CASOS MEDICINA LEGAL
Luis34jnApuntes16 de Enero de 2020
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CASO 1
Un médico de un hospital extendió el certificado de muerte de una mujer, la cual había sido modelo profesional; había sufrido un accidente de tránsito y, después de permanecer varias semanas hospitalizada, finalmente había fallecido a consecuencia de un paro respiratorio.
El médico constató los signos inmediatos de la muerte y determinó el fallecimiento de la ex modelo. De inmediato, el cadáver fue trasladado al anfiteatro del hospital para que se le practicara la necropsia, a petición de los familiares.
Ya en el anfiteatro, el vigilante del mismo, que era necrófilo, tuvo relaciones sexuales con el cadáver; cuál sería su sorpresa que, en pleno acto sexual, la mujer revivió.
Al darse cuenta de que había sido abusada por el vigilante y ya recuperada de su letargo, la ex modelo acudió a las oficinas del Ministerio Público adscrito al hospital a denunciar al vigilante por el delito de violación; el abogado defensor argumenta que en el presente caso no puede haber violación, pues médicamente la mujer estaba muerta; en todo caso hubo necrofilia, pero no violación.
1.-Argumente y fundamente la responsabilidad legal del médico que certificó la muerte de la modelo.
2.-Argumente y fundamente si hubo necrofilia o violación en el presente caso.
CASO 2
En la defensa de un caso a usted, abogado de una de las partes, le presentan dos documentos periciales. El primero de ellos es un documento en el que el perito hace una afirmación categórica de un hecho médico que le consta, es decir, que ya fue comprobado por dicho perito; además, dicho peritaje se refiere a hechos presentes y está firmado por un solo perito. Este documento fue solicitado por una de las partes.
El otro documento, se da cuenta usted, fue solicitado por un juez penal, y en él se exponen demostraciones que corresponden a la opinión que se desprende del examen razonado de los hechos; este segundo documento se refiere a hachos pasados y está firmado por dos peritos.
1.-Argumente cuál de los dos documentos es un dictamen y cuál un certificado.
CASO 3
Espiridión Pipincle decidió realizar un viaje en barco; adquirió un paquete en un crucero y se fue a recorrer el mundo.
Cierto día, estaba en la cubierta del barco, asoleándose y tomando unas copas de champagne; había pedido una botella de la espumosa bebida, y ya había consumido la mitad del contenido; Espiridión ya estaba mareado.
Fue en ese momento cuando Ponciano Turrubiates, capitán del barco, tropezó con la mesa en la que estaba la botella de Espiridión; ésta cayó al piso y se rompió; sin embargo, Ponciano continuó caminando, como si no se hubiera dado cuenta de lo sucedido.
Espiridión fue tras él, y le dijo: ¡Oiga amigo, acaba de romper mi botella y me la tiene que pagar! Ponciano contestó: ¡Yo no soy su amigo, no sé qué madre lo parió a usted ni de qué botella me habla, borracho de terreno baldío!
Estas palabras fueron suficientes para que Espiridión entrara en cólera; regresó a donde estaba la botella rota, tomó en sus manos el cuello filoso de la misma y se lo clavó a Ponciano en plena garganta; la sangre brotó como agua de manguera a presión.
Espiridión movía el cuello de botella hacia ambos lados de la garganta de Ponciano, como si pretendiera decapitarlo; acto seguido, extrajo el filoso instrumento de la garganta y procedió a enterrarlo una veintena de veces en el estómago de Ponciano; la zona abdominal de éste parecía un coladera.
Convulsionándose, Ponciano comenzó a trastabillar y a deslizarse hacia el barandal del barco; con tan mala suerte, que el barandal se rompió y el cuerpo de Ponciano se precipitó al mar. Varios días fue buscado el cadáver, pero no lograron encontrarlo.
Espiridión fue detenido y llevado al Ministerio Público del primer puerto en el que el barco hizo escala. Espiridión declaró: ¡lo lesioné, pero no fui yo quien lo mató; seguramente fueron los tiburones!
Los médicos legistas y el agente del Ministerio Público interrogaron a doce testigos que presenciaron los hechos, haciéndoles preguntas acerca de las lesiones que Espiridión le había inferido a Ponciano; con estos datos, los médicos dictaminaron que Ponciano había fallecido a “causa de la herida en la tráquea, producida por instrumento cortante, misma que calificamos de mortal”.
En vista de los datos que obraban en el expediente, en estos momentos Espiridión está siendo consignado, pues con dichos elementos el agente ministerial ha tenido por comprobado el cuerpo del delito de homicidio.
