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Margarita


Enviado por   •  19 de Febrero de 2015  •  1.782 Palabras (8 Páginas)  •  155 Visitas

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alzados se dividieron debido a las discrepancias internas las que a la larga fueron la causa de su derrota porque el gobierno castrista aprovecho su división para derrotar a cada caudillo por separado, reconquistando el territorio que habían ganado. Aun así quedaron algunos grupos rebeldes activos en algunas zonas orientales, principalmente los partidarios del general Nicolás Rolando atrincherados en Ciudad Bolívar. Después de un bloqueo naval Juan Vicente Gómez ordena el desembarque de tropas y libra la sangrienta batalla de Ciudad Bolívar. El general Rolando se rinde junto a su estado mayor el 21 de julio de 19036 señalando el fin oficial de la guerra civil.

La derrota de la Revolución Libertadora marcó el final del siglo XIX venezolano caracterizado por la inestabilidad política, el bipartidismo y las disputas entre caudillos, donde el método de llegar al poder era mediante la rebelión armada, y el final de la época de las grandes guerras civiles venezolanas,3 dando paso a una etapa de consolidación del gobierno central bajo el gobierno de los andinos.

Alemania, Inglaterra e Italia bloquean a Venezuela

Cipriano Castro y su gabinete ministerial

La inestabilidad política del país, el enfrentamiento del gobierno con el caudillismo anticastrista y la disminución de los precios de las exportaciones agrícolas particularmente del cafe (Venezuela era el segundo productor mundial detrás de Brasil), obligan a Castro a suspender temporalmente el servicio de la deuda externa. Por otra parte, continúan los reclamos que las distintas potencias hacen como resultado de daños y perjuicios sufridos por extranjeros residentes en el país con motivo de las guerras civiles. Estos problemas continúan siendo los mismos, pero la posición del país es distinta.

Las principales potencias exigen el pago inmediato de sus acreencias. Ante la negativa del gobierno a reconocer los reclamos y la suspensión de los pagos de la deuda, Alemania e Inglaterra resuelven bloquear las costas venezolanas a partir del 9 de diciembre de 1902 aplicando la Diplomacia de las Cañoneras. A esta iniciativa se une Italia el 12 de diciembre y, poco después, Francia, Holanda, Bélgica, Estados Unidos, España y México, presentan sus reclamos para que sean considerados junto con los de los países agresores.

Durante este conflicto el régimen de Castro maneja un discurso político de corte nacionalista enfrentado a las potencias extranjeras a la par que los acorazados alemanes e ingleses hunden varios buques de guerra venezolanos y bombardean La Guaira, Puerto Cabello y la isla de San Carlos. Sin flota para enfrentar a los agresores, el presidente Castro se defiende con retumbante proclama: "¡La planta insolente del Extranjero ha profanado el sagrado suelo de la Patria!". Su eco se refleja en la Doctrina Drago, suscrita por el Ministro de Relaciones Exteriores argentino de la época, Luis María Drago, mediante la cual argumenta la ilegalidad del cobro violento de las deudas por parte de las potencias más importantes de la tierra en detrimento de la soberanía, estabilidad y dignidad de los Estados débiles.

La mediación del presidente Roosevelt de los Estados Unidos, obligada por el uso excesivo de la fuerza contraviniendo los postulados de la Doctrina Monroe, logra que el conflicto termine con la firma de los Protocolos de Washington el 13 de febrero de 1903. Las partes en conflicto acuerdan el levantamiento inmediato del bloqueo naval, la reducción de la deuda externa de 352 millones de bolívares a 150,9 millones, y un cronograma de pagos en forma progresiva abonando el 30% de los ingresos aduaneros del país.7

Ruptura de relaciones diplomáticas con Francia, Estados Unidos y Holanda

Una vez superada la crisis del bloqueo imperialista, la política internacional del gobierno de Castro continúa desenvolviéndose entre enfrentamientos y conflictos, comienzan los pleitos con las compañías que participaron en la Revolución Libertadora, esto se concreta en un juicio entablado contra la New York & Bermúdez Company, en el cual la nación reclama una indemnización de 50 millones de bolívares; y, en segundo lugar, se inicia la expropiación de la Orinoco Steamship Co. Ambos casos desembocan en la ruptura de relaciones diplomáticas entre Venezuela y Estados Unidos en 1908. Pero los enfrentamientos no son solamente con las compañías vinculadas a la Revolución Libertadora, en 1905 es rescindido el contrato de la nación con la Compañía Francesa del Cable Interoceánico. Castro ordena el cierre de las oficinas de la empresa en el país y la expulsión del Encargado de Negocios de Francia, como consecuencia de ello, en 1906 Venezuela y Francia rompen relaciones diplomáticas. Paralelamente, el régimen se enfrenta a las compañías holandesas y ordena la requisa obligatoria de los buques de bandera holandesa, todo ello conduce, igualmente, a la ruptura de las relaciones diplomáticas con Holanda y al bloqueo naval de los puertos nacionales por naves de guerra holandesas.

