REFORMA EDUCATIVA 2019
DuasfafnirTarea1 de Diciembre de 2019
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REFORMA EDUCATIVA 2019
Por José Saud Atlatenco Sandoval
ARTÍCULO 3°
MODIFICACIONES
De acuerdo con la educación que imparte el Estado (Federación, Estados, Cd. de México y Municipios) esta se considerará obligatoria en sus niveles Básico: Inicial, Preescolar, Primaria y Secundaria, Media Superior y Superior (Fracción X)
Desde el marco filosófico se integran las disposiciones en referencia a que la educación será equitativo, combatiendo las desigualdades socioeconómicas, regionales y de género en el acceso, tránsito y permanencia en los servicios educativos. Se impulsarán acciones que mejoren las condiciones de vida de los educandos, con énfasis en las de carácter alimentario. Asimismo, se respaldará a estudiantes en vulnerabilidad social. Se aplicarán estrategias que aseguren su derecho a ingresar a las instituciones educativas a las personas adultas. En los pueblos y comunidades indígenas se impartirá educación plurilingüe e intercultural. Será inclusivo, al tomar en cuenta las diversas capacidades, circunstancias y necesidades de los educandos. Será intercultural, al promover la convivencia armónica entre personas y comunidades para el respeto y reconocimiento de sus diferencias y derechos Será integral, educará para la vida, con el objeto de desarrollar en las personas capacidades cognitivas, socioemocionales y físicas que les permitan alcanzar su bienestar. Será de excelencia, entendida como el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad
Respecto a los Planes y programas de estudio se anexan las disposiciones para que la Federación determine los principios y objetivos rectores de la educación inicial. Considerar las realidades y contextos regionales y locales.
En materiales e infraestructura, el estado garantizará su idoneidad y contribución a los fines de la educación. Entrega de recursos directos a las escuelas sin intermediarios.
Para el ingreso, promoción y reconocimiento para ejercer la función docente, directiva y de supervisión se considerarán los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios. En ningún caso afectará la permanencia de las maestras y los maestros.
En cuanto al fortalecimiento docente se enmarca el derecho de acceder a un sistema integral de formación, de capacitación y de actualización retroalimentado por evaluaciones diagnósticas, para cumplir los objetivos y propósitos del Sistema Educativo Nacional. Se creará el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en sus funciones docente, directiva o de supervisión.
Desde los sistemas y órganos para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad desaparecerá el INEE y se creará un Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación coordinado por un organismo público, descentralizado y autónomo cuyas responsabilidades serán realizar estudios, investigaciones especializadas y evaluaciones diagnósticas, formativas e integrales del Sistema Educativo Nacional. Establecer los criterios que deben cumplir las instancias evaluadoras para los procesos valorativos, cualitativos, continuos y formativos de la mejora continua de la educación.
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