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Extincion De Obligacion Alimentaria


Enviado por   •  13 de Marzo de 2014  •  432 Palabras (2 Páginas)  •  369 Visitas

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ARELLANO SANTOS JAVIER FABIAN , dentro del Juicio de Alimentos N.-2361-2009 que sigue en su despacho la señora JIMENEZ FIGUEROA GEOCONDA ALEXANDRA, ante usted con el debido respeto comparezco, digo y solicito:--------------------------------

Atento a su providencia de fecha 05 de marzo del 2014 cumplo con manifestar lo siguiente:

Que expresamente me ratifico en mi pretensión de la Extinción de obligación de alimentos en la presente causa ya que mis hijos KATEHERINE MICAELA y MICHAEL XAVIER ARELLANO JIMENEZ actualmente ya gozan de su mayoría de edad y de encontrarse emancipados

PETITORIO

Que, interpongo Demanda de EXONERACIÓN DE PENSIÓN DE ALIMENTOS, la misma que la dirijo contra de KATEHERINE MICAELA y MICHAEL XAVIER ARELLANO JIMENEZ, quien domicilia en Calle El Mundo Nº 325-Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, donde se le deberá notificar válidamente para los efectos de este proceso, con la finalidad que se me EXONERE de la pensión alimenticia ordenada mediante sentencia del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lima -Expediente Nº 945-1998 -Secretario Arias, y vengo acudiendo con la suma equivalente al 30% del total de mis haberes como servidor del Estado.

I.FUNDAMENTOS DE HECHO.

PRIMERO.- Que, Doña JIMENEZ FIGUEROA GEOCINDA ALEXANDRA en representación de nuestros hijos KATEHERINE MICAELA y MICHAEL XAVIER ARELLANO JIMENEZ, siendo menores de edad, me inició una Demanda de Pensión Alimenticia ante este despacho, cuya resolución ordenó el pago mensual del equivalente al 30% de mis haberes,

SEGUNDO: Que, desde RESOLUCION referida, a la fecha han cambiado las condiciones de vida tanto del recurrente como de la alimentista, pues tengo otras cargas familiares que asumir al haber formado un nuevo hogar con doña ANA MARISOL MOARRY BOHORQUEZ, y con quien hemos procreado dos hijos MARIA PAZ de ( ) y MATHEWS ( )

TERCERO: En la actualidad, los demandados, cuenta con la mayoría de edad, pues tienen 23 y 19 años de edad respectivamente, conforme lo he acreditado con las Partidas de nacimientos; ella además esta emancipada inclusive de haber formado su propio hogar y que también para su propia manutención. El recurrente tiene actualmente obligaciones alimentarias con mis dos menores hijos y cónyuge y el hecho de continuar abonando la pensión a los demandados, pone en peligro la subsistencia de mi familia. Existe una circunstancia prevista por nuestra legislación para otorgarse la exoneración de alimentos, y es que deja de regir la pensión alimentaria otorgada por resolución judicial para la persona que ha llegado a la mayoría de edad, como en el presente caso, pues el alimentista nació el 16 de febrero de 1989 y a la fecha cuenta con 23 años y 10 ...

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