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Reforma Energetica


Enviado por   •  3 de Julio de 2014  •  8.333 Palabras (34 Páginas)  •  211 Visitas

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CENTRO UNIVERSITARIO HIDALGUENSE

ANTEPROYECTO DE INVEZTIGACION

QUE PRESENTA FERNANDO ORDOÑEZ MIRANDA PARA ACREDITAR LA MATERIA DE SEMINARIO DE TESIS.

INDICE

1. Tema.......................................... 3

1. 1 Titulo..........................................3

1. 2 Introducción.............................3

2. Planteamiento del problema.......................... 9

2. 1 Propuesta................................ 10

2. 2 Antecedentes..............................11

2. 3 Objetivo general............................14

2. 4 Objetivos específicos.......................14

2.5 Justificación........................15

3. Marco teórico............................16

3. 1 Definición de conceptos básicos......................26

4. Marco metodológico........................33

4. 1 Tipo de investigación.......................33

4. 2 Método............................33

4. 3 Tipo de estudio...........................34

TEMA

Reforma energética y el precio de la gasolina.

TITULO

¿Como disminuir el costo de la gasolina en México con una reforma fiscal?

INTRODUCCION

La Reforma Constitucional en Materia de Energía aprobada por el Congreso de la Unión permitió dar un paso decidido rumbo a la modernización del sector energético de nuestro país, sin privatizar a las empresas públicas dedicadas a los hidrocarburos y a la electricidad. Al hacerlo, se propone mantener la rectoría del Estado y ratificar que la propiedad de los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo seguirá siendo de la Nación.

Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) serán dotados de mayor autonomía y de un nuevo carácter como empresas productivas del Estado, 100% públicas y 100% mexicanas.

Esta reforma surgió del estudio y valoración de los elementos de las distintas iniciativas presentadas por los partidos políticos representados en el Congreso. Estas propuestas fueron enriquecidas gracias a una amplia discusión en los foros de expertos organizados por el Poder Legislativo, por académicos y por especialistas en la materia.

Por tratarse de una reforma constitucional, la Reforma Energética aprobada por el Congreso de la Unión deberá ser aprobada por la mayoría de las legislaturas locales previa a su entrada en vigor.

México, al igual que muchos otros países con abundantes recursos naturales, sustenta en gran medida su desarrollo económico y social en su riqueza energética. Sin embargo, el sector petrolero enfrenta retos considerables que es menester atender de forma urgente. El petróleo del futuro provendrá de los llamados recursos no convencionales que se encuentran en aguas profundas. Si bien México cuenta con un considerable potencial de estos recursos, se carece de la capacidad técnica, financiera y de ejecución para producir petróleo y gas, al ritmo que otros países con recursos naturales similares lo hacen.

El principal obstáculo para materializar plenamente el potencial que México tiene en este tipo de yacimientos era el marco constitucional que obligaba a Pemex a llevar a cabo, por sí solo, todas las actividades de la industria petrolera, sin importar las restricciones financieras, operativas o tecnológicas que enfrentase.

La problemática radica justamente en que el gas natural que necesita el país, y que no produce Pemex, no podía ser producido por ninguna otra empresa, toda vez que la Constitución impedía la participación de empresas privadas en la producción de este energético. Como consecuencia hemos tenido que importar el gas natural a precios superiores de los que costaría producirlo en México.

La Reforma Energética es un elemento fundamental surgido de los foros organizados por el Senado de la República fue el valor estratégico que la industria petrolera tiene para el país, específicamente la exploración y extracción de hidrocarburos y la importancia de que los recursos del subsuelo sigan siendo propiedad de todos los mexicanos.

Como resultado de un debate incluyente y abierto, la Reforma Constitucional en Materia de Energía establece lo siguiente:

La reforma mantiene la prohibición de otorgar concesiones para la explotación de los hidrocarburos de la Nación. Con el fin de multiplicar la capacidad de inversión del Estado en las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, se establece la posibilidad de que la Nación otorgue asignaciones o contratos a Pemex, e incorpora también la posibilidad de otorgar contratos a empresas privadas. Se trata de un cambio modernizador que permitirá poner en producción yacimientos de hidrocarburos que en la actualidad se encuentran ociosos por falta de inversión, de capacidad de ejecución y de tecnología.

De entre todas las áreas del territorio nacional donde exista inversión en exploración o se hayan realizado descubrimientos petroleros con potencial de éxito comercial, Pemex podrá escoger aquellas que le resulten más atractivas para continuar su exploración o desarrollo, en función de su capacidad de ejecución. Pemex podrá escoger primero y elegir los campos más productivos y los más prometedores, garantizando que tendrá las mejores condiciones para generar valor.

Pemex accederá a un mejor régimen fiscal. Para ello, podrá proponer a la Secretaría de Energía la migración de sus asignaciones a contratos, mismos que contemplarán condiciones fiscales específicas acordes con las características de cada campo petrolero. Como parte del proceso de migración de asignaciones, Pemex podrá asociarse con terceros a través de contratos, y con ello aumentar su capacidad de inversión, reducir su exposición al riesgo y asimilar nuevas tecnologías.

La Reforma establece que las leyes secundarias regularán los tipos de contratos que el Estado podrá utilizar, con el objetivo de obtener ingresos que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la Nación, tales contratos serán entre otros: de servicios, de utilidad o producción compartida, o de licencia. En todos los casos, el Gobierno de la República podrá elegir el tipo de contrato que más convenga al país, dependiendo de las características y ventajas de cada área.

La Reforma Energética permitirá bajar los precios de la luz. El precio de la electricidad depende del combustible que se use para generarla. El gas natural es más barato y más amigable con el medio ambiente que el combustóleo y el diesel, con los que actualmente generamos electricidad.

La generación de energía eléctrica bajo reglas de acceso abierto e imparcial, aunado a la participación de particulares en los segmentos de transmisión y distribución y en el desarrollo de la infraestructura asociada, permitirá una reducción considerable en los costos de producción del sector eléctrico y hará posible la mayor participación de energías limpias y más eficientes.

Con la Reforma Energética en materia eléctrica, la planta productiva nacional y los hogares mexicanos contarán con más electricidad, a mejor precio y proveniente de fuentes menos contaminantes. Con el fin de apuntalar la buena administración de los recursos fiscales, distintos de los impuestos, que se obtienen de la producción de petróleo y gas, se crea el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, como un fideicomiso público sujeto a obligaciones de transparencia

El Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo iniciará operaciones en 2015 y se encargará de captar los ingresos (después de descontar los impuestos) que reciba el Estado, por todos los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos desarrollados por empresas estatales productivas o privadas, tanto a través de asignaciones como de contratos.

