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Síntesis de la normatividad agraria vigente. GA1-210001008-AA1


Enviado por   •  24 de Mayo de 2022  •  Informes  •  1.149 Palabras (5 Páginas)  •  922 Visitas

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Síntesis de la normatividad agraria vigente.

Andrea Carbajal Sánchez

Centro de La Innovación, La Agroindustria y la Aviación (SENA) Técnico En Proyectos Agropecuarios (2521931)

Prof. Yanet Cecilia Mazo Quintero Evidencia GA1-210001008-AA1-EV02

3 de mayo del 2022

Introducción

El desarrollo rural hace referencia a las acciones propiciadas para mejorar la calidad de vida de los habitantes de las áreas rurales de nuestro país, partiendo desde el ámbito ambiental hasta el social, es importante conocer estas la leyes y normas agrarias vigentes para así conocer el alcance, funcionamiento y reglamento de estas.

Jerarquía de Las Normas en Colombia

Las leyes están subordinadas a la Constitución, como señala su artículo 4: «La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales».

  1. Norma constitucional: Ocupa dentro del ordenamiento jurídico el rango más elevado, es la norma suprema dentro del ordenamiento jurídico.
  2. Ley: Norma general y abstracta que en su creación debe tener en cuenta la norma constitucional y que es creada según los preceptos establecidos en las normas constitucionales.
  3. Reglamento: Norma jurídica que busca hacer posible que la ley se cumpla para que no quede en el papel.

Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria Ley 1876 de diciembre 27 de 2017

Surge con el fin de dar respuesta al primer punto del acuerdo de paz y derogar la Ley 607 del 2000 que creó la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria (UMATA) y reglamentó la asistencia técnica directa rural. Esta Ley se crea para poner en marcha el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA), compuesto por subsistemas, planes estratégicos, instrumentos de planificación y

participación, plataformas de gestión, procedimientos para su implementación, así como mecanismos para su financiación, seguimiento y evaluación.

Se crea en el artículo 4 del SNIA, como un subsistema del Sistema Nacional de Competitividad, Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCCT), que será coordinado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR); el SNIA está integrado por tres subsistemas:

  1. Subsistema nacional de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario: es la investigación
  2. Subsistema nacional de extensión agropecuaria: es la formación y capacitación.

  1. Subsistema Nacional de formación y capacitación para la innovación agropecuaria: Es la Extensión Agropecuaria

En la formulación de proyectos productivos agropecuarios se debe tener en cuenta las orientaciones que, en materia de normatividad existente en el país, la Ley 1876 de 2017 diciembre 27 de 2017 DO N° 50.461 es el marco normativo que guía la política agraria en Colombia; en el Título III, artículo 24 define la extensión agropecuaria como un bien y un servicio de carácter público, permanente y descentralizado. La norma establece cinco aspectos que se deben tener en cuenta en el momento de prestar el servicio de extensión agropecuaria, como son: Desarrollo de capacidades humanas integrales, Desarrollo de capacidades sociales integrales y fortalecimiento a la asociatividad, Acceso y aprovechamiento efectivo de la información de apoyo de las tecnologías y productos tecnológicos, Gestión sostenible de los recursos naturales Y Desarrollo de las habilidades para la participación de los productores es espacios de política pública.

Resolución 407 de octubre 30 de 2018

Adopta los lineamientos para los Planes Departamentales de Extensión Agropecuaria; en la formulación se debe tener en cuenta documentos como: PECTIA, planes y acuerdos estratégicos,

Agendas integradas de competitividad, planes de desarrollo municipal, plan agropecuario municipal y departamental, PDET, PISDA, PNIS, esquemas y planes de ordenamiento territorial vigentes, zonas de protección nacional, regional, local; UPRA, POMCA y datos del censo nacional agropecuario 2014.

En la etapa de formulación del PDEA participan los municipios y distritos, realizando el fortalecimiento de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural (CMDR) que son los espacios de diálogo y concertación de las necesidades e iniciativas en materia de extensión agropecuaria; entre los actores que deben tener representación están las comunidades étnicas, las mujeres, los jóvenes y cualquier otra población. Solo se debe formular para un periodo no mayor de cuatro años en los cuales las entidades prestadoras del servicio de extensión agropecuaria prestarán el servicio a partir de las orientaciones del PDEA.

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