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Practica diplomática en México


Enviado por   •  16 de Febrero de 2018  •  Prácticas o problemas  •  673 Palabras (3 Páginas)  •  133 Visitas

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Lic. en Relaciones Internacionales

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PRÁCTICA 2      

LA PRACTICA DIPLOMATICA DE MEXICO EN EL SIGLO XIX

Tratado de AMISTAD, COMERCIO y NAVEGACION con Ecuador, 10 de julio de 1888

  1. Identifica a los firmantes de los Tratados y sus cargos

El tratado fue firmado el 20 de julio de 1888 entre el embajador de Mexicano Matías Romero y Antonio Flores de Ecuador, en Washington, DC.

  1. Analiza los artículos que se refieran al comercio, a la navegación y a los súbditos de las partes contratantes.

Artículos 1,2,8 y 9

  1. Elabora un cuadro síntesis sobre el objeto de cada uno de los artículos analizados

Artículos

Objeto

Art. 1

Los ciudadanos mexicanos y ecuatorianos tendrán derechos de los nacionales, sujetos a las condiciones impuestas a estos, para comprar y vender libremente, ejercer su industria o profesión para transmitir sus propiedades por sucesión, para obtener patentes de invención, rótulos, marcas de fábrica y dibujos, pago de derechos, contribuciones o impuestos, y todo género de recargos.

Art. 2

Los ciudadanos mexicanos y ecuatorianos tendrán derecho de adquirir bienes raíces, pago de derechos de importación, exportación y tránsito, derechos de puerto en el otro país.

Art.  8

Los buques de guerra de cada Estado gozaran de los mismos honores, ventajas y privilegios, de igual manera quedaran sujetos a las mismas reglas y condiciones.

Art. 9

Ambos Estados, México y Ecuador establecerán sus límites de la soberanía territorial en sus costas.

  • El acceso a los muelles está limitado a los vehículos y personas autorizados.
  • Los vehículos que circulen por el puerto lo deberán hacer con las debidas precauciones y respetando las señales de trafico existentes.
  • Se prohíbe la circulación de vehículos ligeros por la zona de carga y descarga.
  • No se permite marchar a los vehículos por las zonas generales de circulación de los muelles.
  • No se permitirá la circulación de ninguna clase de vehículos con llanta metálica o de madera.
  • Serán de obligado cumplimiento las normas establecidas por el Ministerio de Obras Públicas

Antes de la llegada del buque a puerto es necesario cumplir los Copia del SITRAM, podrá ser actualizado por la agencia vía email

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