Respecto de la distribución de los recursos, primero se realizarán los pagos que se indiquen en los contratos y asignaciones, así como las transferencias establecidas en la ley. Una vez cubierto lo anterior, se transferirán los recursos remanentes a los Fondos de Estabilización de los Ingresos Petroleros y de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas, así como al Fondo de Extracción de Hidrocarburos y a los fondos de investigación en materia de hidrocarburos. Asimismo, se destinarán recursos a los fondos destinados a la fiscalización petrolera. Empresas productivas del Estado en hidrocarburos y electricidad

Petróleos mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad, a pesar a ser las mayores empresas públicas del país, presentan grandes retos y áreas de oportunidad en su eficacia y productividad.

Esto se debe en gran medida al actual marco jurídico que les impedía operar con eficiencia y potenciar sus capacidades productivas en actividades más rentables y que les convengan más. Tampoco se permitía la asociación con particulares, dejándoles la responsabilidad absoluta de proveer de insumos energéticos y de electricidad al país, sin posibilidad de complementar sus esfuerzos con terceros. Además, no podían actuar con agilidad ante los requerimientos de las industrias petrolera y eléctrica globales, lo que repercute en elevados costos en sus procesos, e inversiones poco productivas y menor competitividad.

La crítica situación en que se encuentran estos organismos ha provocado serias amenazas al suministro nacional de combustibles y elevados costos de electricidad para la planta productiva nacional y para los hogares mexicanos.

Por todo lo anterior, la Reforma Energética era apremiante y urgente. Se necesitaba cambiar de fondo el marco jurídico que rige a ambos organismos, dándoles flexibilidad para operar, e incorporando los más altos estándares en materia de transparencia y rendición de cuentas.

La apertura a la inversión privada debe contribuir al desarrollo y a la consolidación de una industria nacional en un entorno competitivo, por lo que es necesario adoptar medidas que propicien mayores espacios de participación para la proveeduría nacional.

En la Reforma Energética se permite la participación de inversión privada en hidrocarburos y electricidad, con ello se elevará la producción de energéticos a nivel nacional y se generará mayor riqueza, se reducirán los precios de la energía eléctrica, y crecerá el número de empleos productivos para el país.

La apertura a la inversión privada impulsará el desarrollo de la industria nacional. Para ello se establece la obligación de prever en la ley porcentajes de contenido nacional en la proveeduría, para que en las asignaciones y contratos que se otorguen a las empresas públicas y privadas se fomente a la industria nacional.

Con ello se propiciará el desarrollo de cadenas productivas nacionales y locales, de tal manera que las empresas mexicanas se fortalezcan y encuentren mejores oportunidades para desarrollarse. La participación de inversión privada deberá promover la inclusión y desarrollo de proveedores nacionales y locales en la cadena de valor de toda la industria. Esto permitirá mayores beneficios en otras industrias, mayor empleo y mayor desarrollo económico a nivel regional y nacional. Seguridad, sustentabilidad, compromiso con el medio ambiente, uso de tecnologías y combustibles más limpios. Uno de los mayores retos que enfrenta el desarrollo de la industria energética nacional, particularmente en el sector hidrocarburos, es el que la exploración y extracción, refinación, transporte, almacenamiento y distribución de petróleo, gas y sus derivados, se realicen de manera compatible con el cuidado y la protección del medio ambiente.

La Reforma Energética Se eleva a rango constitucional a la sustentabilidad como uno de los criterios bajo los cuales se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado. Se adiciona la promoción de la competitividad e implementación de una política nacional para el desarrollo industrial sustentable.

Con la reforma se impulsa el desarrollo sustentable y el cuidado del medio ambiente. El Congreso de la Unión deberá modificar el marco legal que rige a las actividades del sector hidrocarburos. La reforma alienta la participación ciudadana, al permitir el acceso a la información, el escrutinio y la rendición de cuentas de las utilidades que generarán las empresas productivas del Estado.

Las modificaciones derivadas de la Reforma Energética permitirán modernizar nuestra industria energética. También se incrementará la renta petrolera de los mexicanos, se impulsará el crecimiento económico, se crearán empleos, se fortalecerá a Pemex y a la CFE, y los mexicanos tendrán acceso a energéticos y electricidad más baratos.

Sin duda, la Reforma Energética constituye un gran paso hacia el desarrollo económico y el fortalecimiento de la soberanía de nuestro país; también sienta las bases para crecer como Nación y desarrollar de manera sustentable el gran potencial que tiene nuestro país.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Ante la reforma energética de el articulo 27 en su párrafo VII de nuestra carta magaña, propuesta por el ejecutivo federal del estado mexicano, Enrique Peña Nieto, en la legislatura actual, se crean los contratos de utilidad para que empresas particulares puedan explotar y explorar los hidrocarburos a cambio de una parte de las ganancias obtenidas por PEMEX, esto ya se ha intentado atreves del tiempo aquí en México, pero el precio de la gasolina se sigue elevando y por ende, el poder adquisitivo de las personas decrece.

Circunstancia por la cual en el presente trabajo de investigación se busca una solución en donde se propone regular una correcta y justa recaudación por parte del fisco, se obtenga un recurso mayor para el país y de esa forma habría libertad para cambiar el régimen fiscal de PEMEX, reduciendo los impuestos que le son cobrados por procesar el petróleo crudo y transformarlo a gasolina.

Lo cual se ha llevado a cabo en otros países como lo es España, quien en su régimen fiscal de la Compañía Española de Petróleos, (CEP) la cual sería su filial de PEMEX en nuestro país, ha solucionado el conflicto del gasolinazo al reducir un tanto la tasa de intereses que le cuesta a CEP transformar el petróleo crudo a gasolina, esto no llevo la gasolina a precio de oferta, pero lo ha mantenido estable y con muy ligeros aumentos de precio anuales y no mensuales o bimestrales como es el caso de México, lo que provoca una disminución en los ingresos del ciudadano mexicano.

