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CONSEJO COMUNAL


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2012  •  1.146 Palabras (5 Páginas)  •  278 Visitas

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OBJETO DE LA LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES: constitución, conformación, organización y funcionamiento de los consejos comunales como una instancia de participación para el ejercicio directo de la soberanía popular y su relación con los órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así como los planes y proyectos vinculados al desarrollo comunitario.

Constitución de La República Bolivariana de Venezuela

Ley Orgánica de Los Consejos Comunales

Ley Orgánica del Poder Popular

Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular

Ley Orgánica de Las Comunas

Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal

Ley Orgánica de Contraloría Social

Proyecto Nacional Simon Bolivar 2007 - 2013

Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos y Vivienda

Ley Orgánica de las Comunas

Esas instancias definirán patrones de consumo y vigilarán distribución de bienes

MAYELA ARMAS H.

EL UNIVERSAL

En el año 2006, el Ejecutivo nacional creó los consejos comunales para delegar en ellos la ejecución de los proyectos de las comunidades, pero poco a poco a esas instancias se les han dado más roles y ahora tienen una amplia participación dentro del modelo productivo socialista.

En la reforma constitucional que fue rechazada, la base del esquema económico era la producción social manejada por comunidades y comunas y en la exposición de motivos se apuntaba que "las nuevas formas de propiedad y la democratización del capital permitirán el control del poder popular en la producción y distribución de bienes y servicios". Y esa premisa ya se está empezando a cumplir.

En las leyes que fueron aprobadas en el marco de la Habilitante y que están vigentes desde el pasado 31 de julio el poder popular ejercido por los consejos comunales está presente en el manejo de las áreas industrial, agrícola y servicios.

Estructura

El primer paso dado por el Gobierno para elevar el poder de los consejos comunales fue incorporarlos a la estructura de la administración pública.

La Ley Orgánica de la Administración Pública señala que se integran esas instancias, debido a que están financiadas con recursos públicos. Y dado que están dentro de la estructura oficial los consejos asumirán algunas actividades que ejercen los entes y órganos públicos.

Su manejo presupuestario se tendrá que regir por lo previsto en el marco legal y adicionalmente deberán asumir compromisos de gestión, lo cual en gran medida condiciona las asignaciones de fondos.

Ese rango que se les otorga a los consejos comunales dentro de la administración pública se ensambla con la amplitud de sus funciones. En anteriores instrumentos esas instancias tenían roles de inspección, pero ahora irán más allá.

Patrones

En la Ley de Seguridad y Soberanía Alimentaria, los consejos comunales definirán los patronos de consumo de cada región.

El Ejecutivo ha sido insistente en crear un plan para el "consumo necesario" y el mismo ya comienza a ejecutarse. En ese texto que define la seguridad alimentaria se señala que a través de programas sectoriales el Gobierno podrá establecer sujetos a los cuales se les otorgará prioridad en el consumo de determinados productos agrícolas. Los consejos comunales de cada región determinarán los niveles de consumo comunal por rubro e identificarán a los beneficiados con base en determinados parámetros: situación socioeconómica y producción.

Esa definición de los parámetros de consumo se complementa con la formulación en la política para la distribución de insumos, la cual se "adecuará

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