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TLC COLOMBIA CON ESTADOS UNIDOS


Enviado por   •  26 de Julio de 2019  •  Apuntes  •  3.738 Palabras (15 Páginas)  •  132 Visitas

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CURSO

TLC COLOMBIA CON ESTADOS UNIDOS (1940431)

INFORME EJECUTIVO

MAZORCA TIERNA

LUIS MIGUEL BETANCUR SOTO

 26 DE JULIO DE 2019


CASO DE ESTUDIO:

La compañía “La Mazorca Tierna” ubicada en Chía –Cundinamarca- se dedica a la producción de mazorquitas tiernas en salmuera en tamaños estandarizados de 5 cm, los cuales se presentan en frascos por 5 unidades; el Gerente de la compañía desea explorar el mercado norteamericano y a través de su página web ha sido contactado por la empresa “La tortilla Dorada” en Miami, quienes requieren un proveedor con las características de la empresa “La mazorca tierna”, siempre y cuando puedan aprovechar los beneficios y oportunidades del TLC sin que se presenten obstáculos técnicos al comercio; además la empresa está interesada en constituir una filial en Colombia para poder elaborar sus tortillas con óptima calidad, pero también desconoce si hay beneficios que cobijen dichas inversiones.

BENEFICIOS ADUANEROS DE TLC

  • El acuerdo de Promoción Comercial entre Colombia y Estados unidos determina que ninguna de las partes podrá incrementar un arancel ya definido y mucho menos crear nuevos aranceles a las mercancías originarias de las partes.
  • Las partes se comprometen a efectuar la eliminación progresiva de sus aranceles según lo pactado en el Tratado.

Tanto Colombia como Estados Unidos podrán:

  • Convenir de mutuo acuerdo la aceleración o desgravación arancelaria de determinados productos según las necesidades y beneficios planteados.
  • Incrementar un arancel reducido unilateralmente o en su defecto mantenerlo o incrementarlo, según disposiciones de la OMC.

  • Se admitirá la liberación de aranceles aduaneros, de forma temporal de mercancías a demostración o exhibición, muestras comerciales, películas, grabaciones publicitarias y mercancías para propósito deportivo.

  • Las medidas sanitarias y fitosanitarias que tienen el propósito de proteger la vida o salud de las personas, los animales y vegetales de Colombia y EE. UU.
  • Implementar procedimientos aduaneros simplificados, claros, expeditos con el fin que permitan realizar las operaciones comerciales de manera ágil y a unos bajos costos.
  • Desgravación arancelaria de productos, algunos productos se desgravarán inmediatamente y otros la desgravación será progresiva.
  • Algunos productos procedentes de ambos países podrán ingresar libres de aranceles.

 REDUCCIÓN DE BARRERAS DE COMERCIO

  • Eliminar barreras de acceso que puedan distorsionar el comercio e imponer un trato discriminatorio a los proveedores de servicios.
  • Evitar que las normas y reglamentos técnicos sean utilizados como barreras no arancelarias al comercio de bienes industriales y agropecuarios.
  • La simplificación, armonización y automatización de los procedimientos de comercio internacional, en todo lo referente a los requisitos y formalidades relativo a la exportación, la importación y el transito transfronterizo de mercancías.
  • En este contexto Colombia se ha propuesto simplificar los trámites y procesos relacionados con el comercio exterior, para lo cual ha realizado esfuerzos que permitan a través de la coordinación interinstitucional, la mejora constante de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, (vuce) el logro de la inspección simultánea de las mercancías, la adopción de tecnologías no intrusivas en estos procesos y la digitalización y reconocimiento en otros países de los certificados de origen con miras a lograr el comercio sin papel.
  • Despacho de mercancías en un término de 48 horas.
  • Despacho de mercancías en el lugar de arribo sin traslado temporal a depósitos.
  • Retiro de mercancías sin perjuicio de la decisión final sobre los tributos previa constitución de garantía.
  • Simplificación del despacho de las mercancías focalizando las actividades de inspección en aquellas que representen un alto riesgo.
  • Cooperación para lograr el cumplimento de sus legislaciones con respecto a la implementación y operación del Acuerdo de Valoración Aduanera, los procedimientos y restricciones a las importaciones o exportaciones y a los procedimientos de origen.
  • Cuando en el trámite se detecten situaciones ilícitas con relación a regulaciones aduaneras, la parte afectada podrá solicitar información confidencial con relación a la importación de mercancías.
  • Las solicitudes deberán ser por escrito, especificando la información solicitada y en detalle para localizarla, de igual manera, la respuesta deberá ser escrita y contener la información requerida.
  • Cada una de las partes hará el esfuerzo para suministrar información que permita determinar que los actores del comercio exterior cumplen con las normas establecidas, como medida de prevención para actividades ilícitas.
  • Para facilitar el comercio entre las partes se brindará asesoría y asistencia técnica en materia de valoración y administración de riesgos.
  • Las partes adoptarán mecanismos para mantener una permanente comunicación, con el fin de fortalecer la habilidad de aplicar las regulaciones aduaneras.
  • Asegurar que los importadores y exportadores tengan acceso a revisión administrativa independiente a los funcionarios que tomaron las determinaciones y la revisión judicial.

 BENEFICIOS AL AMPARO DE LA INVERSION EXTRANJERA:

  • Abrir mercados bilaterales en las compras públicas.

  • Generación de empleo y mejor salario en la mano de obra.
  • Tratos preferenciales nacional en el mercado de otros países, y por tratos favorables por ambas partes que el que se le brinda al proveedor del país.
  • Establecer leyes dentro de un marco jurídico transparente

La compañía “ La Mazorca Tierna” por el solo hecho de estar en territorio nacional y estar constituida legalmente, no solo obtendrá todos los beneficios anteriormente mencionados, sino además la  empresa “La tortilla Dorada” podrá sin ningún inconveniente crear su filial en territorio colombiano, y además podrá disfrutar de todos los beneficios del acuerdo comercial, siempre y cuando se cumpla lo referente a la inversión “1.cada parte concederá a los inversionistas de otra perte un trato no menos favorable que el que conceda, en circunstancias similares, a sus propios inversionistas en lo referente al establecimiento, adquisición,expansión, administración, conducción, operación y venta u otra dis posición de las inversiones en su territorio”( CAPITULO 10 articulo 10.3) .los detalles técnicos serán analizados posteriormente.

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