Por ende, al darse el incremento de la gasolina se elevan los costos, no solo de esta sino de igual forma demás productos y servicios, disminuyendo el poder adquisitivo, aumentando los niveles de pobreza y afectando el desarrollo económico y social de las familias mexicanas, por lo que se hace necesario que exista una reforma energética apegada a la realidad social de nuestro país, que sea más efectiva y que evite la evasión fiscal por parte de los particulares, disminuyendo de esta forma la dependencia económica que existe por parte de el estado mexicano con relación a la carga fiscal que PEMEX tiene que pagar.

Ante tales circunstancias y con el objeto de dar una solución eficaz al problema planteado, en la presente investigación se propone solucionarlo reformando La ley de ingresos, en lo concerniente a la producción y venta de gasolina, promoviendo así un PEMEX con mayor capital disponible para invertir en sí mismo, en la adquisición de nuevas tecnologías y conocimientos necesarios e indispensables para la exploración y explotación de yacimientos petroleros que hay en territorio mexicano, de igual manera, maquinaria innovadora que facilite y economice la transformación del crudo a gasolina, de esta forma PEMEX al no tener una carga fiscal tan grande, podría reducir el costo por litro de gasolina en sus dos calidades, tanto en magna como en Premium.

ANTECEDENTES

Después la lucha revolucionaria de 1810

En el curso del 1916 Venustiano Carranza impulsó la idea de convocar a un congreso constituyente que debía introducir algunas modificaciones en la Carta Magna de 1857.

Con relación a los hidrocarburos, se postulo que estos quedaran bajo el dominio de la nación mexicana, con lo cual, las compañías petroleras de ese entonces no estaban de acuerdo.

Constitución de 1917

Se estableció en su artículo 27 el dominio de la Nación sobre todos los minerales, entre ellos, el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, además daba al Ejecutivo Federal la posibilidad de que los particulares extrajeran para su aprovechamiento el petróleo y demás hidrocarburos, bajo la figura de la concesión.

En diciembre de 1938

Impulsó la primer reforma energética, la cual mantenía la propiedad exclusiva del Estado sobre los recursos en el subsuelo, suprimía las concesiones sobre el petróleo y los carburos de hidrógeno ya que la concesión confería a particulares los derechos para explotar y aprovechar bienes del dominio nacional y consideraba como derecho exclusivo del Estado el explotar los hidrocarburos mediante las formas estipuladas en una ley secundaria.

En el mismo periodo

Fue publicada la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional que creó instrumentos para celebrar contratos con los particulares a fin de que éstos lleven a cabo por cuenta del Gobierno Federal, los trabajos de exploración y explotación de hidrocarburos sin poner el riesgo los derechos del Estados sobre éstos; también estableció el régimen de concesiones para la construcción de refinerías y oleoductos y para la distribución de gas.

El Ejecutivo, al formular la iniciativa que culminó con la reforma constitucional de que se trata, y después en diversas declaraciones, ha expresado su punto de vista de que la exclusión de los particulares del régimen de concesiones que el artículo 27 fija para la explotación de los recursos naturales del dominio público, no implica que la Nación abandone la posibilidad de admitir la colaboración de la iniciativa privada, sino simplemente que esa colaboración deberá realizarse en el futuro dentro de las formas jurídicas diversas de la concesión

En 1958

Se eliminó la posibilidad de celebrar contratos con particulares en la explotación y reservó todas las actividades de la industria petrolera a Petróleos Mexicanos.

En enero de 1960

Una reforma constitucional incorpora dicha prohibición de contratos al artículo 27 de la Carta Magna. 


En febrero de 1983

Se reformaron los artículos 25, 26, 27 y 28 de la Constitución para establecer que no constituyen monopolios las funciones exclusivas que el Estado ejerza en áreas estratégicas de petróleo y demás hidrocarburos, así como petroquímica básica.

En el 2008

La propuesta del PRI

En cambio, el Partido Revolucionario Institucional (PRI), que gobernó México durante 72 años y actualmente en el poder, mantenía una posición ambigua. El PRI presentó su proyecto energético, que consideraba la posibilidad de ir aumentado de manera gradual la presencia de empresas privadas en Pemex. La participación privada en la compañía estatal comenzaría con un 30% y alcanzaría el 60% progresivamente. El PRI planteaba que el Estado mantenga la propiedad, dirección, control y usufructo de las paraestatales CFE y Pemex.

La propuesta del FAP

La coalición Frente Amplio Progresista (FAP) presentó también su propuesta de reforma energética, que rechazaba la iniciativa privada en áreas estratégicas de la estatal Pemex, como alternativa al plan del Gobierno. El pueblo mexicano rechazó la privatización de Pemex, en una consulta popular que organizó. La coalición centra su propuesta en la modernización de Petróleos Mexicanos (Pemex) sin privatizar el aprovechamiento de crudo, los activos o la renta petrolera.

En la actualidad

La ley de Ingresos enviada por el Ejecutivo contempla que Pemex destinará un monto superior a los 785,000 millones de pesos durante el 2014 a impuestos, derechos y obligaciones por explotar los recursos de hidrocarburos a su disposición.

El dictamen aprobado por la Comisión de Hacienda, enviado al Senado para su aprobación, prevé un total de 4 billones 470, 249.8 millones de pesos para el país y sólo el monto fijo que se cobrará a Pemex asciende a 20% del total que se recaudará durante el año.

En el dictamen aprobado se especifica que, a cuenta del derecho ordinario sobre hidrocarburos, Pemex respecto a exploración y producción deberá realizar pagos diarios, incluyendo los días inhábiles, por 639 millones 940,000 pesos.

A esta imposición tributaria para Pemex se agregará el excedente que resulte entre el precio fiscal del barril de petróleo que se fijó en 85 dólares y el monto real de su venta en el extranjero, que los últimos años ha oscilado en 100 dólares por cada uno de los por lo menos 1.1 millones de barriles que se comercializan al día, por lo que las finanzas nacionales nuevamente dependerán por lo menos en una tercera parte de la operación de Pemex el próximo año.

OBJETIVO

Desarrollar una propuesta de reforma a la ley de ingresos sobre hidrocarburos, para aligerar la carga fiscal de PEMEX con lo que se disminuirá el precio de la gasolina, mediante la reinversión en sí mismo para la compra de la refinería adecuada, maquinaria, infraestructura y conocimientos indispensables para la explotación y transformación del petróleo.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Analizar la ley de ingresos de hidrocarburos para determinar posibles fallas y excesos en los impuestos demandados a PEMEX.

Construir una propuesta juridica e innovadora que contribuya al mejoramiento del régimen fiscal de PEMEX.

