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SÍNTESIS DE LA NORMATIVIDAD AGRARIA VIGENTE EN COLOMBIA


Enviado por   •  12 de Enero de 2023  •  Ensayos  •  1.193 Palabras (5 Páginas)  •  60 Visitas

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 SÍNTESIS DE LA NORMATIVIDAD AGRARIA VIGENTE EN COLOMBIA

 

Por: JAHIDER ANDRES BUITRAGO GORDILLO

El sector agrario en Colombia es considerado como uno de los más golpeados a través de la historia del país aun cuando la economía y la seguridad alimentaria de una nación dependen en alto porcentaje de la ruralidad. A lo largo del tiempo y de los desbalances políticos que ha tenido Colombia, se debe rescatar la resiliencia de la población campesina que afrontando además de una dura situación de orden publico nunca han dejado de lado la laboriosidad y el amor por trabajar la tierra que heredaron de sus ancestros.

En los últimos años el auge de la tecnología y las herramientas de la información y las comunicaciones (TICS) han impactado todos los ámbitos del conocimiento y desde luego el sector agrario no es ajeno a esta nueva revolución. Los avances en las técnicas agropecuarias en pro de mejorar el rendimiento, productividad y rentabilidad del campesino están siendo aplicadas cada vez con mayor interés debido a sus óptimos resultados. Sin embargo, acceder a este proceso de cambio o transformación de técnicas se ha convertido en un arma de doble filo debido al costo y lo dispendioso de este desarrollo. Con base a esto, el gobierno de Colombia se vio en la obligación de adoptar políticas publicas para con el sector agrario las cuales le puedan brindar al campesino un acceso fácil al servicio de innovación agraria por medio de la formación, capacitación y acompañamiento técnico.

La ley 1876 del 27 de diciembre de 2017 conocida como “Sistema Nacional De Innovación Agropecuaria” se creó para dar desarrollo al primer punto del acuerdo de paz de la Habana y con esta derogar la ley 607 del 2000 en donde se reglamentaba la asistencia técnica rural y creó la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria (UMATA); bajo esta nueva normativa aparecen las directrices para la creación, articulación y puesta en marcha de tres subsistemas (Subsistema nacional de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario, Subsistema nacional de extensión agropecuaria, Subsistema nacional de formación y capacitación para la innovación agropecuaria), además de su respectiva reglamentación por medio de decretos, resoluciones y ordenanzas.

En el Título III, artículo 24 define la extensión agropecuaria como un bien y un servicio de carácter público, permanente y descentralizado; y comprende las acciones de acompañamiento integral orientadas a diagnosticar, recomendar, actualizar, capacitar, transferir, asistir, empoderar y generar competencias en los productores agropecuarios para que estos incorporen en su actividad productiva prácticas, productos tecnológicos, tecnologías, conocimientos y comportamientos que beneficien su desempeño y mejoren su competitividad y sostenibilidad, así como su aporte a la seguridad alimentaria y su desarrollo como ser humano integral.

Dentro de la normatividad que presenta la ley 1876 encontramos que en el articulo 29 nos presenta al Plan Departamental de Extensión Agropecuaria (PDEA) el cual es el instrumento de planificación cuatrienal en cada departamento, que, en coordinación con sus municipios, distritos y demás actores del Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA), definirá los elementos estratégicos y operativos para la prestación del servicio de extensión.

Tomando en cuenta a la ley 1876 (SNIA) como el marco normativo que guía la política agraria en Colombia, es necesario conocer sobre los decretos y resoluciones que han direccionado su reglamentación desde la creación de la misma.  

La resolución 407 de 2018 compila las reglamentaciones técnicas del Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA) y en el capitulo IV adopta los lineamientos para los Planes Departamentales de Extensión Agropecuaria. Este plan departamental debe regirse siempre por unas directrices especificas iniciando por la cuota en la participación de la elaboración del mismo en la cual deben estar presentes los municipios y distritos dando un espacio de concertación y dialogo a las necesidades agropecuarias de comunidades indígenas, mujeres, jóvenes, etc. La elaboración de estos planes es para un periodo de cuatro años y deberá contar con un proceso de preparación, diagnostico, análisis, identificación y divulgación. Este plan deberá contar además con unos enfoques específicos con características de desarrollo de capacidades sociales, acceso a la información y uso de las TICS, sostenibilidad ambiental y habilidades para la participación política en instancias para tal fin.  

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