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Soberania

isabel050831 de Marzo de 2014

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RESEÑA SOBRE LA SOBERANIA POPÙLAR NUMERO 2

REFERENCIAS:

• Eduardo Andrade Sanchez. La Soberanía Popular. Derecho Constitucional. Oxford University Press. 2008. 14 paginas.

El presente trabajo es una muestra del trabajo realizado por Eduardo Andrade Sánchez, quien divide su análisis de la Soberanía Popular a partir de 4 capítulos importantes. En el primero trata de: La Naturaleza dual del concepto de Soberanía; el segundo: La soberanía popular y su conformación practica; el tercero: La soberanía del Estado como concepto jurídico y el cuarto: Problemas contemporáneos de la soberanía.

• Marshall Barberan, Pablo. La soberanía popular como fundamento del orden estatal y como principio constitucional. Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. XXXV (Valparaíso, Chile, 2010, 2º Semestre).pp. 245 – 286

El presente trabajo es un artículo de revista, en donde se presenta el resumen, las palabras claves, la introducción, el origen el concepto y el titular de la soberanía, el poder constituyente del pueblo, las características a la teoría de la soberanía popular y del poder constituyente del pueblo, la soberanía popular como principio constitucional.

• Alberto Mario Damiani.Autoridad política y soberanía popular en el joven Fichte. Revista Cientifica de vol XVI N°1. Otoño 2012. 10 paginas.

El presente trabajo es una muestra del trabajo realizado Alberto Damian Damiani donde se propone reconstruir brevemente la relación entre la autoridad política y la soberanía popular, desde lo abordado previamente por Johann Gottlieb Fitche en uno de sus escritos. Quien elabora conceptualmente la relación entre las nociones de soberanía popular y de autoridad política

ANTECECENTES DE LOS AUTORES:

• Eduardo Andrade Sánchez (Coatzacoalcos, Veracruz, 29 de julio de 1948). Es un político, jurista y locutor mexicano, miembro del Partido Revolucionario Institucional, ha sido en varias ocasiones Diputado Federal y Senador. Eduardo Andrade se inició desde muy joven tanto en la locución como en la política, miembro del PRI desde 1965, luego se trasladó a la Ciudad de México, donde trabajó como locutor en la estación XERCN-AM y posteriormente se tituló como abogado por la Universidad Nacional Autónoma de México. Fue locutor deportivo en Televisión Independiente de México de 1969 a 1972 y luego en Televisa de 1972 a 1976, donde se involucró en la política sindical de la televisión, lo cual le llevó a ocupar entre otros cargos el de Secretario de Radio y Televisión de la Confederación Nacional de Organizaciones Populares del PRI. Entre sus obras se encuentras: ´´Constitución de los Estados Unidos Mexicanos comentada; 2da edición, 2011. Derecho Electoral. Oxford University Press. 2011. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Comentada. Oxford University Press. 2009. Derecho Constitucional. Oxford University Press. 2008. Derecho municipal. Oxford University Press. México. 2006. Introducción a la ciencia política. Oxford University Press. Tercera Edición. México. 2004. Teoría General del Estado. Oxford University Press.Segunda Edición. México.2003. El desafuero en el sistema constitucional mexicano. Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM. México. 2004. Dos años de engaños. Fundación Colosio. Partido Revolucionario Institucional. México. 2002. Deficiencias del sistema electoral norteamericano. Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM. México. 2001. La reforma política de 1996 en México. Coedición del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, la Corte de Constitucionalidad de la República de Guatemala y el Procurador de Derechos Humanos de Guatemala. México. 1997. Instrumentos jurídicos contra el crimen organizado. Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM y Senado de la República. México. 1996. Código Federal de instituciones políticas y procesos electorales, comentado. Oxford University Press. 1991.

• Marshall Barberan, Pablo es Profesor , Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile

• Alberto Mario Damiani (1965) es Doctor en Filosofía por la UBA (1998), ha obtenido la Habilitation für Philosophie de la Freie Universität Berlin (2008). Profesor Titular regular de Historiade la Filosofía Moderna en la UNR e Investigador Independiente del CONICET. Director del Centrode Estudios en Filosofía Moderna de la UNR. Dicta seminarios de doctorado en la UNR y en la UNLay de maestría en la UNQ. Realizó estudios posdoctorales y dictó seminarios regulares como Gastprofessor en la Freie Universität Berlin, financiado por becas DAAD, CONICET (2000-2001) yAlexander von Humboldt (2004-2006). Esta última fundación le otorgó el premio a la investigación Friedrich Wilhelm Bessel-Forschungspreis (2010).Miembro de comisiones evaluadoras de tesis de grado y posgrado, de concursos docentesordinarios y de proyectos de investigación en universidades nacionales y de solicitudes de becas, deingreso y de promoción de investigadores del Conicet y de proyectos del Conicyt (Chile). Director detesis de doctorado UNR, tesis de maestría UNQ y Flacso, de becarios doctorales y posdoctoralesConicet y de proyectos de investigación PIP y PICT financiados por el Conicet y por la AgenciaNacional de Promoción Científica y Tecnológica. Autor de cuatro libros, co-autor de dos y compiladorde dos. Es autor de sesenta artículos científicos, publicados en volúmenes colectivos y revistasespecializadas nacionales e internacionales con referato. Ha participado como expositor en sesenta ycuatro congresos y simposios nacionales e internacionales. Forma parte del Comité de redacción de las revistas Cuadernos sobre Vico (Universidad de Sevilla) y Deus mortalis. Cuaderno de filosofía política (Buenos Aires), y del Consejo Directivo de Cuadernos de ética (Buenos Aires). Es miembrodel Comité Académico del Centro Filosofico Internazionale Karl-Otto Apel (Cosenza)