Difundir los resultados del proyecto de investigación para dar cuenta del análisis sistémico que revele la correcta alternativa para lograr una baja en el costo de la gasolina.

JUSTIFICACION

Esta investigación se lleva acabo debido a la notable incertidumbre y preocupación que hay en la sociedad mexicana con relación al precio de la gasolina va a subir el mes próximo o la semana próxima, si nunca va a parar de incrementarse el costo de dicho combustible, porque no aumenta el salario mínimo como aumenta el costo de la gasolina, entre otras interrogantes que conciernen a todo ciudadano mexicano que cuente con un vehículo automotor y que dependa de su función principal para llevar a cabo sus actividades cotidianas.

Así mismo con el presente trabajo se busca no solo que los consumidores de gasolina paguen menos por cada litro que requiera su vehículo, sino también que PEMEX sea una empresa más productiva y competitiva a nivel internacional.

Por medio de esta labor investigadora se va a beneficiar a todo individuo que forme parte de la sociedad mexicana y que cuente con un vehículo automotor o bien que tenga en mente adquirir uno pero que aparte de eso, tales no cuente con los grandes salarios para mantener su automóvil andando los 7 Días de la semana, debido a los tan elevados costos del combustible que requiere su auto y por supuesto con sus respectivos incrementos mensuales.

MARCO TEORICO

En el curso del 1916 Venustiano Carranza impulsó la idea de convocar a un congreso constituyente que debía introducir algunas modificaciones en la Carta Magna de 1857.

Con relación a los hidrocarburos, se postulo que estos quedaran bajo el dominio de la nación mexicana, con lo cual, las compañías petroleras de ese entonces no estaban de acuerdo.

1937: Tras una serie de eventos que deterioraron la relación entre trabajadores y empresas estalla una huelga en contra de las compañías petroleras extranjeras que paraliza al país. La Junta de Conciliación y Arbitraje falla a favor de los trabajadores, pero las compañías promueven un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

1938: Al negar el amparo, la Suprema Corte de Justicia ratifica el laudo emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje a favor de los trabajadores. Tras la negativa de aquéllas para cumplir el mandato judicial, la tarde del 18 de marzo, el Presidente Lázaro Cárdenas del Río decreta la expropiación de los bienes muebles e inmuebles de 17 compañías petroleras a favor de la Nación. El 7 de junio de ese año se crea Petróleos Mexicanos.

1942: PEMEX y el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana firman el primer Contrato Colectivo de Trabajo.

1946: En el Distrito Federal, se inaugura la refinería "18 de Marzo", en instalaciones originalmente construidas por la compañía "El Águila".

1948: Se descubren campos de aceite y gas en el noreste del país.

1950: Se inaugura la refinería "Ing. Antonio M. Amor", en Salamanca, Guanajuato.

1952: Geólogos mexicanos descubren la prolongación de la Faja de Oro.

1956: Se inaugura la refinería "Gral. Lázaro Cárdenas del Río", en Minatitlán, Veracruz.

1965: Se crea el Instituto Mexicano del Petróleo (IMP).

1971: El pescador campechano Radicando Cantarell informa a PEMEX la presencia de una mancha de aceite que brotaba del fondo del mar en la Sonda de Campeche. Ocho años después la producción del pozo Chic marcaría el principio de la explotación de uno de los yacimientos marinos más grandes del mundo: Cantarell.

1972: Se descubre en el sureste del país la región petrolífera denominada Mesozoico Chiapas-Tabasco. Su producción promedio diaria fue de 711 mil barriles.

1974: De importar 6 mil barriles, pasó a exportar 37 mil barriles diarios. Las reservas de hidrocarburos se ubican en 5 mil millones 773 mil barriles.

1976: Se inaugura la refinería "Miguel Hidalgo" en Tula, Hidalgo. Primeros hallazgos marinos, las reservas se elevan a 11 mil millones de barriles.

1977: Cantarell empieza a mostrar su potencial. Las reservas se incrementan a 16 mil millones de barriles.

1978: El campo marino Cantarell, en la Sonda de Campeche, se confirma como uno de los más grandes yacimientos marinos del mundo. Las reservas alcanzan los 40 mil 194 millones de barriles.

1979: Se inauguran las refinerías "Héctor R. Lara Sosa", en Cadereyta, Nuevo León y "Antonio Do valí Jaime", en Salina Cruz, Oaxaca. La perforación del pozo Malo 1 confirma el descubrimiento de yacimiento Ku-Maalob-Zaap, el segundo yacimiento más importante del país, después de Cantarell y vigésimo tercero a nivel mundial, en términos de reservas.

1981: Inicia operaciones el Complejo Petroquímico La Cangrejera. Se exportan 401 mil barriles diarios de petróleo.

1983: Se anuncian reservas por 72 mil 500 millones de barriles.

1986: Las exportaciones de crudo se ubicaron en un millón 298 mil barriles diarios en promedio.

1987: Entra en operación la ampliación de la Refinería "Miguel Hidalgo" en Tula, Hidalgo, con la Planta Primaria No. 2 de 165 mil barriles diarios, para llegar a 320 mil barriles diarios de capacidad instalada.

1990: Sale a la venta la gasolina Magna Sin, que no contiene plomo y de 82 octanos.

1991: Participa Pemex con cinco por ciento de capital social en la petrolera española Repsol.

1991: Por razones ambientales cierra, en el Distrito Federal, la refinería "18 de Marzo".

1992: Se expide una nueva Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios que define a Petróleos Mexicanos como órgano descentralizado de la Administración Pública Federal, responsable de la conducción de la industria petrolera nacional.

Esta Ley determina la creación de un órgano Corporativo y cuatro Organismos Subsidiarios, que es la estructura orgánica bajo la que opera actualmente.

Dichos Organismos son:

PEMEX Exploración y Producción (PEP)

PEMEX Refinación (PXR)

PEMEX Gas y Petroquímica Básica (PGPB)

PEMEX Petroquímica (PPQ)

1993: Introduce el combustible Diesel.

1995: Pone a la venta la gasolina Pemex Premium de 93 octanos.

1997: Arranque del proyecto Cantarell, diseñado para optimizar la explotación del yacimiento. Inicia proceso de Reconfiguración de las refinerías de Cadereyta y Ciudad Madero.

2000: Se convierte en la quinta petrolera del mundo

2001: Pone en marcha el proyecto Burgos, en el norte del país para incrementar la producción de gas natural.

