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AUDIENCIA DE INSTALACIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  372 Palabras (2 Páginas)  •  206 Visitas

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AUDIENCIA DE INSTALACIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL

En Tegucigalpa siendo las 9:40 a.m. del día miércoles 22 de julio del año 2016 en las instalaciones del centro de arbitraje de la cámara de comercio de Honduras se encuentran las siguientes personas para llevar a cabo la instalación del tribunal arbitral.

En el tribula arbitral están la abogada Claudia maría López inscrita en el colegio de abogados de honduras bajo el número de colegiación número 2049 y la abogada Tatiana flores inscrita en el colegio de abogados de honduras bajo el número de colegiación número 2255 y su servidora que he sido nombrada como presidenta del tribunal arbitral Johana salgado abogada inscrita en la CAH bajo el número de inscripción colegiación número 2094.

Están presentes como demandante Erick Manuel nietos Sánchez en condición de apoderado legal de la sociedad mercantil denominada servicios técnicos S.A. (SUMITEC) empresa legalmente constituida mediante instrumento setenta y siete (77) al demandado el señor Reyniery Adolfo López Murcia actuando en su condición de apoderado legal del estado en despachos de relaciones exteriores.

Los árbitros declaran que han sido designados en conformidad con el procedimiento establecido por el reglamento del centro que tiene disponibilidad de tiempo para conocer este caso y que se conducirán con independencia e imparcialidad con lo que se desarrolle

El presente será un arbitraje conforme a derecho

Sede arbitral: se establece como lugar de arbitraje en la ciudad de Tegucigalpa en la cámara de comercio lugar donde las partes podrán presentar sus escritos que correspondan. Art 4

Confidencialidad: los árbitros y secretarios están obligados a guardar reserva sobre todos los asuntos y actuaciones relacionados con el arbitraje de conformidad en el reglamento del centro.  Art 27

El tribunal podrá determinar el uso de videos para el registro de las audiencias y otras actuaciones.

El tribunal determinara la forma de presentación de documentos dentro de los plazos establecidos (Electrónicamente, estrada notificaciones).

Las partes pueden acordar de manera expresa la duración del proceso y si no existiere el pacto la duración del proceso será de 5 meses según el reglamento del centro, el plazo que determine el centro será contado en días hábiles.

Las partes pueden estar representadas por una o más profesionales del derecho debidamente colegiado y acreditado por el poder ante notario

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