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Sentidos De Etica


Enviado por   •  5 de Octubre de 2014  •  1.540 Palabras (7 Páginas)  •  265 Visitas

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Sentidos de ética profesionales

Se trata del estudio de la moral y del accionar humano para promover los comportamientos deseables. Una sentencia ética supone la elaboración de un juicio moral y una norma que señala cómo deberían actuar los integrantes de una sociedad.

Por profesión se entiende una ocupación que se desarrolla con el fin de colaborar con el bienestar de una sociedad. Para realizar dicha labor es necesario que el profesional (persona que ejerce la misma) actúe con responsabilidad, siguiendo los requisitos que la ley vigente plantee para el desarrollo de esa actividad

La ética profesional pretende regular las actividades que se realizan en el marco de una profesión. En este sentido, se trata de una disciplina que está incluida dentro de la ética aplicada ya que hace referencia a una parte específica de la realidad.

Cabe destacar que la ética, a nivel general, no es coactiva (no impone sanciones legales o normativas). Sin embargo, la ética profesional puede estar, en cierta forma, en los códigos deontológicos que regulan una actividad profesional. La deontología forma parte de lo que se conoce como ética normativa y presenta una serie de principios y reglas de cumplimiento obligatorio.

Podría decirse, por lo tanto, que la ética profesional estudia las normas vinculantes recogidas por la deontología profesional. La ética sugiere aquello que es deseable y condena lo que no debe hacerse, mientras que la deontología cuenta con las herramientas administrativas para garantizar que la profesión se ejerza de manera ética.

La ética profesional es una disciplina que se encarga de regular las actividades que se realizan en el marco de una profesión específica, cabe destacar, que de acuerdo a la especialidad profesional podemos encontrar códigos éticos. Está disciplina se encuentra incluida dentro de lo que llamamos la ética aplicada.

El profesional en todo el sentido de la palabra, es necesario que posea un carácter que combine la libertad con la responsabilidad. Este carácter debe estar de acuerdo con la moral y comportamientos deseables para el bien común. No necesariamente deben ser leyes o normas ante situaciones específicas, sino más bien actitudes ante tales contextos que nos señalen si el profesional se desempeña de acuerdo a su ética profesional.

Podríamos decir que el profesional no debe incurrir en la práctica de actividades que menoscaben su honor, su responsabilidad, integridad, honestidad entre otros aspectos personales que puedan afectarlo particularmente o a la empresa que representa.

EJEMPLO DE ETICA PROFESIONAL:

ULTIMA VERSION DEL CODIGO DE ETICA PROFESIONAL (1996)

COLEGIO DE INGENIEROS DE VENEZUELA

Tomado literalmente de la página web del CIV (Noviembre de 2003)

El código de Ética es el conjunto de principios y normas fundamentales que guían el deber y la normalidad que deben cumplir los profesionales colegiados en el ejercicio de su profesión y en actos conexos con la misma. El código de Ética de los profesionales miembros del Colegio de Ingenieros de Venezuela fue modificado por la Asamblea Nacional de Representantes el 19/06/96. Las modificaciones se refieren al Artículo Décimo, decimotercero y Décimo Séptimo y la adición de cuatro artículos más. El Artículo Décimo que se refiere a invitar o concurrir a licitaciones de estudios se le agregó “y/o proyectos de obras” para hacerlo más explícito. El

Artículo Decimotercero que se refiere al atentado contra la reputación de otros profesionales, se agregó “o intentar atribuir injustificadamente la comisión de errores profesionales a otros colegas” para incluir explícitamente esta forma de desprestigiar a colegas. Al Decimoséptimo, referente a proteger la venezolanización de la ingeniería se le agregó: “o empresas extranjeras” para incluir la mala práctica de contratar con éstas, sin comprobar la capacidad venezolana para realizar estudios de proyectos, construcción, inspección y supervisión de obras. Los artículos añadidos se refieren a respetar la autoría de estudios y proyectos (XVIII), a velar por el secreto profesional (XIX), a no experimentar sin el conocimiento del cliente y a no recomendarles servicios innecesarios (XX), a la publicidad no indebida, no institucional (XXI) y a cumplir las “Normas de Actuación Gremial del CIV” que están en revisión. Con estas adiciones y modificaciones se esperaba actualizar esta imprescindible norma de conducta gremial que contribuya a responder ante la sociedad con un ejercicio profesional impecable y en comportamiento legal digno. Suscribe este documento el Ing. Manuel Torres Parra, Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes del CIV \ 1996, extraído de Revista CIV 367 (pero falta el Acta de aprobación de la Asamblea del CIV).

Código de Ética Profesional (Última Versión)

Se considera lo contrario a la ética e incompatible con el digno ejercicio de la profesión, para un miembro del Colegio de Ingeniero de Venezuela:

Primero (virtudes): Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y aquellas virtudes de honestidad, integridad y veracidadque deben servir de base a un ejercicio cabal de la profesión.

Segundo (ilegalidad): Violar o permitir que se violen las leyes, ordenanzas y reglamentaciones relacionadas con el cabal ejercicio profesional.

Tercero (conocimiento): Descuidar, el mantenimiento y mejora de sus conocimientos

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