Seguridad Integral
Nayeska GomezTarea9 de Diciembre de 2020
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada
Núcleo Puerto Ordaz
Sección 2
[pic 1]
Bachiller:
Nayeska Gomez, V-30.932.328
País.
Es aquel territorio políticamente independiente que posee un gobierno propio junto con un conjunto de leyes, administración, población y fuerzas de seguridad; es decir es aquella área geográfica constituido por un determinado número de personas y ciertos recursos naturales, y que se caracteriza muchas veces por sus elementos políticos, sociales y culturales, que los diferencian de otros.
El establecimiento de un país tiene que ver además con cuestiones relativas a la cultura, a la identidad y a las vivencias de una sociedad particular. Así, los productos culturales y vivenciales de un país son especialmente únicos e irrepetibles ya que son el resultado de siglos de existencia de esas poblaciones, así como también de sus estilos de vida, sus creencias, sus valores y sus actividades diarias.
Estado.
Es una forma de organización política que cuenta con poder administrativo y soberano sobre una determinada zona geográfica.
Esta organización política se constituye en un determinado territorio y tiene el poder de ordenar y administrar la vida en sociedad. También se denomina Estado al conjunto de instituciones que tienen la finalidad de administrar los asuntos públicos.
El estado también se define como un espacio que posee lo siguiente: Una población permanente, un territorio definido y un gobierno que es capaz de mantener control efectivo sobre el territorio correspondiente y de conducir relaciones internacionales con otros estados.
Nación.
Es una comunidad humana con ciertas características culturales compartidas y que a menudo comparten un mismo territorio y Estado. Una nación también es una concepción política, entendida como el sujeto en el que reside la soberanía de un Estado.
Una nación en sentido amplio es una comunidad histórico-cultural con un territorio que considera propio y que se ve a sí misma con un cierto grado de conciencia, diferenciada de los otros.
Una comunidad humana con nombre propio, asociada a un territorio nacional, que posee mitos comunes de antepasados que comparte una memoria histórica, uno o más elementos de una cultura compartida y un cierto grado de solidaridad
Territorio.
Territorio es un lugar o área delimitada bajo la propiedad de una persona o grupo, una organización o una institución. Además, se puede definir territorio a todos aquellos espacios que están demarcados y que pueden ser de tipo terrestre, marítimo o aéreo que pertenezcan a una persona, grupo social o país.
En el contexto político, territorio se refiere a la superficie que ocupa un Estado, ya sea soberano o no, y también al espacio físico sobre el cual el Estado ejerce su poder soberano. Para las teorías generales del Estado, la diplomacia, las relaciones internacionales y la nacionalidad, el territorio es una de las condiciones para la existencia y el reconocimiento de un país, así como para determinar cuáles derechos se pueden ejercer en ese espacio delimitado. Por tanto, el territorio delimita las actividades e injerencias políticas, económicas y sociales del Estado en una superficie determinada, a fin de no interferir en el territorio del Estado vecino.
Gobierno.
En términos amplios, el Gobierno es el conjunto de instituciones, estructuras administrativas y autoridades que ejercen las diversas actividades estatales, denominadas comúnmente poderes del Estado (funciones del Estado). El Gobierno, en sentido propio, tiende a identificarse con la actividad política y más en particular con el poder ejecutivo. Es decir, el gobierno es la autoridad que dirige, controla y administra el aparato estatal. Usualmente se cree que el gobierno sólo se refiere al poder ejecutivo, pero esto no es así porque además incluye el poder legislativo, el judicial y al órgano electoral.
El Gobierno no es lo mismo que el Estado, está vinculado a este por el elemento poder. El Gobierno pasa, cambia y se transforma, mientras que el Estado permanece, aunque históricamente puede experimentar algunas transformaciones en algunos aspectos. En ese sentido, el Gobierno es el conjunto de los órganos directores de un Estado a través del cual se expresa el poder estatal, por medio del orden jurídico.
Guerra.
