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Resumen Analítico De Capitulo 1 De Constitución Política Colombiana

wepa1 de Noviembre de 2012

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Análisis de arts. 11-20 de la CPC (Titulo II-Capitulo 1)

Los derechos fundamentales son todos aquellos derechos de los cuales es titular el hombre por el mero hecho de serlo, es decir que le pertenecen al ser humano sin distinción de raza, condición, sexo o religión. Se les ha dado varias denominaciones como lo son derechos humanos, derechos del hombre, derechos de la persona para luego definirlo como derechos fundamentales.

Estos derechos constituyen para los ciudadanos una garantía donde el sistema jurídico y político orientará hacia el respeto y la promoción de la persona humana.

Se pretende analizar cada uno de la variedad de derechos que se reconoce a la persona en nuestro sistema jurídico, en el que se le da una denominación como tal. Los derechos fundamentales por contener una sustentación axiológica sólida y derivar de un valor ético fúndate de un orden constitucional en pro de la dignidad humana contiene un sin número de garantías para llevar a cabo el poder de reclamación a que se tiene derecho cuando sean vulnerados.

En el Capítulo I de la constitución (arts. 11 al 20) se consagran los derechos fundamentales, destacándose el derecho a la paz, al libre desarrollo de la personalidad, el derecho al trabajo, el derecho a toda persona a aprehender a cualquier malhechor sorprendido en flagrante delito, a revocar el mandato de los elegidos, el derecho a interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.

El constituyente de 1991 en el Titulo II, Capítulo I, de la Carta, consagra los derechos fundamentales de todos los colombianos en todo el territorio de la república. Considerando como tales, el derecho a la vida, a la libre expresión, al trabajo, a la libertad, a participar en política, entre otros, consagrados desde el artículo 11 al artículo 41 de la Constitución Nacional.

También la Corte Constitucional, ha manifestado: "Existe una nueva estrategia para el logro de la efectividad de los derechos fundamentales. La coherencia y la sabiduría de la interpretación y, sobre todo, la eficacia de los derechos fundamentales en la Constitución del 91, están asegurados por la Corte Constitucional".

El tratamiento a estos derechos fundamentales es muy desalentador para cualquier colombiano, porque es el mismo Estado y ni que decir de los agentes privados, quienes con alarmante frecuencia vulneran y quebrantan lo predicado mediante los derechos fundamentales. Una muestra palpable de ello, es la desaparición forzada, flagelo que nos lleva a ocupar el segundo lugar a nivel mundial, y donde el gobierno y los grupos armados ilegales, son los responsables de esto macabro ataque, que desconoce muchos de los derecho referenciados, entre ellos, los consagrados en los preceptos 12, 13, 16, 17, 18, 22, 24, 28, de la Ley de Leyes.

Se puede decir que el derecho a la vida es el más irrespetado por parte del Estado ya que no ha podido brindar una seguridad y reconciliación de todo el pueblo colombiano porque todos los días vemos muertes y masacres a lo largo del territorio.

Son pocas las personas que pueden decir que el estado ha respetado sus derechos, ya que para que estos se hagan efectivos, es necesario interponer la Acción de Tutela, en la que un Juez de la República, debe de fallar en 10 días, y donde en mayúsculas oportunidades, los individuos acuden a este medio consagrado en la Constitución, en vista de los constantes quebrantos a los derechos clasificados como esenciales.

Es por este motivo que el reconocimiento de los derechos fundamentales, debe ser acatado por las Instituciones Públicas y privadas sin excepción; donde la Corte Constitucional debe de desempeñar su papel primordial, cual es la protección y guarda de la Constitución, sin miramientos a los intereses políticos y

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