acceder a la pensión de vejez. Este beneficio se suspenderá si la trabajadora se reincorpora a la fuerza laboral. Si la madre ha fallecido y el padre tiene la patria potestad del menor inválido, podrá pensionarse con los requisitos y en las condiciones establecidas en este artículo.”

Requisitos:

1. que la madre (o el padre) haya cotizado al Sistema General de Pensiones cuanto menos el mínimo de semanas exigido en el régimen de prima media para acceder a la pensión de vejez;

2013 ---- mínimo 1250 semanas

2014 ---- mínimo 1275 semanas

2015 ---mínimo 1300 semanas

2. que el hijo sufra una invalidez física

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