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Concepto de Prueba


Enviado por   •  10 de Junio de 2018  •  Ensayos  •  405 Palabras (2 Páginas)  •  322 Visitas

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Concepto de Prueba:

La prueba es la acción y el efecto de probar y probar es demostrar de algún modo la certeza de un hecho o la verdad de una afirmación.

En términos jurídicos, podemos decir, que se refiere a la demostración en un proceso judicial de la verdad de un hecho, del cual depende la comprobación de un derecho. La significación de la prueba en el proceso en muy importante, ya que no solo basta con tener un derecho, sino que también es necesario comprobar el hecho jurídico que le ha dado nacimiento (p. ej., un contrato, una sucesión, etc.), para que aquel surta los debidos efectos en el proceso. Ello se explica, porque el juez dictará la sentencia sobre la base de los hechos expuestos y probados por las partes.

Fuente: http://www.monografias.com/trabajos-pdf5/prueba-y-medios-prueba-argentina/prueba-y-medios-prueba-argentina.shtml 

 Fuente: Manual de introducción al derecho por: Abelardo Torré

Clasificaciones de prueba:

1) Según la situación del juez con respecto al objeto de la prueba, pueden ser:

Directas: cuando el juez percibe los hechos por sus propios sentidos. Por ejemplo, reconocimiento judicial.

Indirectas: en caso contrario, es decir, cuando la relación entre el juez y el objeto de

la prueba, es mediato. Por ejemplo, prueba de testigos, etc.

2) Según la relación temporal entre su nacimiento y el proceso, pueden ser:

Preconstituidas: son las que existían con anterioridad al proceso. Por ejemplo, los

Instrumentos públicos y privados (prueba instrumental).

Circunstanciales (también llamadas, aunque no con tanta propiedad, simples, constituyentes, etc.): son las que surgen en el curso del proceso. Por ejemplo, prueba de testigos, confesión, etc.

3) Según las consecuencias sobre la situación desfavorable o favorable de las partes    

en el proceso, pueden ser:

De cargo (perjudiciales para una parte); y

De descargo (favorables para una parte).

4) Según su mayor o menor eficacia o fuerza probatoria, se distingue:

Prueba plena: la que acredita la existencia de un hecho, sin dejar lugar a dudas. Por ejemplo, un instrumento público.

Prueba semiplena: la que si bien no es suficiente para acreditar el hecho controvertido o la culpabilidad del imputado, permite razonablemente suponer una o ambas cosas.

5) Según la cantidad de medios probatorios a que se haya recurrido, puede ser:

Simple: cuando basta con uno sólo. Por ejemplo, la confesión.

Compuesta: cuando una prueba resulta de varios medios probatorios. Por ejemplo, un testigo, un instrumento privado y presunciones. Esto es lo común, son raros los casos en que una sentencia se base en una sola prueba.

Fuente: Manual de introducción al derecho por: Abelardo Torré

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