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Análisis sobre las técnicas legislativas y su impacto en las estrategias de cabildeo


Enviado por   •  28 de Agosto de 2017  •  Ensayos  •  1.148 Palabras (5 Páginas)  •  275 Visitas

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FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO

Análisis sobre las técnicas legislativas y su impacto en las estrategias de cabildeo

Cabildeo y Negociación Legislativa

Lic. Justino Reséndiz Gutiérrez

23/05/2017

En el presente trabajo se desarrollara la importancia y función de las Comisiones Legislativas, como órganos deliberativos principales y de estudio permanente de las iniciativas del Congreso Mexicano.


El objetivo principal del tema son las comisiones legislativas, que se refieren a la integración de un grupo reducido de miembros pertenecientes a las cámaras quienes, por especial encargo de la misma estudian con amplitud y detalle los asuntos para preparar los trabajos, informes o dictámenes que servirán de base al pleno para resolver en definitiva[1]. También se le puede entender como forma interna de organización que asume la cámara que integra al Congreso de la Unión, con el fin de atender los asuntos de la competencia constitucional y legal de éstas, para el mejor y más expedito desempeño de sus funciones.[2]

Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 39, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones son órganos constituidos por el pleno, las cuales, a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

En el caso de Francisco Berlín Valenzuela, nos menciona que las comisiones parlamentarias son expresión de los privilegios colectivos que corresponden a las asambleas, independientemente de los personales, que sus miembros posen y los cuales se encuentran contenidos en los reglamentos internos por considerarlos básicos para el cumplimiento de sus tareas

Así mismo, Susana Thalia Pedroza de la Llave, establece que las comisiones se pueden clasificar por su creación, por ministerio de ley y por acuerdo del pleno; y por su permanencia, ordinarias o transitorias especiales, en tanto se resuelve el objeto por el cual fueron creadas; por la materia que conocen, administrativas, de gobierno cameral, de funcionamiento interno, de estudio y consulta respecto al régimen y prácticas parlamentarias, de investigación, jurisdiccionales; y por el número de integrantes, determinado, determinable e indeterminado.

Vale destacar que en el caso de México las comisiones tienen una serie de tareas y funciones, las cuales son elaborar su programa anual de trabajo; rendir un informe semestral de sus actividades; organizar un informe semestral de sus actividades; organizar y mantener un archivo de todos los asuntos que les sean turnados, que deberá ser entregado a la Legislatura siguiente; sesionar cuando menor una vez al mes; resolver los asuntos que la mera directiva de la cámara les turne; dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en términos de los programas legislativos y realizar las actividades que se deriven de las leyes, de los ordenamientos aplicables, de los acuerdos tomados por el pleno de la cámara y los que adopten por si mismas con relación a la materia o materias de su competencia.

Además, las comisiones tienen en su encargo la argumentación y el debate de los asuntos que le son turnados; debido a que en ellas, se abre el espacio para informar, explicar y justificar las propuestas de ley para que sean votadas por la asamblea; son vital importancia ya que estas tienen el poder de que las iniciativas continúen, o no, su trayecto en el proceso legislativo mediante la aprobación, rechazo o estancamiento de las mismas.

Por una parte la técnica legislativa según Sainz Moreno señala que consiste en el arte de redactar los preceptos jurídicos de forma bien estructurada, que cumpla con los principios de seguridad jurídica y los principios generales de derecho; asimismo, Manuel Atienza, señala que constituye el conjunto de recursos y procedimientos para elaborar un proyecto de norma jurídica, bajo los siguientes pasos: la exposición de motivos de la norma, la redacción del contenido material, de manera clara, precisa, breve sencilla y accesible a los sujeto que está destinada.

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