Reforma Energetica
marioromellon29 de Mayo de 2014
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INTRODUCCION
Poniendo como antecedente histórico de donde nos basamos para realizar el ensayo tenemos la reforma a la constitución política de los estados unidos mexicanos en donde se reforman los párrafos cuarto, sexto y octavo del artículo 25; el párrafo sexto del artículo 27.
Los párrafos cuarto y sexto del artículo 28; y se adicionan un párrafo séptimo, recorriéndose los subsecuentes en su orden, al artículo 27; un párrafo octavo, recorriéndose los subsecuentes en su orden, al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reforma energética de 2013 en México es una reforma constitucional cuya iniciativa fue presentada por el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, el 12 de agosto de 2013. Fue aprobada por el Senado de la República el 11 de diciembre de 2013 y por la Cámara de Diputados un día después.
El 18 de diciembre de 2013, la reforma fue declarada constitucional por el Poder Legislativo Federal; fue promulgada por el Ejecutivo el 20 de diciembre de 2013 y publicada al día siguiente en el Diario Oficial de la Federación.
Y de igual manera tenemos la reforma realizada por el señor ex presidente Lázaro Cárdenas donde expresa lo siguiente.
En diciembre de 1938, el Presidente Lázaro Cárdenas del Río impulsó la primer reforma energética, la cual mantenía la propiedad exclusiva del Estado sobre los recursos en el subsuelo, suprimía las concesiones sobre el petróleo y los carburos de hidrógeno ya que la concesión confería a particulares los derechos para explotar y aprovechar bienes del dominio nacional y consideraba como derecho exclusivo del Estado el explotar los hidrocarburos mediante las formas estipuladas en una ley secundaria.
La iniciativa fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación en noviembre de 1940.
En el mismo periodo, también fue publicada la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional que creó instrumentos para celebrar contratos con los particulares a fin de que éstos lleven a cabo por cuenta del Gobierno Federal, los trabajos de exploración y explotación de hidrocarburos sin poner el riesgo los derechos del Estados sobre éstos; también estableció el régimen de concesiones para la construcción de refinerías y oleoductos y para la distribución de gas.
«El Ejecutivo, al formular la iniciativa que culminó con la reforma constitucional de que se trata, y después en diversas declaraciones, ha expresado su punto de vista de que la exclusión de los particulares del régimen de concesiones que el artículo 27 fija para la explotación de los recursos naturales del dominio público.
No implica que la Nación abandone la posibilidad de admitir la colaboración de la iniciativa privada, sino simplemente que esa colaboración deberá realizarse en el futuro dentro de las formas jurídicas diversas de la concesión…»
Lázaro Cárdenas del Río en la iniciativa de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional de 1940
En breve y en mis palabras les hablare sobre la reforma energética si ha ayudado a la mejora de nuestro país o realmente no ha funcionado como se debiera.
Donde además de todo podremos darnos cuenta de cada una de las transiciones que ha sufrido el país con estas reformas a la constitución política de los estados unidos mexicanos, hechas por los honorables señores del congreso de la unión.
Se expresa que en la propuesta la modificación del artículo 28, establece la creación del Fondo.
Donde el Estado contará con un fideicomiso público denominado Fondo Mexicano del Petróleo, cuya Institución Fiduciaria será el banco central y tendrá por objeto, en los términos que establezca la ley, recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de esta Constitución, con excepción de los impuestos.
En los cambios que se hicieron al artículo 25 constitucional sólo se propuso que se establecerán normas secundarias para regular los contratos que celebren las paraestatales -PEMEX y CFE- con particulares, y el régimen de remuneraciones.
El artículo Transitorio Cuarto plantea los tipos de contratos y contraprestaciones que se podrán establecer con la Iniciativa privada. Las clasificaciones quedan así:
De servicios – Pago en efectivo.
De utilidad compartida – Un porcentaje de la utilidad.
De producción compartida – Un porcentaje de la producción obtenida.
De licencia – Transmisión onerosa de los hidrocarburos tras ser extraídos.
O cualquier combinación de las anteriores opciones.
Además, se impulsa la creación de una Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, la cual se encargará de vigilar y regular la seguridad de las instalaciones energéticas.
