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Subprograma Contaduría Pública – Contabilidad y Presupuesto del Sector Público

pepe1569Trabajo1 de Abril de 2023

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República Bolivariana de Venezuela.[pic 1]

Universidad Experimental de los Llanos Occidentales “Ezequiel Zamora”.

VPDR. Programa de Ciencias Sociales.

Subprograma Contaduría Pública – Contabilidad y Presupuesto del Sector Público.

Facilitadora:        Bachiller:

  • Liliana Táriba.               -   Vicente Delgado. C.I 28.071.171                                                        

Recreo. Marzo 2022

INDICE

Pág.

INTRODUCCION…………………………………………………………………….. 4

PRIMERA PARTE:

CUENTAS DEL TESORO…………………………………………………………... 5-21

Activos Corrientes

102 Tesorería del Estado

110 Fondo del Situado Coordinado

120 Documentos Negociables

122 Ingresos Por Recaudar

126 Fondos en Avance

128 Anticipo a Contratistas

130 Fondos Especiales

132 Fondos de Terceros

Pasivos Corrientes

101 Órdenes de Pago

103 Gastos Por Pagar

109 Préstamos a Corto Plazo

131 Depósitos Especiales

133 Depósitos de Terceros

141 Reservas de Previsión

199 Situación Financiera del Tesoro

CUENTAS DE LA HACIENDA…………………………………………………… 22-33

Activos de la Hacienda

200 Situación Fiscal del Tesoro

202 Fondos para el pago de la Deuda Pública Estadal

204 Intereses Prepagados Deuda Pública Estadal

210 Aporte de Capital y Acciones

212 Bienes Inmuebles

214 Bienes Muebles

216 Proveeduría y Almacenes

222 Responsabilidades Fiscales

240 Otros Activos

Pasivos de la Hacienda

201 Deuda Pública Estadal

209 Obligaciones Diferidas

221 Reservas para Activos Dudosos

CUENTAS DEL PRESUPUESTO………………………………………………. 33-36

300 Gastos Presupuestarios

301 Ingresos

303 Ingresos Extraordinarios

309 Ejecución del Presupuesto

CUENTAS DEL PATRIMONIO…………………………………………………. 37

299 Hacienda del Estado

SEGUNDA PARTE:

LIBROS PRINCIPALES Y AUXILIARES……………………………………… 37-39

Libro Diario

Libro Mayor

Libros Auxiliares

CONCLUSIÓN…………………………………………………………………….. 40

BILIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………….41

INTRODUCCION

Es de vital importancia conocer los preceptos que guían la contabilidad del sector público, se puede simplificar este concepto de contabilidad del sector público como un método científico para obtener y suministrar información sistematizada de todas las transacciones económicas de una nación, cuyos fenómenos representan la ejecución presupuestaria realizada por los órganos y entes del sector público,  valga la redundancia.

Ahora bien, dicho esto, es relevante para cualquier persona capacitada (profesional contable) que lleva esa contabilidad conocer adecuadamente las cuentas que funcionan para el registro de dicha información, identificar la naturaleza de las mismas, del mismo modo que conocer cuando y como debitan o acreditan. Esta información de las cuentas proporcionará al profesional una manera más sencilla y amena de llevar las distintas contabilidades que amerita esta rama.

A continuación se busca ofrecer el conocimiento de las cuentas y sus respectivas clasificaciones, ¿Cómo?, presentando la información completa, ordenada y estructura; para que así el lector pueda entenderla e interpretarla de forma veraz y natural estos conceptos. Se abordaran puntos como las cuentas de tesorería y hacienda y de igual forma la importancia que juegan los libros principales para el registro de la información contable

1era Parte:

CUENTAS DEL TESORO

Activos Corrientes:

102 - TESORERIA DEL ESTADO. Representa los fondos ordinarios del Fisco Estadal, existentes en la Tesorería, procedentes de ingresos del Presupuesto, disponibles para atender al pago de gastos u otras operaciones legalmente autorizadas. En ningún caso figurarán en esta cuenta vales o comprobantes de gastos por legalizar.

SE DEBITA

SE ACREDITA

  • Se debita por los ingresos de fondos ordinarios, con abono a las cuentas que motivaron la entrada.

  • Se acredita por los egresos de dichos fondos, con cargo a las cuentas respectivas.

SALDO

SOPORTES DOCUMENTARIOS

  • El saldo debe corresponder exactamente con la existencia de fondos ordinarios en caja, cajas chicas y cuentas corrientes bancarias, así como al dinero que transitoriamente hubiere entregado la Tesorería del Estado a sus pagadores auxiliares. Este rubro no incluye los Fondos del Situado Coordinado ni los girados en calidad de avances o anticipos.

  • Planilla de depósitos bancarios.
  • Cheques; notas de débito y de crédito bancarias.
  • Informes de recaudación.

110 - FONDOS DEL SITUADO COORDINADO. Representa los fondos provenientes del Situado Constitucional sujetos a coordinación con los planes administrativos que desarrolla el Poder Nacional, pertenecientes al Tesoro del Estado, pero que deben manejarse y registrarse separadamente de los fondos ordinarios, en virtud de que tienen destinación específica y un tratamiento administrativo y contable especial.

Las subcuentas de este rubro son:

- El Banco Central de Venezuela, depositario de los fondos del Situado Coordinado de las Entidades Federales, provenientes de la Tesorería Nacional.

-  Los Bancos locales, ubicados en cada Estado, a los cuales son transferidos del Banco Central los fondos en referencia a la orden de los Gobernaciones, bien para atender al pago de servicios o construcción de obras, o para erogar mediante avances o anticipos los recursos que han de ser invertidos por los organismos ejecutores del Poder Nacional.

SE DEBITA

SE ACREDITA

  • Se debita: a) con abono a la cuenta N° "122-Ingresos por Recaudar", por los ingresos de las cuotas mensuales del Situado sujeto a coordinación, al serle acreditados al Estado en su cuenta del Banco Central de Venezuela, y, b) por cualquier otra concepto de ingreso a dichos Fondos, con crédito a las cuentas respectivos

  • Se acredita: por los egresos de los Fondos en referencia, con cargo a la cuenta N° 101-Ordenes de Pago", en los siguientes casos: a) al pagar directa mente gastos comprobados de programas del Situado Coordinado; b) al efectuar avances a otros organismos ejecutores de tales programas, y, c) al hacer anticipos a contratistas de abras del Plan Coordinado.

SALDO

SOPORTES DOCUMENTARIOS

  • El saldo debe corresponder a las existencias de fondos del Situado Coordinado en las respectivas cuentas bancarias, debidamente conciliadas.
  • Cuando se efectúen traslados de estos Fondos, de una entidad bancaria a otra, sólo se afectan las subcuentas respectivas, pero no el saldo de la cuenta mayor.

  • Comunicaciones emanadas del Banco Central de Venezuela.
  • Cartas – Ordenes.
  • Planillas de depósitos bancarios.
  • Cheques; Notas de débito y de crédito bancarias

120 - DOCUMENTOS NEGOCIABLES. Representa los valores realizables a favor del Tesoro, tales como cédulas, bonos, letras, pagarés, etc., que correspondan a inversiones transitorias del Fisco Estadal, cuyos títulos deben conservarse en la Tesorería y puedan. Ser convertidos en efectivo a corto plazo. Se advierte que las acciones u otros títulos representativos de inversiones permanentes no figurarán bajo este rubro sino en el N° 210.

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