Regulaciones Arancelarias
pelonlc230 de Mayo de 2012
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REGULACIONES ARANCELARIAS
Las medidas arancelarias son las establecidas como derecho de exportación. Este último puede adoptar la forma de un porcentual (ad-valórem), a ser aplicado sobre el valor de la mercadería (FOB - Valor Imponible), ser un derecho específico (una suma fija a ser calculada sobre una unidad de cuenta), o aplicarse una combinación de ambos (sistema mixto). En la República Argentina están en vigencia solamente los derechos ad-valórem y se aplican a muy pocos productos (determinadas semillas y cueros).
Qué es una fracción arancelaria
Emana del Sistema Armonizado de Codificación y Designación de Mercancías que pretende una clasificación uniforme de comercio internacional. La fracción arancelaria es un código numérico (8 dígitos, 6 a nivel internacional y los últimos 2 dígitos los establece el país importador), se encuentra en las tarifas del impuesto general de importación y de exportación, el cual permite clasificar y distinguir las mercancías para efectos del cumplimiento de las restricciones y regulaciones arancelarias y no arancelarias.
La ley establece los tipos de aranceles impuestos sobre los productos tales como, Ad Valórem, Específicos y Mixtos. Las características de los aranceles son las Cuotas arancelarias, aranceles fijos y otros como lo indica el Ejecutivo Federal.
Las barreras arancelarias son los impuestos (aranceles) que deben pagar los importadores y exportadores en las aduanas de entrada y salida de las mercancías. Los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación.
Según el tipo de operación comercial los aranceles pueden ser de exportación o de importación y según el país de que se trate los pueden aranceles ser de tres tipos:
Preferente
Diferencial
General
Tipos de aranceles
Arancel es el derecho o gravamen percibido en la frontera sobre mercancías que van de un territorio aduanero a otro.
Derecho ad valorem.-es el derecho de aduana expresado como porcentaje del valor de la mercancía importada.
Derecho específico.-es el derecho de aduana que no tiene relación con el valor de la mercancía importada, sino con su peso, volumen, etc. Se percibe como una suma fija por unidad de cantidad, por ejemplo 2 dólares por kg.
Derechos compuestos y mixtos.-Derecho compuesto es el derecho de aduanas integrado por un derecho ad valorem al que se le agrega o, con menos frecuencia, se le deduce un derecho especial, por ejemplo 10 por ciento + 2 dólares por kg. Derecho mixto es aquel en el que se garantiza una protección arancelaria mínima o máxima mediante la elección entre dos derechos, generalmente un derecho ad valorem o un derecho específico como en los siguientes ejemplos: 10 por ciento con un mínimo de 2 dólares por kg; 10 por ciento o 2 dólares por kg, si esta cantidad es menor; 10 por ciento con un máximo de 2 dólares por kg.
Aranceles para los productos argentinos con posibilidades de comercialización en México
La legislación mexicana incluye los siguientes tipos de aranceles:
1. Ad-valorem: se expresan en forma y términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía.
2. Específicos: se expresan en forma y términos monetarios por unidad de medida.
3. Mixtos: es combinación de los dos anteriores.
México utiliza para casi toda la nomenclatura tarifaria aranceles ad-valorem, siendo muy pocas las posiciones con derechos específicos.
El nivel promedio simple del arancel ad-valorem es de casi el 12%. Tomando grandes rubros, los aranceles para ingresar a ese país son:
Productos Primarios 15.67%
Manufacturas de origen agropecuario (MOA) 14.17%
Manufacturas de origen industrial (MOI) 15.72%
Combustibles y Energía 8.56%
Actualmente
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