También se propone crear un Fondo Mexicano del Petróleo, en dónde se depositarán los recursos que el Gobierno mexicano obtenga por las alianzas con la inversión privada. El artículo Transitorio Décimo Cuarto plantea los porcentajes para el uso y ahorro de los recursos:
Se transferirán a la Tesorería de la Federación los recursos necesarios para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación y deberán ser “en la misma proporción respecto del Producto Interno Bruto que la proporción correspondiente a dichos ingresos en el año 2013”.
Los flujos anuales de recursos que reciba el Fondo se destinarán a ahorro de largo plazo. Pero si igualan o rebasan el 3% del PIB del año previo, podrán destinarse en 0.15%, en cada caso, a saldar pasivos de pensiones públicas, inversión en ciencia y tecnología para energías renovables y un sistema de becas, entre otros.
La reforma energética que presentó Enrique Peña Nieto pretende suponer lo que la gran mayoría de los analistas económicos esperaba: "mayor participación de la Iniciativa Privada en las áreas de exploración y extracción".
El tema ha sido históricamente polémico, por la naturaleza nacionalista del tema. El sentimiento nacional es que el romanticismo de la expropiación petrolera de 1938 se perdería o terminaría de existir como parte de los logros de los mexicanos si empresas privadas o extranjeras participan de alguna manera en el quehacer de Petróleos Mexicanos (Pemex).
La Reforma Energética propuesta debe atacar a la corrupción que existe en Pemex. Los integrantes de la mesa de análisis de MVS Radio comentaron la antes de pensar en la inversión privada en Petróleos Mexicanos se debe tener un Estado fuerte.
Las ventajas que tiene la reforma según los analistas son que tendrá una reestructuración organizacional de Pemex, una Inversión en tecnología e investigación, que la inversión privada traerá el capital económico e intelectual que la extracción en aguas profundas requiere y que tendrá una Imagen internacional de confianza en México.
Y sus desventajas son que la Reforma energética permitirá que los extranjeros tengan refinerías dentro del país, no se espera cambio sustancial energético en 24 meses, no hay claridad sobre los beneficios y el reparto de utilidades.
Se tendrá una pérdida de autonomía, habrá una dependencia del Estado Mexicano de las compañías extranjeras, de igual forma se tendrá una reducción al ingreso presupuestal.
El problema que pudo ser solucionado con sólo una Reforma Fiscal en Pemex no se hiso y tampoco no se explica con detalle qué se busca con la privatización además que la Reforma no aborda ni propone solución a la corrupción que hay en Pemex.
También tenemos que en cuestiones de petróleo y sus derivados que se eliminó del artículo 27 constitucional la restricción incorporada en 1960, que impide la utilización de contratos para la extracción de hidrocarburos del subsuelo.
La modificación no altera la propiedad de la Nación sobre los hidrocarburos y mantiene la prohibición de otorgar concesiones que confieran derechos sobre recursos naturales a particulares.
Estos contratos, determinados en su forma por la ley reglamentaria correspondiente permiten la participación de los sectores social y privado en la exploración y extracción de hidrocarburos a cambio de pagos en función de los recursos obtenidos.
De igual forma, se suprime del artículo 28 de la Constitución a la petroquímica básica como área estratégica que no constituye monopolio, con esto se permite que los particulares participen directamente bajo esquemas regulados en la cadena de valor después de la extracción, incluyendo el transporte, tanto de petróleo crudo, gas natural y sus líquidos, como de petroquímicos y refinados, a través de permisos que se otorguen en los términos que establezca la legislación secundaria.
Adicionalmente, se reestructura Pemex y sus subsidiarias en dos divisiones: Exploración y Producción, y Transformación Industrial; se cambian las condiciones de transparencia y rendición de cuentas en Pemex y se establece una política nacional de fomento a las compras de proveedores nacionales del sector hidrocarburos.
En lo personal yo no me creo el cuento de que México no cuente con la tecnología para poder sustraer el petróleo de esas aguas, puesto que gente mexicana ha ideado aparatos y maquinas sofisticadas para realizar diversos trabajos en Pemex para su mejora además que han creado software donde se ha agilizado el manejo de hidrocarburos, pero en fin, México si cuenta con la capacidad económica para comprar todos esos equipos, solo que por fines políticos, privados y monopólicos no han permitido que Pemex crezca.
Solo
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