Regimen Especial 51 Ecuador
Julia A.Documentos de Investigación12 de Junio de 2022
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CARRERA TECNOLOGÍA EN COMERCIO EXTERIOR
CATEDRA DE PROYECTO DESARROLLADOR DE COMPETENCIAS
Msc. Célida Sabina Gómez Sánchez
ESM1-D
PERTENECE A:
Julia Alicia Arrieta Mero
Liliana Isabel de la Cruz Madrid
Diana Rosmery Diaz Mero
Genesis Melissa Loza López
Paola Jacqueline Rodríguez Barreto
Sariah Natally Samaniego Perasso
CASO 3
TEMA: Régimen Especial
Régimen Especial 51
Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
Es el régimen aduanero por el cual las mercancías que están en libre circulación en el territorio aduanero pueden ser exportadas temporalmente fuera del territorio aduanero o a una Zona Especial de Desarrollo Económico ubicada dentro de dicho territorio para su transformación, elaboración o reparación. (Art. 164 del Reglamento al Copci). Condiciones: El régimen de exportación temporal para perfeccionamiento pasivo se podrá autorizar para el cumplimiento, en el exterior, de alguno de estos fines: a) La reparación de mercancías, incluidas su restauración o acondicionamiento; b) La transformación de las mercancías; y, c) La elaboración de las mercancías, incluidos su montaje, incorporación.
Plazo: La reimportación de las mercancías exportadas temporalmente deberá realizarse, incluyendo las prórrogas, dentro del plazo de dos años a partir de la fecha de embarque hacia el exterior. (Art. 167 del Reglamento al Copci).
Recibimos un correo de parte de BKB Maquinaria requiriendo nuestro servicio como agente de aduana para la realización de un régimen especial 51 exportación temporal para perfeccionamiento pasivo adjuntando catálogo del producto.
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Se procedió a realizar las consultas del caso para poder cotizar los servicios requeridos, se envió la cotización para su aprobación y luego los documentos y formatos requeridos para la ejecución del trámite.
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Se solicito los datos de Ecuapass para realizar la vinculación respectiva, asi mismo con la revisión de los documentos se pidió un cambio para evitar algún tipo de observación al momento de autorizar el régimen.
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Con la documentación recibida se procedió a revisar la misma así como a verificar las fechas estimadas del cronograma para que sea lo mas real posible por lo que se pidió carta de reserva y corrección en la carta.
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Una vez recibidos los documentos correspondientes se procedió a enviar la carta de aforo y la de inspección antinarcóticos para poder realizar las revisiones una vez la máquina entre a bodega.
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Una vez recibidas las cartas y verificadas se envía la confirmación del mismo así como se procede con la autorización para el régimen y generación de DAE.
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Una vez recibida toda la información, se procede a ingresar la solicitud de autorización al régimen a través del Ecuapass, en el que se indica el régimen que se desea aplicar, en este caso 51 asi como el proceso que se va a realizar y la fecha de culminación del régimen, adjuntando todos los documentos solicitados.
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La autorización se hace a través del ecuapass por lo que hay que esperar a que aprueben la misma o se coloque alguna observación por mas documentos, una vez aprobada la autorización al régimen se puede proceder a la emisión de la DAE.
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Al realizar una DAE de régimen especial lo mas relevante a notar es que debe escogerse de manera correcta el régimen, asi mismo se deben colocar todos los documentos necesarios, incluir los documentos de la importación y nacionalización del producto asi como la autorización al régimen.
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