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Analisis Del Ante Proyecto De La Ley Contra El Silencia Y El Olvido


Enviado por   •  13 de Octubre de 2011  •  9.525 Palabras (39 Páginas)  •  1.004 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Durante la cuarta República hubo alrededor de tres mil víctimas de torturas y desapariciones, busca y sancionar los crímenes cometidos por razones políticas durante el bipartidismo de gobiernos de derecha, orienta una normativa que permitirá al Estado “diseñar mecanismo expeditos para investigar y asumir públicamente la verdad de los graves hechos de violencia calificada contra miles de ciudadanos venezolanos” nos es fácil porque no es sembrar el odio, es hacer justicia y acabar con la impunidad en este país, para ver si algún día de verdad construimos organizaciones de iguales deberes y derechos, en donde el debate sea lo constante.

La interpretación y aplicación de las normas previstas en la elaboración de un proyecto de ley que sancione estos delitos se harán de conformidad con las disposiciones del Título 3° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a fin de construir una sociedad justa y amante de la paz.

También debe acoger los principios universales de la verdad, la justicia, preparación, equidad, humanismo, solidaridad y participación para subsanar los daños por la violación de los derechos humanos y adoptar medidas judiciales, sociales, educativas y de reivindicación política y moral, con el objeto de que se sancione a los actores intelectuales y materiales de semejante barbarie.

El Proyecto de Ley Contra el Silencio y el Olvido de las víctimas por parte del Estado desde 1958 hasta 1998, busca acabar con la impunidad en este país, el Articulo 29 de la CRBV, es una de la fundamentación jurídica, ya que dos terceras partes de la misma tienen que ver con el tema de los derechos humanos, tomando en cuenta los tratados y convenios internacionales humanitarios.

La Ley Contra el Silencio y el Olvido consta de cuatro capítulos y en el segundo establece la creación de la Comisión de la Verdad y la Justicia.

En su capítulo tercero recoge los mecanismos de reparación e indemnización a las víctimas.

Por otra parte, en su capítulo cuarto prevé lo concerniente a la Memoria Histórica de las luchas populares venezolanas, así como la garantía del “Nunca Más”, para resaltar que el pueblo Venezolano tiene derecho inalienable a conocer la verdad sobre los hechos de flagrante violación de Derechos Humanos cometidos por organismos de seguridad al servicio del Estado.

ANÁLISIS DE ANTEPROYECTO DE LEY.

PROYECTO DE LEY PARA SANCIONAR LOS CRÍMENES, DESAPARICIONES, TORTURAS Y OTRAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS POR RAZONES POLÍTICAS EN EL PERÍODO 1958-1998.

1.- Según la teoría de Hans Kelsen.

Según la teoría kelseniana de la jerarquía de las normas a “peldaños” la validez de cada norma vendría sustentada por la existencia de otra norma de rango superior y, así, sucesivamente. Este proceso no puede ser infinito y, para ello, debe existir una norma hipotética (ficticia) fundamental (la llamada Grundnorm). Cualquier norma jurídica no podría considerarse aisladamente sino como parte integrante de un marco normativo complejo y unitario (con sus propias reglas de autoproducción, vigencia y derogación). Respetando el orden jerárquico de las normas se formaría, así, un ordenamiento jurídico coherente. La validez de las normas, por tanto, vendría dada por el modo de producción de las mismas y no por su contenido. Este modelo dogmático de derecho, su juridicismo, significaba que el Derecho se intentaba comprender y justificar sólo desde el propio Derecho; sería una especie de “autismo jurídico” donde se evitarían las impurezas que proviniesen del mundo económico, moral, cultural o político.

1.2.- Distinguiremos dos definiciones básicas.

Ley formal y ley material.

Cuando nos referimos a las normas jurídicas dijimos que son preceptos coactivos emanados de autoridad competente, o sea de los órganos legislativos y por el procedimiento previsto en la Constitución Nacional, con carácter general Como característica las leyes tienen la virtud de aplicarse a todos, son generales, y no para individuos y casos particulares. Sin embargo hay ocasiones en que esto ocurre, por ejemplo cuando se otorga una pensión, o se ordena la erección de un monumento o se aprueba el presupuesto de la administración pública, o se autoriza al Estado a contraer un préstamo. A estas leyes se las llama leyes, pero solo en sentido formal, que no son verdaderas fuentes de derecho. Lo que les da el carácter de leyes en sentido “formal” es que han sido dictadas de acuerdo a las formas constitucionalmente previstas, por eso ciertos autores como Hänel también dicen que se trata de leyes, aunque la mayoría de la doctrina no lo admite. Tampoco para este sector de la doctrina serían leyes propiamente dichas pues no reúnen el carácter de obligatoriedad coercitiva como los caos expuestos o la que declare a una persona ciudadano ilustre, o las que expresan la satisfacción por alguna obra. Tampoco en estos casos las normas jurídicas rigen para el futuro, pues acaban con el fin específico que se propusieron cumplir.

Las leyes en sentido material son la Constitución Nacional, aunque no emane del Poder Legislativo, y las provinciales, las leyes provinciales o nacionales identificadas con un número, pero que tengan alcance general.

1.3.- Según la pirámide de Kelsen.

La Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y Otras Violaciones de los Derechos Humanos por Razones Políticas en el Periodo 1958-1998 en el desarrollo piramidal de Kelsen dentro del Ordenamiento Jurídico Venezolano la ubicamos en:

NIVEL LEGAL:

LEYES GENERALES: Instrumentos Jurídicos de rango legal, sancionado por el órgano representativo de la rama legislativa del Poder Público Nacional (Asamblea Nacional) de conformidad con la facultad de legislar que le consagra la CRBV -Sección Cuarta: De la Formación de las Leyes Artículo 202 “La ley es el acto sancionado por la Asamblea Nacional como cuerpo legislador. Las leyes que reúnan sistemáticamente las normas relativas a determinada materia se podrán denominar códigos”- y cuya finalidad no es otra que la de regular o normar una determinada rama del derecho. Ej. Ley de Carrera Administrativa, Ley del Servicio Exterior, etc…

Tipo de Ley: Ordinarias.

Proponente:

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