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SISTEMA TRIBUTARIO ADUANERO EN EL PERU


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2019  •  Informes  •  3.309 Palabras (14 Páginas)  •  154 Visitas

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA

Escuela Profesional de Derecho

POLITICA Y COMERCIO INTERNACIONAL

        

“INFORME DE LA CONFERENCIA DE TRIBUTOS ADUANEROS”

        

PRESENTADO POR:

RAMIREZ YAÑEZ, ANDERSON RICARDO

DOCENTE:

MARCO ANTONIO HUAMAN SIALER

LIMA, PERÚ

2018

SISTEMA TRIBUTARIO ADUANERO EN EL PERU

La conferencia del día 18 de agosto del 2018 sobre tributos extremos nos da Ideas de cómo debe funcionar el comercio internacional y la aduanas con todo el operador de logística, comencemos con cada punto tocado en la conferencia.

Por medio de decretos legislativos se puede reglamentar una ley normativa,  por ello el Poder ejecutivo tuvo esa facultad para regular la ley general de aduanas y delitos aduaneros  del sistema jurídico nacional ;

Ahora veamos que la constitución no hace referencia a aduanas tan solo en el  artículo 118 señala que el  presidente de la republica puede regular las tarifas arancelarias , alícuotas arancelarias , del cual es un impuesto tributario para la  importación e indirectamente a la admisión temporal , pero el arancel tiene esa connotación como arancel impuesto y como instrumento  de política internacional  ya que si el gobierno decide negociar con un país baja aranceles  si no negocia sube aranceles todo por ser política de comercio exterior ;

Un arancel es un cuerpo orgánico técnico normativo que tiene su nomenclatura , su tasa arancelaria y su denominación de las mercancías de acuerdo a si una mercancía ha sido producto de poco proceso elaboración hasta la más compleja de elaboración , contiene capítulos   que establece la nomenclatura dentro del  sistema armonizado de designación de mercancías , se regula las tarifa aduanera , etc. ;  ahora el artículo 74 de la constitución  establece que los  tributos se crean , modifican, derogan  solo por ley , salvo los aranceles y tasas por decretos supremo , pero la discusión viene porque la  constitución ha establecido que sea el poder ejecutivo el que puede crear los tributos aduaneros , pero estos no es una pelea de los poderes del estado por ver quien crea los tributos aduaneros   , pero hay resolución del  tribunal constitucional que faculta que si se puede crear tributos en  temas aduaneros por parte del poder ejecutivo , y del cual el tribunal fiscal también recoge parte de esa resolución  y acoge que el poder ejecutivo tiene la facultad de  crear tributos aduaneros , lógico que por decreto supremo se pueda hacer esto  , por la misma naturaleza  del comercio internacional no se podría delegar al poder legislativo por la lentitud de la creación de la ley  , además de las coyunturas económicas que puede haber ya que el poder ejecutivo varia la tarifa al crear tributo aduanero lo más rápido del cual es publicado en el diario el peruano en cuestión de días u horas  todo por la coyuntura del  comercio internacional que es rápido ; hubo un caso donde el consejo de seguridad de naciones unidas decide aplicar sanciones a irán por su empeño nuclear del  cual se decidió que los países quedaban prohibidos de  comercializar con irán , por dispositivos pertinente se prohibido con irán negociar así  lo señaló el poder ejecutivo , publicándolo en el diario el peruano prohibido el  comercio con irán del cual fue rápido , los precios internacionales de las materias primas varían y tasas arancelarias a los productos se hace la sobretasa para defender la industria del  vino Perú por ello el  poder ejecutivo tiene esas facultades de regular tarifas y crear tributos aduaneros facultad lógica de la realidad del comercio internacional , no el poder legislativo debe crearlo por la naturaleza del comercio internacional ; la ley general de aduanas en el artículo 139  explica como empieza la relación jurídico aduanera , nacimiento de la  obligación aduanera con el artículo 145 que señala los supuestos de mercancías declarada y encontradas  , la determinación del pago , la prescripción , devolución de pago en exceso , exigibilidad , etc.

De todo ello vemos que está regulado en la ley general de aduanas en el ámbito aduanero , las modificaciones en el  reglamento  en el 2016 del sistema normativo aduanero , la tabla de sanciones , supuestos de infracción a los operadores comercio exterior  ;  tenemos aranceles con cuatro niveles de 0%, 4%, 6% ,11 %  sobre valor cif siempre,  aduanas aplica el valor de la OMC siempre que determine el valor en aduanas ; los tratados internacionales como la C.A.N con su programa de liberación ,ALADI con sus  acuerdos de alcance parcial , acuerdos alcance regional y de preferencia arancelarios , más de 20 acuerdo de  tratado libre comercio de liberación inmediatas y liberación trato sucesivo van incrementándose  dependiendo de los productos entran y salen país son acuerdo del libre comercio , el TLC persigue liberalizar el comercio ese trasfondo se consigue como tratado de libre comercio,  todo viene de tiempos atrás donde la GATT en 1948 en la habana cuba fija sus objetivos de los cuales se buscaba : el desmantelamiento arancelario en el mundo , la liberalización de aranceles y facilitación del comercio exterior  ; ejemplos TLC se menciona expresamente a la  alianza pacifico acuerdo estratégico  de integración comercial es un paso más del TLC ,  donde estuvo a la cabeza el  expresidente Alan García estando integrado por los  países Perú , Colombia ,México y Chile.

Los delitos aduaneros es una norma especial pues tiene parte infraccional por ello es ley mixta, su ámbito es penal e infraccional y esta última es administrativo netamente, pero si es penal, hay surgen varias opiniones al respecto.

 La Valoración de mercancías se basa en el acuerdo de valor de la OMC artículo 7 del GATT , en el año 2000 se aplica el acuerdo valor del cual Perú recogió de la OMC y su normativa es la decisión 571 de la C.A.N. del cual  todos los países miembros se ponen de acuerdo para aplicarlo y  además el Perú ha dado su  reglamento D.S. 186-91-EF de valor de la OMC, del cual  ha tenido varias modificaciones ha ido muchas veces más allá del acuerdo de valor de la OMC , reconocimiento más específico de mercancías que hace el país

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