2003: Pemex Gas pone en operación un conjunto de Proyectos Ambientales para la Conservación del Agua.

2004: Confirma la existencia de hidrocarburos en aguas profundas.

2005: La producción de crudo se ubicó en un promedio diario de tres millones 333 mil barriles de crudo, la más alta de su historia, de los cuales exportó un millón 817 mil barriles. Ocupa el tercer lugar como productor de petróleo.

2006: Lanza al mercado nacional combustibles, (UBA). Crece casi 90 por ciento la longitud de ductos rehabilitados en 2005.

2007: Arriba a la Sonda de Campeche la Unidad Flotante de Proceso, se bautiza como Yuma Kaki Naba, el Señor del Mar.

2008: El 28 de noviembre se publican en el Diario Oficial de la Federación siete decretos que integran la Reforma Energética.

2009: Anuncia la construcción de una nueva refinería en Tula, Hidalgo.

2010: Presenta los Contratos Integrales EP para mejorar el esquema de exploración y producción de sus campos maduros.

Petróleos mexicanos, (http://www.pemex.com/acerca/quienes_somos/historia/Paginas/historia-pemex.aspx#.UwNk0Gt5mK1)

En el siguiente apartado se desarrolla una recopilación de las opiniones vertidas por diferentes juristas sobre la reforma energética, muchos de ellos muestran claramente estar a favor o en contra de la reforma, aunque sea en términos muy específicos.

Empezare a señalar algunas opiniones como la de QUADRI (2013) quien expresó el 14 de Junio del 2013:

“Dando por descontado que la negociación con el PAN es más expedita dada su presumible afinidad con el sentido de los cambios constitucionales requeridos, es claro que el gobierno debe ofrecer algo muy atractivo a la izquierda institucional, como premio o incentivo, si es que ésta se decide y es capaz de emprender su propia reforma. O bien, debe estar dispuesto a dar la batalla, tanto en las calles como en la opinión pública, ejerciendo con prudencia y en el marco de la ley, pero con firmeza, la fuerza legítima del Estado. Sobre todo, debe hacer acopio de municiones mediáticas y de persuasión o pedagogía colectiva sobre el imperativo y la racionalidad de la reforma. Debe prepararse para reclutar medios, analistas, y especialistas en comunicación política, y confeccionar una plataforma muy sólida de argumentos.

Será la verdadera batalla de las ideas por la modernización de México. Se trata, ni más ni menos, de codificar nuevos valores públicos en el imaginario nacional: No hay razón alguna para sostener monopolios en hidrocarburos, al igual que en todos los sectores o actividades económicas que no son monopolios naturales; la competencia es indispensable para lograr eficiencia y desarrollo tecnológico” Gabriel Cuadro 2013.

SERGIO SARMIENTO en su columna “Jaque Mate” dijo que: “no hay indicios de que el General Lázaro Cárdenas quisiera una industria sin inversión privada “y recuerda que fue hasta 1960, en la administración de López Mateos que se impuso la restricción: “Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólido, líquidos o gaseosos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que se hayan acordado”. Para él, volver a los estatutos de Lázaro Cárdenas le parece un soplo de aire fresco, en contraposición a la “tan lamentable el resultado del cierre de la industria que impulsó López Mateos “Sergio Sarmiento agosto del año 2013.

Los medios internacionales opinan:

El 16 de agosto el diario español El País, publicó su editorial dedicada a Pemex, ahí afirma que el nacionalismo petrolero es un lastre para el desarrollo y con la Reforma del sector energético, el presidente Enrique Peña Nieto pone fin a 75 años de monopolio estatal. El PAN considera la reforma insuficiente, pero lo más probable es que la apruebe, lo que garantizaría los dos tercios necesarios en el Congreso para reformar la Constitución. El diario español sitúa a la izquierda de Morena, como la izquierda radical, que promete movilizar a las masas y la izquierda moderada del PRD, que se opone a la reforma energética y propone cambios en el régimen fiscal y presupuestario.

Te New York Times publicó en su editorial del 20 de agosto que la reforma energética sería benéfica para México, porque ayudaría a vivificar este sector productivo en el país y le daría un necesario impulso a la economía nacional; el diario indicó que México tiene una de las mayores reservas de petróleo y gas natural en el mundo, pero su producción ha declinado debido a que Pemex no cuenta con el dinero o la experiencia para explotar pozos de aguas profundas o yacimientos de gas.

El Informador advirtió el 30 de agosto del impacto negativo que podría tener en Pemex la inclusión de México en el Acuerdo de Asociación Transpacífico, propuesta de libre comercio para países bañados por las aguas de este océano.

El 12 de septiembre, The American Thinker, publicó un artículo de análisis en el que se extrañan de la existencia de un monopolio legal estatal del petróleo. Se inclinan definitivamente por la inversión privada y advierten que, de no llevarse a cabo, “México será un importador de petróleo en 2020.” Así mismo, compara el número de refinerías estadounidenses con las mexicanas: 139 contra 7. El artículo resulta realmente interesante en sentido informativo pero tiene un fuerte error: de la necesidad de una reforma, infiere la necesidad de inversión extranjera sin argumentar.

Estados Unidos pretende que las empresas de todos los miembros compitan libremente, prohibiendo el subsidio o apoyo estatal a todas de ellas, sin importar si son públicas o privadas.

Por otro lado, LUIS TÉLLEZ KUENZLER, presidente de la Bolsa Mexicana de Valores, dijo que los Mercados ven bien la reforma energética, expresó:

“¿Qué es lo que significa esto? Que las empresas están viendo oportunidades de crecimiento y por eso están yendo por capital; y por el otro lado los inversionistas, tanto los nacionales como los extranjeros, están siendo también expectativas de crecimiento y por eso están comprando a las empresas mexicanas, debido a que tenemos una economía muy sólida y, por el otro lado, debido a las expectativas de las reformas en general”

Una visión bastante optimista y añadió:

“Yo veo la reforma energética, como una reforma que abre el sector energético a nuevas posibilidades, destapa el potencial energético de México en un momento, en que México está en una situación muy complicada porque los Estados Unidos, nuestro principal socio comercial, tiene costos energéticos muy bajos tanto en gas como en electricidad” LUIS TÉLLEZ KUENZLER, septiembre 2013.

