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Servicios Publicos


Enviado por   •  30 de Junio de 2014  •  1.583 Palabras (7 Páginas)  •  189 Visitas

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CONCEPTO

SERVICIOS PUBLICOS

Es la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del estado, lo cual se logra, en parte, mediante una adecuada creación y prestación ininterrumpida de los servicios públicos son las actividades asumidas por órganos o entidades públicas o privadas, creados por la constitución o las leyes, para dar satisfacción en forma regular y continua a cierta categoría de necesidades que son de interés general, bien sea en forma directa, mediante concesionario o a través de cualquier otro medio legal, con sujeción a un régimen de derecho público o privado.

Los servicios públicos son entonces aquellos servicios de interés general cuyo uso está a disposición del público a cambio de una contraprestación tarifaria, sin discriminación alguna, dentro de las posibilidades de oferta técnica que ofrecen los operadores. Estos servicios tienen por objeto la producción de bienes y actividades dirigidos a realizar fines sociales, como el de satisfacer necesidades de una comunidad, no solo en términos económicos, sino también en términos de promoción social, promoviendo de este modo el desarrollo económico de un país.

VI. CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

En doctrina existen diferentes tipos de criterios para clasificar los servicios

Públicos:

1. Esenciales y no esenciales; son aquellos que de no prestarse pondrían en peligro la existencia misma del Estado: seguridad, educación, salud. Los no esenciales; a pesar de satisfacer necesidades de interés general, su existencia o no prestación no pondrían en peligro la existencia del Estado; se identifican por exclusión de los esenciales.

2. Permanentes y esporádicos; los primeros son los prestados de manera regular y continua para la satisfacción de necesidades de interés general. Los esporádicos; su funcionamiento o prestación son de carácter eventual o circunstancial para satisfacer una necesidad colectiva transitoria.

3. Desde el punto de vista de la naturaleza de los servicios, éstos se clasifican en servicios administrativos y servicios públicos industriales y comerciales; estos últimos específicamente referidos a las Actividades de comercio, bien sea de servicios para atender necesidades de interés general o los destinados con fines lucrativos y no a satisfacer necesidades colectivas.

4. Servicios públicos obligatorios y optativos. Los primeros los señalan como tales la Constitución y las leyes, y son indispensables para la vida del Estado. Los optativos, el orden jurídico los deja a la potestad discrecional de la autoridad administrativa competente.

5. Por la forma de prestación de servicio: directos y por concesionarios u otros medios legales. En los primeros, su prestación es asumida directamente por el Estado (estatales, regionales, municipales, entes descentralizados). Por concesionarios: no los asume directamente el Estado; prestan a través de concesionarios.

Se pueden agrupar en 3 áreas de acción, por su propio contenido y alcance

SERVICIOS PUBLICOS PUROS:

Son aquellos en que la población recibe sin tener que donar suma alguna, son absolutamente gratuitas porque están financiados por los ingresos del estado, con fondos propios. Por ejemplo los hospitales y las carreteras.

Lamentablemente con el pasar del tiempo y a causa de la crisis económica y las dificultades presupuestales, esta clase de servicios públicos tiende a desaparecer

SERVICIOS PUBLICOS PROPIOS

Son aquellos que directamente asume el estado a través de sus dependencias. Ninguno es totalmente gratuito, se paga derecho o tarifas por ejemplo el alumbrado público, limpieza pública.

SERVICIOS PUBLICOS IMPROPIOS

Son aquellas que prestan als entidades particulares, pero que interesan y atiende ciertas necesidades de la colectividad, ejemplo los servicios de panadería, trasporte colectivo.

OTRAS CLASIFICACIONES

Son los servicios públicos nacionales, los que realiza la administración pública.

Servicios públicos regionales.

Servicios públicos municipales.

SEGÚN DROMI:

SERVICIOS PUBLICOS CON O SIN COMPETENCIA ADMINISTRATIVA: especiales y exorbitantes es decir según requieran para su prestación el ejercicio de potestades públicas y prerrogativas de poder publico

SERVICIOS PUBLICOS DEGESTION PUBLICA Y SERVICIOS PUBLICOS DE GESTION PRIVADA, en mérito al sujeto titular de la prestación

SERVICIOS OBLIGARTORIOS Y FACULTATIVOS, de acuerdo con la exigibilidad, imperiosidad o necesidad de su prestación.

SERVICIOS PROPIAMENTE ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES COMERCIALES Y SOCIALES, según el régimen jurídico y el grado de aplicación de las normas y principios del derecho público

SERVICIOS FORMALES O VIRTUALES, según contengan norma declarativa o no del servicio público.

Servicio público propio o impropio, según lo preste el estado o alguna persona privada, mediando simplemente autorización, permiso o habilitación estatal, según el caso.

En doctrina existen diferentes tipos de criterios para clasificar los servicios públicos: por ello se han clasificado a luz de criterios políticos, jurídicos sociológicos y económicos en:

1. Esenciales y no esenciales; los primeros son aquellos que de no prestarse pondrían en peligro la existencia misma del Estado: policía, educación, sanidad. Los no esenciales; a pesar de satisfacer necesidades de interés general, su existencia o no prestación no pondrían en peligro la existencia del Estado; se identifican por exclusión de los esenciales.

