Codigo De Etica Del Abogado
patab2 de Julio de 2013
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CÓDIGO DE ÉTICA DEL ABOGADO
Artículo 1.-La profesión de Abogado impone defender gratuitamente a los pobres.
Artículo 2.- El Abogado debe ser un servidor de la justicia y así mismo aplicarla conforme a derecho con base en las leyes de la constitución y de las que se emanan.
Artículo 3.- El Abogado debe mantener el honor y la ética profesional
Artículo 4.- - El Abogado es libre para hacerse cargo de la defensa de un acusado, sin importar la opinión personal ya que debe de cumplir con su deber implementando los recursos necesarios para lograr un buen trabajo.
Artículo 5.- El Abogado debe abstenerse de emplear actos innecesarios que puedan dañar el buen desarrollo del proceso
Artículo 6.- El Abogado debe guardar el secreto profesional constituye un deber y un derecho del Abogado.
Artículo 7.- El Abogado debe hacer las revelaciones necesarias para prevenir un acto delictuoso o proteger a personas en peligro.
Artículo 8.- El abogado debe de tener una reputación de capacidad profesional y honradez.
Articulo 9.-El Abogado que remunera o gratifica directa o indirectamente a una persona que está en condiciones para recomendarlo, obra contra la ética profesional.
Artículo 10.-Las relaciones del Abogado con su cliente deben ser personales. El patrocinio de estas instituciones no obliga al Abogado a patrocinar a las personas físicas que actúan por ella.
Artículo 11.- Tan pronto como un cliente solicite para cierto asunto los servicios de un Abogado, si éste tuviere interés en él , lo deberá revelar a éste y abstenerse de prestar ese servicio.
Artículo 12.- Una vez aceptado prestar el servicio el Abogado no podrá renunciarlo sino por causa justificada sobreviniente que afecte su honor, su dignidad o su conciencia, o implique incumplimiento de las obligaciones morales o materiales del cliente hacia el Abogado, o haga necesaria la intervención exclusiva de profesional especializado.
Artículo 13.- El Abogado debe de procurar que su cliente guarde respeto a los magistrados y funcionarios, a la contraparte, a sus Abogados y a los terceros que intervengan en el asunto; y porque no hagan actos indebidos.
Artículo 14.- Como norma general, el Abogado tendrá que servir a la justicia y colaborar en su administración. El provecho o retribución nunca debe constituir el móvil de los actos profesionales.
Artículo 15.- En caso de que el cliente no esté conforme de cómo el abogado esta llevando su asunto éste deberá renunciar a dicho patrocinio.
Artículo 16.- No es recomendable en principio que el Abogado convenga con su cliente en expresarle los gastos del asunto.
Articulo 17.- El Abogado debe ser correcto con sus colegas y facilitar la solución momentáneos o de fuerza mayor esté imposibilitado para servir a su cliente.
Artículo 18.- El Abogado puede entrevistar a los testigos cual sea la causa en la que intervenga, pero no debe inducirlos por ningun medio alguno a que se aparten de la verdad
Artículo 19.- El Abogado solo podrá asociarse para ejercer la profesión con otros colegas, y en ningún caso con el propósito ostensible o implícito de aprovechar su influencia para conseguir asuntos
Artículo 20.- El Abogado al tener cierto titulo como tal en licenciatura en derecho tendrá que hacer su juramento en hacer cumplir cada norma que rija dicho Código de Ética
Artículo 21.- Si el abogado que esta llevando a cabo el asunto no es competente para dicha materia, se lo hará saber al cliente y así mismo si es posible recomendarle un colega.
Artículo 22.- El abogado tendrá que ser respetuoso, humilde y dirigirse de la manera más correcta ante toda clase de persona.
Artículo 23.- El abogado tendrá que dirigirse con respeto con sus colegas para poder llegar a un convenio y así mismo terminar el
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