JAIME CÁRDENAS es abogado, político y académico mexicano, fue Diputado Federal del 2009 al 2012 por el Partido del Trabajo, investigador de la UNAM y Especialista en Derecho Constitucional menciona

“Estas iniciativas no enfrentan los más importantes problemas de la industria petrolera del país, ni tampoco proponen nada respecto a la corrupción del sindicato petrolero, ni respecto de la corrupción de la alta burocracia con Pemex y los contratistas, son reformas que no buscan democratizar al sindicato de Pemex, no son propuestas concebidas desde la transparencia y la rendición de cuentas, más bien alientan la opacidad y favorecen la ausencia de controles.

No son reformas que estén incorporando a la sociedad civil, no se trata de modificaciones legales que fortalezcan las competencias del poder legislativo y judicial mexicano, más bien las reduce a favor de tribunales extranjero y del derecho extranjero, no son reformas que propongan medidas para racionalizar administrativamente las funciones de Pemex, no son modificaciones que respondan al problema del destino de los excedentes petroleros.

No son propuestas inscritas en la racionalidad y austeridad administrativa de Pemex, no son propuestas interesadas en promover la investigación científica y tecnológica, no son reformas orientadas a fortalecer la inversión pública, no son planteamientos que quieran recuperar pozos abandonados o que fijen reglas para la explotación integra de los mismos” Jaime Cárdenas Diciembre 2013.

MARIO BECERRA Es un abogado y político mexicano, miembro del Partido Acción Nacional, es diputado federal de 2009 a 2012 y ha sido rector de la Escuela Libre de Derecho menciona lo siguiente.

“El sector privado no puede intervenir en aspectos inherentes a la función exclusiva del Estado en el área estratégica del petróleo en cumplimiento del artículo 27 Constitucional, pero sin embargo sí puede intervenir en las actividades industriales siempre y cuando no sea propietario de los recursos cuyo dominio directo pertenece a la nación ni pueda celebrar actos jurídicos que conlleven a obtener un beneficio, es decir, una renta petrolera.

Corresponde a la nación mexicana el dominio directo del petróleo, es decir, puede usar aprovechar y disponer del mismo única y exclusivamente y también le corresponde obtener las renta petrolera sobre el petróleo y sobre sus derivados.

Lo que se otorga en la reforma en la reforma presentada por el ejecutivo federal es una mayor certeza jurídica puesto que se establece que tratándose del transporte, del almacenamiento y de la distribución tanto del gas como de la petroquímica básica y de los productos derivados de la refinación del petróleo deban necesariamente estar sujetos a previo permiso del estado y la ley reglamentaria.

La propuesta del ejecutivo federal permite que los particulares puedan participar en la refinación del petróleo pero ello no implica bajo ninguna circunstancia el que se les transmita el dominio directo del mismo.

La reforma planteada es perfectible pero me encuentro que sí cumple con los presupuestos constitucionales previstos en los artículos 25, 27 y 28 constitucionales” Mario Becerra, Diciembre 2013.

JUVENTINO CASTRO Y CASTRO fue un Abogado Mexicano y Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Especialista en Derecho Constitucional da la siguiente opinión:

“Cualquier reforma que admita la intervención directa o indirecta de particulares debe ser considerada como inconstitucional, ya que de aprobarse tal y como se propone se estaría autorizando que Pemex maneje a la industria petrolera nacional no en forma directa y exclusiva, sino involucrando en alguna forma para su manejo al sector privado.

Es evidente que existe un intencionado propósito de introducir confusión sobre lo estructurado por la constitución para las áreas prioritarias y lo decretado exclusivamente para las áreas estratégicas.

Las iniciativas presentadas por el Ejecutivo federal requieren para su aprobación consulta previa a la soberanía popular, porque es ella la titular exclusiva de las riquezas del subsuelo” Juventino Castro y Castro, 2013.

ARNALDO CÓRDOVA fue profesor de esa Universidad, fue un crítico del sistema político mexicano e Investigador de Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM opina al respecto:

“La iniciativa de reforma energética no debió haberse presentado antes de que se presentara una reforma hacendaria, cada vez está más claro que esta llamada reforma energética, es un sustituto de aquella reforma, la reforma fiscal que desde hace años debió haberse hecho en este país.

Lo que nos propone esta reforma energética es seguir usando a Pemex como el proveedor de las finanzas públicas, no se busca la modernización de la industria ni de la compañía nacional, es un problema de finanzas públicas sin plantear una reforma hacendaria, esto es lo más grave del asunto.

Deberíamos estar discutiendo problemas relativos al ingreso fiscal de la federación y no esto, además esto no tiene ningún fundamento en la constitución.

Los que nos oponemos a las iniciativas de ley de la industria petrolera que ha enviado el gobierno, también deseamos la modernización de Pemex, la queremos como una empresa nacional que tenga suficientes recursos para desarrollarse a sí misma y apoyar el desarrollo integral de México, la queremos con su Instituto Mexicano del Petróleo, bien abastecido de recursos, para que nos vuelva a dar tecnología de punta, en lugar de andar comprándola en el extranjero.

La queremos libre de sindicato mafioso, que sangra a la empresa sin ningún beneficio para los trabajadores, no queremos otra vez la vergüenza de los ‘Pemexgates’, aboguemos porque la iniciativa privada contribuya activamente al desarrollo de nuestra industria petrolera, porque la iniciativa privada es necesaria, pero no queremos que la iniciativa privada obtenga ventajas ilegales y peor, anticonstitucionales” Arnaldo Córdova, 2013.

HÉCTOR FIX FIERRO Cursó sus estudios de licenciatura en derecho en la Facultad de Derecho de la UNAM, en la que se tituló en 1987. Entre 1993 y 1994 cursó el “Máster Internacional en Sociología Jurídica” del Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati, País Vasco, España. En 1998 obtuvo su doctorado en derecho por la Universidad de Bremen, Alemania, da la siguiente opinión sobre la reforma energética:

“La iniciativa no enfrenta obstáculos específicos de inconstitucionalidad que impidan al congreso de la unión discutir las iniciativas de carácter técnico, económico, administrativo e incluso político.

Es posible interpretar las disposiciones constitucionales vigentes de un modo sistemático, razonable y coherente a fin de que el legislador pueda adoptar las decisiones de política pública más convenientes, para enfrentar y revertir la difícil situación en la que se encuentra la explotación de un recurso, que ha sido y seguirá siendo, esencial para el país.