FUENTES:

• Entre las fuentes que Eduardo Andrade Sánchez busco para argumentar y basar su obra se encuentra:

Gonzales Uribe , Héctor, Teoría Política, México, Porrúa, 1972, pp 334 y 335

Lucas Verdú, Pablo, Curso de derecho político, 2°, ed, Madrid, Tecnos, 1977, vol, II, p 118.

Carpizo, Jorge, La Constitucion Mexicana de 1917, Mexico, UNAM, 1982, p 187

Zippelius, Reinhold, “Lo actual y lo superado en la doctrina de la soberanía de Bodino”, Symposium Internacional “Manuel Pedroso”, Mexico, UMAM, 1979, pp 155.

• Entre algunas de las fuentes que Pablo Marshall Barberan busco para argumentar y basar su obra se encuentra:

Atria, Fernando, El derecho y la contingencia de lo político, en Derecho y Humanidades,11 (2005).

Atria, Fernando, La soberanía y lo político, en Derecho y Humanidades, 12 (2006).

Atria, Fernando, Legalismo, derechos y política, en VV. AA., Derechos fundamentales Sela 2001 (Buenos Aires, Del Puerto, 2003).

Bermejo, José Luis, Orígenes medievales en la idea de soberanía, en Revista de Estudios Políticos, 200-201 (1975).

Bobbio, Norberto, La teoría de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político: Año académico 1975-1976 (México, Fondo de Cultura Económica, 2001).

Böckenförde, E. W., Estudios sobre el Estado de Derecho y la democracia (Madrid, Trotta, 2002).

Carré de Malberg, Raymond, Teoría general del Estado (México, Fondo de Cultura Económica, 1948).

Cea Egaña, José Luis, Derecho constitucional chileno (Santiago, Ediciones Universidad Católica de Chile, 2008).

• Entre algunas de las fuentes que Alberto Mario Damiani busco para argumentar y basar su obra se encuentra:

Fichte, Johann Gottlieb (1966). Grundlage des Naturrechts nach Prinzipien der Wissenschaftslehre, § 16, XIII. En Fichte, Johann Gottlieb. Gesamtausgabe der Bayerischen Akademie der Wissenschaften. hg. v. Lauth, R./ Gliwitzky, H., Stuttgart- Bad Canstatt: Frommann, Bd. I/3, p. 457 (en adelante: Grundlage, § 16, XIII, GA I/3 457.) 4 Grundlage, § 16, VI, GA I/4 439-440

CONTENIDOS:

Durante el primer capítulo del documento de Andrade se hace un recorrido y una aclaración sobre lo que es el concepto de soberanía, entendiéndolo desde el ámbito político como “un poder en lucha con otros poderes hasta lograr su plena afirmación”, de ahí desde la gestación del estado nacional, la soberanía haya sido una característica esencial de este. Un aspecto que no puede soslayarse al hacer el análisis de la soberanía, desde el punto de vista histórico y conceptual, es que primero la soberanía es un hecho político, es un hecho real del mundo empírico.

El autor es reiterativo al mencionar que si la soberanía es un hecho político, de inmediato asume en el pensamiento la necesidad de plantearse como un concepto jurídico.

La soberanía implica no solo la eficacia del poder sino simultáneamente su legitimidad, su estabilización y su capacidad de pretensión de obediencia de parte de los súbditos. Por esta razón el poder soberano es creador de derecho, po lo que la soberanía constituye la capacidad para dictar leyes e imponerlas a los súbditos; es la soberanía el concepto central que permite calificar el poder del estado como un poder legítimo. La soberanía significa un poder real, y precisamente en esa dimensión puede manifestarse en distintos grados.

En el segundo capítulo de la soberanía popular y su conformación práctica, el autor nos menciona que la soberanía tiene dos nociones la política y la jurídica. Sobre la soberanía como noción política, la soberanía se tienen, se dispone de ella. Y jurídicamente la soberanía es

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