Es la forma de conflicto socio-político más grave entre dos o más grupos humanos. Se da en sociedades tribales y en sociedades civilizadas, pero es más grave entre estas últimas porque son más complejas, masificadas y tecnificadas. Es quizás la más antigua de las relaciones internacionales y ya en el comienzo de las civilizaciones se constata el enfrentamiento organizado de grupos humanos armados con el propósito de controlar recursos naturales o humanos, exigir un desarme o imponer algún tipo de tributo, ideología o religión, sometiendo, despojando y, en su caso, destruyendo al enemigo, en lo que se podía llegar frecuentemente al genocidio.
Tipos de guerra.
Las guerras se pueden clasificar de muchas maneras. Algunos teóricos sugieren clasificarlas de acuerdo a sus causas y fines, a los bandos en conflicto o a sus métodos (armas) y otros.
- Guerras según sus causas o fines
- Guerras económicas: control económico de territorio, rutas de comercio, extracción de materia prima, control del agua.
- Guerras políticas: guerras de independencia, guerras de expansión colonial, guerras de rebelión, guerras de secesión, etc.
- Guerras morales o ideológicas: guerras santas, guerras raciales (limpieza étnica), guerras inspiradas por la dignidad nacional, honor, expansión ideológica, entre otros.
- Guerra jurídica: disputas derivadas del incumplimiento de tratados y alianzas, o de abusos en la aplicación de los mismos.
- Guerras según bandos beligerantes
- Guerra bilateral: guerra entre dos naciones.
- Guerra internacional (o guerra mundial): conflicto bélico a gran escala que involucra a varias de las principales naciones en distintos continentes
- Guerra civil: guerra entre dos o más bandos de una misma nación
- Guerras según armas o métodos utilizados
- Armas: guerra naval, guerra aérea, guerra terrestre, guerra nuclear, guerra biológica o bacteriológica.
- Métodos: guerra psicológica, guerra de información, guerra comunicacional, guerrilla comunicacional.
Principio de corresponsabilidad.
La corresponsabilidad se consagra en la Constitución venezolana de 1999, por vez primera, como principio fundamental y atiende a la concepción de Estado social de derecho y de justicia que ella proclama, así como al sistema de gobierno propuesto: democrático participativo.
El principio de corresponsabilidad establece la relación entre el Estado y sus instituciones, independientemente de la rama del poder público y del nivel de organización político-territorial, con la sociedad venezolana, en donde comparten responsabilidades, entre ellas, la de hacer cumplir la Constitución y las leyes.
En ocasión al principio de corresponsabilidad la sociedad venezolana en su conjunto debe aportar sus esfuerzos para darle validez a la letra y al espíritu de las disposiciones constitucionales y legales de la República Bolivariana de Venezuela, así mismo debe participar para alcanzar el bienestar social general. La Constitución de 1999 prevé a la participación como herramienta que coadyuva a la sociedad a que realice, a que concrete el principio de corresponsabilidad.
En este sentido, la Constitución venezolana de 1999, si bien inscribe su filosofía de los derechos humanos dentro de valores y principios "clásicos" (la libertad, la igualdad, la justicia, la democracia, entre otros) también atiende a principios más innovadores como la solidaridad, la responsabilidad social y la corresponsabilidad, esto trae como consecuencia la colaboración entre el Estado y la sociedad.
Los artículos que contemplan el principio de corresponsabilidad son: En el título I (Principios fundamentales), el artículo 4. En el título III (De los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes) el artículo 62 (Capítulo IV. De los Derechos Políticos y del Referendo Popular. Sección Primera. De los Derechos Políticos), los artículos 79, 83, 84, 87 (Capítulo V. De los Derechos Sociales y de las Familias); el artículo 102 (capítulo VI. De los Derechos Culturales y Educativos; el artículo 126 (capítulo VIII. De los Derechos de los Pueblos Indígenas); el artículo 127 (capítulo IX. De los Derechos Ambientales); el artículo 130 (capítulo X. De los Deberes); los artículos 131, 132, 134, 135 (capítulo X. De los Deberes).
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