Quienes argumentan que de ser aprobadas las iniciativas analizadas serían inconstitucionales, no sólo dan a entender que las disposiciones constitucionales tienen un significado único, lo cual no es correcto, porque siempre son posibles otras interpretaciones, y la cuestión se reduce a saber cuál es la mejor interpretación” Héctor Fix Fierro 2013.

Con estas diversas opiniones vertidas podemos darnos cuenta que hay opiniones tanto a favor como en contra, es por eso que con nuestra investigación pretendemos dar la mayor información obtenida a la población estudiantil.

DEFINICION DE TERMINOS BASICOS

Abastecer: proveer a alguien de aquello que necesita.

Abastecido: proveer a alguien de aquello que necesita.

Acopio: reunión en cantidad de alguna cosa.

Afinidad proximidad, analogía, semejanza de una cosa con otra. El parentesco de afinidad, es el que se adquiere por matrimonio o concubinato, entre los cónyuges y sus respectivos parientes consanguíneos.

Ambigua: que puede entenderse de varios modos o admitir distintas interpretaciones.

Ambigüedad: posibilidad de que algo pueda entenderse de varios modos o de que admita distintas interpretaciones.

Argumentos: razonamiento empleado para convencer a alguien o para demostrar algo.

Bienes: los bienes muebles son fungibles o no fungibles. Pertenecen a la primera clase los que pueden ser reemplazados por otros de la misma especie, calidad y cantidad.

Carta magna: código constitucional de un estado.

Cesión: transmisión de un derecho de crédito.

Coalición: f. confederación, alianza, unión.

Comisión: contrato en virtud del cual un comerciante encarga a una persona la ejecución de actos u operaciones mercantiles; es también el importe que se adeuda en virtud de un servicio mercantil.

Comisionista: quien ejerce actos de comercio por cuenta ajena, en nombre propio o de quien representa.

Comuneros: persona que comparte la titularidad de un derecho con otros.

Concesión: contrato por el cual el gobierno otorga a empresas o a particulares la gestión y la explotación de ciertos bienes públicos.

Constitucionalismo: el constitucionalismo es una doctrina sobre "la correcta sumisión del gobierno al "˜derecho". Su identificación corresponde a un ideal político caracterizado por la búsqueda de los límites jurídicos al ejercicio del poder político; se propone sustituir al gobierno arbitrario y despótico, por un gobierno sometido a la ley.

Constituyente: acto constituyente es la concreta manifestación de voluntad que tiene como propósito la elaboración y expedición de la constitución. El poder constituyente se manifiesta, en efecto, en una serie de actos de voluntad. Pueden estar regulados por el orden jurídico anterior o bien provenir de los gobernantes de facto.

Debate: controversia o discusión de carácter jurídico.

Declaración estimada: deber formal del contribuyente de manifestar ante la administración tributaria, mediante los formularios expedidos a tal fin, los enriquecimientos que estima obtendrá en determinado período, a fin de que el fisco reciba un pago anticipado de los tributos aplicados a los mismos

Declaración: manifestación que se hace en un juicio, o de un procedimiento administrativo, de saber o de no saber una cosa al ser interrogado por una autoridad. Acto por el cual expresa una persona su voluntad o da a conocer lo que sabe sobre una cuestión litigiosa.

Democratizar: hacer algo accesible a un gran número de personas.

Distribución: reparto de algo entre varios según un criterio.

Dominio: poder que se ejerce sobre personas o cosas.

Edictos: publicaciones ordenadas por el tribunal para practicar una notificación o convocar a determinadas personas, a fin de que comparezcan a ejercitar sus derechos en un proceso.

Ejecutivo: que no admite espera ni permite el aplazamiento de la ejecución.

Ejercicio gravable: aquel en el que se devenga el impuesto.

Entidades: lo que constituye la esencia o la forma de una cosa: es pues la constitución el documento legal supremo, el que se ubica en la cúspide. Y esta característica de supremacía va a tener consecuencias importantes para nuestro sistema jurídico. Para el estado de derecho, aludir a la supremacía, es aludir a que esta norma es la norma primaria, que va ser el primer elemento de referencia en todo ordenamiento jurídico del estado de que se trate, va a ser el primer punto de referencia de todo ordenamiento existente. Va a ser la fuente de creación de todo el sistema jurídico.

Estipuladas: convenir, concertar o acordar las condiciones de un trato.

Excedentes: sobrante, que excede de lo previsto.

Exhorto: es una comunicación escrita que un juez dirige a otro de igual categoría, aunque de diferente competencia territorial, para pedirle su colaboración cuando deben practicarse diligencias judiciales fuera del territorio jurisdiccional del juez que lo solicita. //requerimiento por escrito de un juez a otro de su misma categoría y de igual o distinta jurisdicción para que practique determinada diligencia.

Expedita: concluir un asunto.

Exploración: reconocimiento minucioso de algo.

Extracción: acto de sacar algo que está hundido, inmerso o sepultado en algo.

Fallido: comerciante en estado de quiebra.

Federación: asociación de estados, partidos o agrupaciones que reconocen una misma autoridad y comparten algunas funciones, pero que mantienen un gobierno interior autónomo.

Federal: el orden federal es el que la nación en su conjunto decide darse como necesario para el mantenimiento de su integridad e indivisibilidad, así como para el cumplimiento de sus propósitos elementales.

Fiscales: funcionario judicial que representa al estado y se encarga de la acusación pública en los tribunales.

Fisco: denominación que se da al estado en cuanto titular del patrimonio hacendario.

Fuerza mayor: acontecimiento que no ha podido preverse o que previsto no ha podido evitarse.

Garantía: responsabilidad que asume una persona de asegurar a otra el disfrute de algo.

Garantías constitucionales: las garantías constitucionales son instrumentos de naturaleza procesal cuya finalidad es la restauración del orden constitucional cuando éste ha sido desconocido o violado por los órganos de poder y los instrumentos protectores no fueron suficientes para lograr el respeto de la constitución y la vigencia del principio de supremacía.

Hidrocarburos: cada uno de los compuestos químicos resultantes de la combinación del carbono con el hidrógeno.

Homologación al convenio: aprobación, consentimiento, rectificación del convenio para su debida eficacia.

Ilegales: contrario a la ley.

Impedimento: son causas que inhabilitan para actuar con imparcialidad a los juzgadores, secretarios, actuarios, agentes del ministerio público, defensores de oficio y testigos de asistencia.

Improcedente: que no se ajusta a la ley o a los reglamentos.

Impuesto: es la obligación pecuniaria que el estado en virtud de su poder de imperio exige a los ciudadanos, para la satisfacción de sus necesidades generales.