2. Permanentes y esporádicos; los primeros son los prestados de manera regular y continua para la satisfacción de necesidades de interés general. Los esporádicos; su funcionamiento o prestación es de carácter eventual o circunstancial para satisfacer una necesidad colectiva transitoria.

3. Desde el punto de vista de la naturaleza de los servicios, estos se clasifican en servicios administrativos y servicios públicos industriales y comerciales; estos últimos específicamente referidos a las actividades de comercio, bien sea de servicios para atender necesidades de interés general o los destinados con fines lucrativos y no a satisfacer las necesidades colectivas.

4. Servicios públicos obligatorios y optativos. Los primeros los señalan como tales la Constitución y las leyes, y son indispensables para la vida del Estado. Los optativos, el oren orden jurídico los deja a la potestad discrecional de la autoridad administrativa competente.

5. Por la forma de prestación de servicio: directos y por concesionarios u otros medios legales. En los primeros, su prestación es asumida directamente por el Estado (Estatales, Regionales, Municipales, entes descentralizados). Por cocesionarios: no los asume directamente el Estado; prestan a través de los concesionarios.

6. Desde el punto de vista de la naturaleza de los servicios, se clasifican en servicios administrativos y servicios públicos industriales y comerciales; éstos últimos específicamente referidos a las actividades de comercio, bien sea de servicios para atender necesidades de interés general o los destinados con fines lucrativos y no a satisfacer necesidades colectivas.

7. Estas y muchas de las clasificaciones que puedan formularse, no constituyen ningún dato esencial de naturaleza sustantivo, en la supuesta particularidad en régimen jurídico de los servicios públicos. Estas clasificaciones tienen solo un mero valor didáctico

Cuadro esquemático y demostrativo de la clasificación de los Servicios Públicos:

EMPRESAS

De esta manera, nacieron el organismo supervisor de la inversión privada en Telecomunicaciones(OSIPTEL),el organismo supervisor de la inversión en energía minas (OSINERMING), el organismo supervisor de la inversión en infraestructura de transporte de uso público (OSITRAN), y la Superintendencia Nacional de servicios de Saneamiento (SUNASS), Para implementar exitosamente los cambios realizados fue necesario definir y precisar la misión, organización y funciones de los nuevos organismos, sus políticas de trabajo, sus respectivos campos de acción y atribuciones, así como sus mecanismos de operación, lo cual origino una extensa y abundante normativa al respecto.

Elementos o Principios Fundamentales de los Servicios Públicos.

a. Iniciar y proseguir de oficio o a petición del (los) interesado (s), cualquier investigación conducente al esclarecimiento de asuntos de su competencia.

b. Interponer, adherirse o de cualquier modo intervenir en las acciones de inconstitucionalidad, interpretación, amparo, hábeas corpus, hábeas data, medidas cautelares y demás acciones o recursos judiciales y, cuando lo estime justificado y procedente, las acciones subsidiarias de resarcimiento, para la indemnización y reparación por daños y perjuicios, así como para hacer efectiva las indemnizaciones por daño material a las víctimas por violación de derechos humanos.

c. Actuar frente a cualquier jurisdicción, bien sea de oficio, a instancia de parte o por solicitud del órgano jurisdiccional correspondiente.

d. Mediar, conciliar y servir de mediador en la resolución de conflictos materia de su competencia, cuando las circunstancias permitan obtener un mayor y más rápido beneficio a los fines tutelados.

e. Velar por los derechos y garantías de las personas que por cualquier causa hubieren sido privadas de libertad, recluidas, internadas, detenidas o que de alguna manera tengan limitada su libertad.

f. Visitar e inspeccionar libremente las dependencias y establecimientos de los órganos del Estado, así como cualquiera otra institución o empresa en la que se realicen actividades relacionadas con el ámbito de su competencia, a fin de garantizar la protección de los derechos humanos.

g. Velar por los derechos de los pueblos indígenas y ejercer las acciones necesarias para su garantía y efectiva protección.

h. Velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos, amparar y proteger los derechos e intereses legítimos, colectivos o difusos de las personas, contra las arbitrariedades, desviaciones de poder y errores cometidos en la prestación de los mismos, interponiendo cuando fuere procedente las acciones necesarias para exigir al Estado el resarcimiento a las personas de los daños y perjuicios que le sean ocasionados con motivo del mal funcionamiento de los servicios públicos.

i. Solicitar ante el órgano competente la aplicación de los correctivos y las sanciones a que hubiere lugar por la violación de los derechos del consumidor y el usuario.

j. Promover la suscripción, ratificación y adhesión de tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, así como promover su difusión y aplicación.

k. Promover, divulgar y ejecutar programas educativos y de investigación para la difusión y efectiva protección de los derechos humanos.

l. Velar por la efectiva conservación y protección del medio ambiente, en resguardo del interés colectivo.

m. Impulsar la participación ciudadana para vigilar los derechos y garantías constitucionales y demás objetivos de la Defensoría del Pueblo.

n. Ejercer las acciones a que haya lugar frente a la amenaza o violación de los derechos humanos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes.

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