Espiridión lo ha contratado a usted para que se encargue de su defensa; él considera que no se puede tener por comprobado el cuerpo del delito que se le imputa, toda vez que no existe cadáver ni necropsia que acrediten la comisión de la conducta por la que se le está consignando: “únicamente se me debe consignar por las lesiones, pero no existe ninguna prueba que demuestre que yo lo maté” -dice muy seguro Espiridión.
1.-Argumente y fundamente, incluso con jurisprudencia, si son legalmente correctas las consideraciones de Espiridión.
CASO 4
Los familiares de la víctima de un homicidio lo contratan a usted para que los asesore acerca de las conclusiones del médico legista que realizó la necropsia al cadáver de dicha víctima. En el dictamen se concluye que: “Omogomo Gómez Gomara falleció a consecuencia de las lesiones provocadas por proyectil de arma de fuego en el lóbulo medio del pulmón izquierdo, misma que se califica de mortal”.
De inmediato, usted consulta diversas páginas médicas en internet, así como varios libros de medicina y se percata de lo siguiente: las páginas electrónicas y los libros mencionan que es el pulmón derecho el que tiene tres lóbulos o secciones: superior, medio e inferior; mientras que el pulmón izquierdo sólo tiene dos lóbulos o secciones: superior e inferior.
Entonces, ¡algo anda mal! –piensa usted.
1.-Argumente y fundamente si impugnará dicho dictamen.
CASO 5
Un médico legista adscrito al Semefo practicó la siguiente necropsia. Se trataba del cadáver de un individuo que había sido encontrado muerto en la habitación de un hotel; tenía un disparo a la altura de la sien derecha; la herida presentaba todas las características de un disparo al contacto.
La policía investigadora y los servicios periciales aún no habían establecido la mecánica de los hechos, por lo que aún se dudaba si dicho individuo se había suicidado, o si lo habían privado de la vida. Lo cierto, es que en la habitación se habían encontrado algunos frascos de veneno y una soga. Alrededor del cuello presentaba un surco completo y horizontal.
Entonces, el médico legista mencionado procedió a practicar la necropsia, la cual consistió únicamente en abrir la cavidad craneana, describir las lesiones y sus efectos en el encéfalo, y emitir el dictamen respectivo, cuya única conclusión establecía que el individuo “falleció a consecuencia de las lesiones causadas al encéfalo por disparo de arma de fuego, descritas con el numero 1; por ser evidente la causa de la muerte, ya no se procede a la apertura de las cavidades torácica y abdominal”.
El abogado de los familiares de la víctima está impugnando dicho dictamen, argumentando que la metodología de dicha necropsia es incompleta, pues se debieron abrir las otras dos cavidades. El médico afirma que es suficiente con la apertura de la cavidad craneana.
1.-Argumente y fundamente quién de los dos personajes tiene la razón.
CASO 6
Una de las hipótesis del rictus de desesperación y dolor que se observa en los rostros de las momias de Guanajuato, establece que esas personas fueron enterradas vivas; o bien, que todas murieron de catalepsia, y que cuando despertaron ya estaban enterradas; entonces, el rictus posmortem refleja la angustia de esas personas por querer salir y por la asfixia que padecieron.
1.-Argumente qué tan consistente pudiera ser la hipótesis descrita.
CASO 7
Diversos reporteros de Televisa, TV Azteca, El Metro, Alarma y La Prensa acudieron a cubrir la nota de una balacera que se estaba protagonizando en Tingüindín, pueblito ubicado en el norte de Michoacán. Ya estando en el lugar de los hechos, se percataron que una persona era abatida por diversos disparos de arma de fuego. De hecho, esta persona cayó a tan sólo medio metro de donde estaban ubicados los reporteros. También observaron que, cuando el individuo cayó al suelo, se convulsionó durante un minuto, y luego se quedó quieto. Todos anotaron la hora en que el sujeto había muerto: las seis de la tarde con cero minutos del 13 de junio del 2010; y así lo reportaron a sus respectivos medios.
El cadáver fue levantado por las autoridades competentes y con la metodología adecuada; enseguida, fue trasladado al anfiteatro del lugar; sin embargo, por exceso de cadáveres y turno que les correspondía, al del sujeto descrito se le practicó la necropsia hasta las diez de la mañana del día siguiente.
Es el caso que los periodistas tuvieron acceso al dictamen de necropsia, percatándose que el cronotanatodiagnóstico establecía que el sujeto, por los signos cadavéricos que presentaba, había fallecido “entre 14 y 18 horas antes del momento de nuestra intervención”.
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