Informativo: que informa o sirve para dar noticia de algo.

Inviabilidad: imposibilidad de ser llevado a cabo.

Jurado: tribunal encargado de administrar justicia.

Jurista: persona que estudia o profesa la ciencia del derecho.

Juzgado: órgano estatal atendido por una sola persona y encargado en primera o única instancia de la administración de justicia. El tribunal que consta de un solo juez o sea el órgano de la administración de justicia que tiene a la cabeza a un solo juez, que es quien conoce de los juicios y pronuncia las sentencias.

Legalización: anotación puesta en un documento por el funcionario correspondiente, para hacer constar que la firma o firmas que en aquél aparecen, son auténticas y también para acreditar el carácter del funcionario que expidió el documento.

Legislaturas: periodo de tiempo que transcurre desde que se constituye un órgano legislativo hasta que se disuelve.

Ley de ingresos: los ingresos del estado se clasifican en dos grandes rubros, a saber: ingresos tributarios e ingresos financieros.

Leyes: cantidad de dinero que debe pagar un ciudadano al estado para que haga frente a las cargas y servicios públicos los primeros son aquellos que derivan de aportaciones económicas efectuadas por los ciudadanos en proporción a sus ingresos, utilidades o rendimientos, en acatamiento del principio jurídico-fiscal que los obliga a contribuir a sufragar los gastos públicos. En tanto que los segundos son los que provienen de todas las fuentes de financiamiento a las que el estado recurra, en adición a las prestaciones tributarias recibidas de sus súbditos, para la integración del presupuesto nacional.

Lutitas: es una roca sedimentaria detrítica o clástica de textura pelítica, variopinta; es decir, integrada por detritos clásticos constituidos por partículas de los tamaños de la arcilla y del limo.

Magistrado: funcionario judicial que forma parte de un tribunal

Mantos: capa del globo terrestre situada entre la corteza y el núcleo

Mediáticas: de los medios de comunicación o relativo a ellos

Minerales: sustancia inorgánica, sólida y homogénea, de composición química y estructura generalmente cristalina.

Modernización: adopción de rasgos modernos o de aspecto moderno

Monopolios: concesión legal a una empresa que le permite la fabricación o control comercial de un producto o servicio en exclusiva

Nacionalismo: doctrina que exalta en todos los órdenes la personalidad nacional.

Obligación: relación jurídica en virtud de la cual una persona (deudor) se compromete frente a otra (acreedor) a cumplir en su beneficio una determinada conducta o actividad; financieramente se entiende por tal el título de crédito, nominativo o al portador, emitido con la finalidad de captar fondos para poder hacer frente a inversiones

Obligaciones: relaciones jurídicas que se establecen entre dos personas por medio de cualquier tipo de contrato

Orden: mandato superior que se debe obedecer y ejecutar por los inferiores

Pasivo no monetario: pasivo que se protege de la inflación (deudas reajustables o en moneda extranjera

Patrón: la ley federal del trabajo lo define como la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores

Pecuniaria: concerniente al dinero

Persuasión: capacidad de convencer a alguien:

Petróleo: líquido natural oleaginoso e inflamable, constituido por una mezcla de hidrocarburos, que se extrae de lechos geológicos continentales y marítimos y tiene múltiples aplicaciones químicas e industriales

Petroquímica: de la industria que utiliza el petróleo o el gas natural como materias primas para la obtención de productos químicos o relativos a ella.

Planteamientos: planteamientos

Plataforma: tablero horizontal descubierto y elevado sobre el suelo:

Población: conjunto de personas que habitan la tierra o cualquier división geográfica de ella.

Presupuestos de egresos: cálculo o cómputo anticipado de los ingresos y gastos de un negocio o actividad pública.

Pro omine: a favor del hombre

Procedente: ajustado o conforme a la razón, la conveniencia o la justicia

Prudencia: cualidad que consiste en actuar con reflexión y precaución para evitar posibles daños

Quiebra: estado del comerciante que cesa en el pago de sus obligaciones mercantiles. // (De quebrar), según el diccionario de la lengua, es un juicio universal para liquidar y calificar la situación del comerciante quebrado. Quebrar, cesar en el comercio por sobreseer en el pago corriente de las obligaciones contraídas y no alcanzar el activo a cubrir el pasivo

Recopilación: colección de escritos diversos:

Refinación: hacer más fina o más pura una sustancia o materia, eliminando impurezas y mezclas:

Refinerías: instalación industrial para refinar un producto

Reforma: reformar significa volver a formar, rehacer. En sentido jurídico la reforma es sustituir un texto por otro que tenga un significado más claro o que establezca uno.

Régimen: modo de gobernarse o regirse en algo:

Restrictivas: que restringe o limita

Salvaguardar: defender, proteger, amparar

Sanciones: penas impuestas por los órganos competentes con sujeción a los procedimientos establecidos en la legislación

Seguridad jurídica: la palabra seguridad proviene de seguritas, la cual deriva del adjetivo securus (de secura) que, en su sentido más general, significa estar libre de cuidados.

Sistemático: que sigue o se ajusta a un sistema

Subsidiarios: que concede o da en socorro de alguien

Supremacía: en un sistema jurídico, la supremacía constitucional significa que la constitución es la norma que denominamos fundamental, que está en la cúspide o por encima de las demás normas jurídicas.

Tecnológico: de la tecnología o relativo a ella

Transformar: hacer cambiar de forma o aspecto

Tributaria: cantidad de dinero que debe pagar un ciudadano al estado para que haga frente a las cargas y servicios públicos

Vinculatorio: unir o relacionar una persona o cosa con otra

Visión: comprensión inmediata y directa de las cosas, de manera sobrenatural

Yacente: situación de la herencia que, habiendo sido deferida, no está todavía aceptada

Yacimientos: sitio donde se halla naturalmente una roca, un mineral, un fósil, o restos arqueológicos.

MARCO METODOLOGICO

Este trabajo de investigación está basado en el método jurídico, ya que se basa en el análisis de las leyes que han sido modificadas debido a la entrada en vigor de la reforma energética propuesta por nuestro presidente de la república mexicana, Enrique Peña Nieto y por supuesto en una alternativa a esta, como puede ser una reforma fiscal.

TIPO DE INVEZTIGACION

La presente labor investigadora es de carácter documental, debido a lo que se requiere conocer para llegar a mis objetivos.

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