ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Medicina Legal


Enviado por   •  2 de Abril de 2014  •  2.553 Palabras (11 Páginas)  •  195 Visitas

Página 1 de 11

MEDICINA LEGAL

CONCEPTO: Es el conjunto de conocimientos médicos necesarios para resolver los problemas que plantea el derecho.

RELACIONES DE LA M.L. CON OTRAS CIENCIAS: Se relaciona con todas las otras ramas de la ciencia como la química, física, biología, psicología, psiquiatría forense, y la entomología forense está muy útil para determinar el tiempo transcurrido entre el momento q se produjo la muerte y el hallazgo del cadáver.

EL MEDICO LEGISTA O FORENSE. (También llamado Perito): Es el Perito en la Medicina Legal. Participa de la defensa de la sociedad contra el crimen. Su informe es transcendente e importante.

PERITO: Persona q posee determinado conocimiento de su rama o arte, llamado para dictaminar o informar sobre hechos de lo q cualquiera no va a poder opinar como corresponde, por ser lego en tal materia.

COMPETENCIAS: art.183 COJ

Dictaminar por mandato judicial en los casos de enfermedad, impedimento físico o incapacidad de procesados y condenados que requieran tratamiento especial fuera del establecimiento penal.

Establecer el diagnostico y pronostico en los atentados a la vida, a la salud y al pudor de las personas que den lugar a procedimiento judicial.

Practicar el reconocimiento del cadáver y la autopsia en los casos exigidos x la investigación judicial, describiendo exactamente la operación e informando sobre el origen del fallecimiento y su causa.

Intervenir en todas las cuestiones médico-legales que se plantean en los procesos judiciales y asesorar al juzgadosobre las diligencias de orden científico conducentes a la investigación del hecho.

NOMBRAMIENTO DEL MEDICO FORENSE :

Debe ser especialista en Ciencia Forense.

Nombrado por Resolución de la CSJ.

Nombrado por el Fiscal Gral. del Estado.

CUALIDADES DEL MEDICO FORENSE:

Objetivo

Veraz

Imparcial

EJERCICIO LEGAL:

Ser egresado de una Univ. Nacional o Privada

Ser egresado de una Univ. Extranjera q tenga convenio con Paraguay.

Hacer visaciòn de Certificado y Titulo por el MEC

Visacion de Certificado y titulo en la embajada del país y Ministerio De Relaciones Exteriores, si es extranjero.

Visacion de Certificado y Titulo por el MSP y BS. Quien otorga el Registro Medico.

EJERCICIO ILEGAL:

Curanderismo: no tiene título habilitante.

Charlatanismo: es medico profesional pero promete curas milagrosas.

Cesión de diplomas: Es profesional el que firma la receta pero el que otorga es otra persona o vende su receta en blanco solo con firma y sello.

Usurpación de título: usurpa el titulo o identidad del Dr. generalmente hacen los funcionarios públicos.

ETICA CONCEPTO:

Es la ciencia que estudia el comportamiento humano.

Son normas de conducta para la convivencia en sociedad.

Ciencia que juzga los actos humanos como buenos o malos.

Principios Éticos:

a) Princ. De Autonomía: que el ser humano es autónoma, única e irrepetible.

b) Princ. De Justicia: Dar a cada uno lo que es suyo.

c) Princ. De Benevolencia: Hacer el bien, la excepción seria la legítima defensa.

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL (del latín respondere)

Obligación

de Responder por los actos. Ella puede ser

Personal: responde ante su conciencia.

Profesional: responde ante organismos especializados.

Jurídica: responde ante la justicia por actos cometidos.

RESPONSABILIDAD JURIDICA:

PENAL: cuando se lesionan bienes sociales. El resarcimiento es la aplicación de una pena. DOLOSA: fue intencional. CULPOSA: no fue intencional.

CIVIL: cuando se lesionan bienes patrimoniales, el resarcimiento es económico.

ADMINISTRATIVO: cuando se lesionan bienes de entidades públicas.

EL ACTO MEDICO: Es toda clase de tratamiento, intervención o examen con fines diagnostico, terapéutico o de rehabilitación llevado a cabo o bajo la responsabilidad de un medico profesional con título académico q garantiza la actitud científica, con remuneración económica como compensación al trabajo profesional.

NATURALEZA JURIDICA DEL ACTO MEDICO:

Los tratadistas lo comparan como un contrato de arrendamiento de servicio Art. 845-850 CCP.

Las semejanzas con el contrato son:

BILATERAL: Existen obligaciones reciprocas. El médico se compromete con la técnica y conocimiento y el paciente con remunerar dicho acto.

CONSENSUADO: Debe existir consentimiento y conformidad, aun siendo gratuita la asistencia.

ONEROSO: Como toda actividad profesional existe remuneración, aun habiendo atención gratuita.

CONMUTATIVO: Equilibrio entre el valor de lo q se percibe y la cuantía de lo q se da.

PERSONAL: Afecta a la persona q libremente a elegido a su médico. Contrato de confianza.

INFORMAL: No es necesario q la misma sea por escrito.

CONTRATO DE MEDIO: No es un contrato de resultado, ya q engendra una obligación de medio, esto quiere significar q el médico no puede prometer cura o resultado preciso.

RESPONSABILIDAD PENAL DEL MEDICO:

Responde por una conducta tipificada como prohibida, para q exista responsabilidad debe existir una relación de CAUSALIDAD.

CLASES:

DOLOSA: Actúa

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (18.2 Kb)  
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com