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Acta convenio: Financiamiento - Alcaldía de Guanarito y consejo comunal

aliriolarrosaExamen22 de Marzo de 2013

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ACTA CONVENIO

Entre la “ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GUANARITO”, debidamente representada por su Alcaldesa Interina la ciudadana: AGUSTINA PARRA PÉREZ, quien para los efectos de este CONVENIO se denominará LA ALCALDÍA, y por la otra el CONSEJO COMUNAL 23 DE ENERO II, debidamente adecuado a lo establecido en la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.335 de fecha 28 de diciembre de 2009, por ante la Taquilla Única de Registro del Poder Popular bajo el Nº 18-05-01-001-0025, de fecha, 19 de Junio de 2012, representado en este acto por los voceros del Colectivo de Coordinación Comunitaria, los ciudadanos: AMERICA DEL CARMEN SALGUERO CAMACHO, NEIL TIDNEDI ROJAS PADILLA, JEAN CARLOS GALEA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, titulares de las cédulas de identidad el Nº V-. 15905.741., Nº V-. 17.617.252, Nº V-. 17.260.415; quien en lo adelante se denominará “EL CONSEJO COMUNAL 23 DE ENERO II”, se ha con¬venido en celebrar con la debida formalidad de Ley en cumplimiento a la Providencia Nº 01-00-000540, de fecha 06-09-2007, emitida por la Contraloría General de la República, el presente CONVENIO DE FINANCIAMIENTO, según las cláusulas que se determinan a continuación: PRIMERA: El presente convenio tiene por objeto regular todo lo concerniente a la normativa que debe regir el presente Convenio de Financiamiento, con relación a la ejecución de la Obra denominada “CONSTRUCCIÓN DE GALPÓN PARA LA PLANTA DE ROTOMOLDEO, MUNICIPIO GUANARITO ESTADO PORTUGUESA” inserta en el proyecto denominado “FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIOS EN ÁREAS PERI-URBANAS DEL MUNICIPIO GUANARITO DEL ESTADO PORTUGUESA” . SEGUNDA: El objeto del Proyecto es desarrollar un modelo productivo endógeno, cuyo costo del proyecto es por la cantidad de Doscientos mil Bolívares con 00/100 (Bs. 200.000,00) La cual tendrán una cancelación total. Es de resaltar que una vez ejecutado el proyecto deben traer memoria y cuenta, así podrá ser tomada en cuenta por el Consejo federal de Gobierno y Alcaldía TERCERA: “El CONSEJO COMUNAL 23 DE ENERO II” se compromete a ejecutar el Proyecto “CONSTRUCCIÓN DE GALPÓN PARA LA PLANTA DE ROTOMOLDEO, MUNICIPIO GUANARITO ESTADO PORTUGUESA”, en un lapso de Cuatro (04) semanas.

CUARTA: La Alcaldía hace en entrega al Consejo Comunal mediante Cheque Nº 01850205, de la entidad Bancaria Banco Bicentenario de la siguiente manera y fechas 21/03/2013. QUINTA: “El CONSEJO COMUNAL 23 DE ENERO II” queda obligado con la Alcaldía a suministrar toda la información que sea requerida por esta, relacionada con la ejecución del Proyecto “CONSTRUCCIÓN DE GALPÓN PARA LA PLANTA DE ROTOMOLDEO, MUNICIPIO GUANARITO ESTADO PORTUGUESA” SEXTA: “El CONSEJO COMUNAL 23 DE ENERO II” queda obligado con la Alcaldía en informar mediante informe escrito sobre el avance físico y financiero del proyecto, así como también queda impuesto de la obligación de conformar un expediente del proyecto, el cual debe contener toda la documentación que respalde las operaciones vinculadas con dicho proyecto. SÉPTIMA: “El CONSEJO COMUNAL 23 DE ENERO II” queda obligado con la Alcaldía a rendir Memoria y cuenta sobre la ejecución del proyecto. OCTAVA: Para todos los efectos derivados de las obligaciones aquí contraídas, se elige la ciudad de Guanarito como domi¬cilio especial del pre¬sente Contrato. Así lo declaramos y otorgamos conformes en Guanarito a los Veintiún días del mes de Marzo de 2013.

POR LA ALCALDÍA; El CONSEJO COMUNAL;

AGUSTINA PARRA P. 23 DE ENERO II

ALCALDESA INTERINA

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