Reformas constitucionales en el régimen de Gómez

La primera de las 7 reformas constitucionales aprobadas por el Congreso Nacional durante el mandato de Juan Vicente Gómez tuvo como propósito liquidar su condición de vicepresidente encargado de la presidencia, con que venía actuando desde noviembre de 1908, cuando el presidente Cipriano Castro, ante la necesidad de salir del país, le hizo entrega del poder. Otro de los propósitos de la reforma constitucional de 1909 fue restablecer el Consejo de Gobierno para integrarlo con los políticos liberales amarillos y nacionalistas, autores en su mayoría, en 1902, de la Revolución Libertadora, que regresaban del exilio y a quienes necesitaba Gómez como aliados en su lucha contra el ex presidente Castro. El Consejo de Gobierno, junto con el presidente de la República y los ministros, constituían el Poder Ejecutivo. Este Consejo se componía de 10 miembros y sus suplentes, y su presidente llenaba las faltas temporales y absolutas del presidente de la República, pudiendo convocar al Congreso para que hiciera la elección de éste, si la vacante absoluta ocurría en los 2 primeros años del período constitucional, que de 6 años, quedó reducido a 4. La Constitución Nacional de 1909 estableció un período provisional de agosto de 1909 al 19 de abril de 1910, fecha en que se iniciaba el nuevo período constitucional. El Congreso eligió presidente provisional al general Juan Vicente Gómez y 8 meses más tarde, en abril de 1910, presidente constitucional para el período 1910-1914. La segunda reforma tuvo como propósito asegurar la reelección presidencial de Gómez y estuvo precedida por anuncios oficiales sobre la alteración del orden público motivado por una supuesta invasión del general Cipriano Castro y de la suspensión indefinida del proceso electoral. El ministro de Relaciones Interiores, César Zumeta, promueve entonces la reunión en Caracas de un Congreso de Plenipotenciarios de las Municipalidades, cuya tarea asignada era la de discutir y aprobar un Estatuto Constitucional provisorio, así como una nueva Constitución Nacional, creando la mayor confusión constitucional de la historia de Venezuela. El Congreso elige como presidente provisional a Victorino Márquez Bustillos, quien venía desempeñando el cargo de ministro de Guerra y Marina. Aprobada la Constitución de 1914, las Cámaras Legislativas designan presidente de la República y comandante en jefe del Ejército al general Juan Vicente Gómez, pero, en una disposición transitoria de la nueva Constitución, se establece que el presidente provisional ejercerá sus funciones hasta que tome posesión de su cargo el presidente constitucional elegido. De esta manera, Victorino Márquez Bustillos desempeñó durante 7 años las funciones de verdadero «primer ministro», con facultades para convocar y presidir el Consejo de Ministros, recibir diplomáticos y estudiar los asuntos administrativos para luego rendir cuenta semanal en Maracay al presidente electo. En junio de 1922, el Congreso Nacional aprueba una tercera reforma constitucional, orientada a restablecer las vicepresidencias de la República, eliminadas en la Constitución de 1914 y luego, elige al general Juan Vicente Gómez presidente de la República para el período 1922-1929; primer vicepresidente a su hermano Juan Crisóstomo «Juancho» Gómez y segundo vicepresidente a su hijo, el general José Vicente Gómez. A consecuencia del asesinato de Juan Crisóstomo Gómez, primer vicepresidente, se aprueba una cuarta reforma constitucional, en junio de 1925, para establecer que las faltas absolutas o temporales del presidente de la República, las suple el vicepresidente y no los vicepresidentes como ordenaba la Carta de 1922. En esta reforma de 1925, se perfeccionó el régimen de gabinete con la creación del Consejo de Ministros, como institución de principio constitucional, el cual se compone de la totalidad de los ministros del despacho, pudiendo asistir el vicepresidente de la República y el secretario general de la Presidencia. Por otra parte, la Constitución Nacional autorizó, por vez primera, a un jefe de Estado para residir fuera de la capital de la República y le concedió atribución para designar los presidentes de los estados, liquidando el ordenamiento federal que hasta esa época existía. El 22 de mayo de 1928 sancionó el Congreso Nacional una quinta reforma constitucional orientada a eliminar el cargo de vicepresidente de la República, por haber caído en desgracia política el general José Vicente Gómez. Por otra parte, la nueva Constitución estableció en el inciso 6º, del artículo 32, la prohibición de la propaganda comunista o anarquista. La sexta reforma constitucional se aprobó en el Parlamento el 29 de mayo de 1929 y se redujo a 2 artículos de la anterior Constitución, el 128 y el 129, disposiciones transitorias, mediante las cuales el Congreso elegiría para el período constitucional que se iba a iniciar (1929-1936) un comandante en jefe del Ejército Nacional quien mandaría el Ejército, la Marina y la Aviación y con quien el presidente de la República que fuera electo compartiría las tareas de jefe de Estado, debiendo hacer la elección de los 2 altos dignatarios el mismo día y prestando ambos juramento ante el Congreso. La séptima y última reforma constitucional fue sancionada en julio de 1931 para refundir en un solo cargo las potestades civil y militar y para designar presidente de la República y comandante en jefe del Ejército Nacional al general Juan Vicente Gómez, una vez aceptada la renuncia del presidente Juan Bautista Pérez.

Composición de la población venezolana

Desde el inicio del año 1830 el proceso económico avanzó con lentitud en los diferentes sectores de la economía nacional. Su característica principal fue la de ser un país eminentemente rural con una actividad agropecuaria, siendo el factor más importante de ésta actividad de tierra y su explotación. En esta tónica se mantuvo este proceso hasta 1870, cuando en el primer gobierno de Guzmán Blanco empezó a manifestarse un desarrollo, con influencias foráneas, dándole un empuje a la economía que se encontraba estancada. Para el siglo XX en la aparición del petróleo en la economía venezolana empieza a desarrollarse un poco más rápido, gracias a los incentivos generados por la actividad petrolera, la cual generó recursos fiscales que facilitaron la dinámica económica del país, a través de actividades comerciales, trabajo minero incluyendo la industrialización. En tal sentido ructuraॣonómica abarca los sectores: agropecuario

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