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Ana Karen


Enviado por   •  12 de Enero de 2015  •  1.528 Palabras (7 Páginas)  •  269 Visitas

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SOLITO TE ENSARTAS en lo siguiente:

"solo un diputado de Convergencia contestò correctamente: 136."

Y aqui te va mi CONTRAARGUMENTO:

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tiene 136 artículos en nueve títulos y 19 artículos transitorios y se puede leerse de corrido en un tiempo estimado de entre 90 a 110 minutos.

Haciendo cuentas en total, son en realidad 155 artículos en TOTAL de la Constitución Mexicana.

¿Como la ves desde ahí... Turroncita?

TACHE para ese diputadillo INDIORANTE de Convergencia (y para ti también)... ¿no crees?

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Si: reconozco una vez mas que eres UN POBRE INDIORANTE que no sabe el TOTAL GENERAL de los articulos de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos.

Para que te LEAS YA DE PERDIDA:

http://mx.answers.yahoo.com/question/ind...

CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO.

En el municipio de Teoloyucan, Estado de México; siendo las doce horas, del día doce del mes de noviembre del año de dos mil catorce; estando presentes:

La C. Ana Karen Sandoval López, a quien en lo sucesivo y para efectos del presente contrato se le denominará “EL VENDEDOR” y por la otra el C. José Adrián Cañas López, a quien en adelante se le denominara “El COMPRADOR”, quienes d conformidad con lo previsto en los artículos 7.30, 7.31, 7.32, 7.33, 7.38, 7.43, 7.52, 7.366, 7.532, 7.533, 7.535, 7.539, 7.552, 7.562, 7.563, 7.564, 7.568, 7.571, 7.573, 7.580, 7.598, 7.599 y demás relativos y aplicables de Código Civil del Estado de México vigente; convienen en celebrar el presente contrato de COMPRAVENTA al tenor de las siguientes:

DECLARACIONES

PRIMERA.- “EL VENDEDOR”, manifiesta ser mayor de edad, con domicilio en la calle de Av. Benito Juárez, número exterior 7, colonia San Sebastián Xhala, del municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, identificándose con Credencial de Elector, expedida por el INE, con número de folio SNLPAN.

SEGUNDA.- “EL COMPRADOR”, manifiesta ser mayor de edad, con domicilio en la calle de las flores, número exterior 24, colonia Villa de las Flores, del municipio de Coacalco de Berriozábal, Estado de México, Identificándose con Credencial de Elector, expedida por INE, con número de folio ACLP52.

TERCERA.- “EL VENDEDOR”, es actual propietario del vehículo, de conformidad con la factura número: HMS428, expedida por Agencia CHEVROLET, en fecha 31/08/2004, a nombre de la C. Ana Karen Sandoval López, con las siguientes características: marca CHEVROLET, submarca FUSION, número de serie A1B2402, número de motor 5526327, clave vehicular AB1B242, placas de circulación SALA2894, matriculas del Estado de México, tarjeta de circulación 1281189710114, número de puertas 4, color rojo, y cuenta con los recibos del pago del Impuesto Sobre Tenencia, por los ejercicios fiscales, 2004. 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014.

CUARTA.- Ambas partes manifiestan y reconocen tener la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato, en términos del artículo 7.38 del Código Civil del Estado de México.

OBJETO DEL CONTRATO.- Es objeto del presente contrato, en términos de los artículos 7.65 fracción I y 7.66 del Código Civil referido, la compraventa del Vehículo citado en la declaración TERCERA del presente contrato, con las características y particularidades señaladas.

Por lo expuesto, y con fundamento en las disposiciones legales ante citadas, y por así convenir a sus intereses, es deseo y voluntad de las partes contratantes celebrar el presente contrato, sujetándose a las siguientes:

PRIMERA. En base a lo dispuesto por los artículos 7.532, 7.533 y 7.599 del Código Civil del Estado de México, la C. Ana Karen Sandoval López transmite la propiedad a través del presente contrato al C. José Adrián Cañas López, quien adquiere para sí el vehículo descrito en la declaración TERCERA del presente instrumento.

SEGUNDA. “EL COMPRADOR”, manifiesta su conformidad de las condiciones físicas y mecánicas en las que se encuentra el vehículo al momento de la operación de compraventa, por lo que a partir de la fecha de entrega del vehículo objeto de este contrato, los defectos que pudieran presentarse con posterioridad no darán lugar a la reclamación alguna, a excepción de lo dispuesto por el artículo 7.388 del Código Civil del Estado

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