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CODIGO DE ETICA DEL ABOGADO


Enviado por   •  22 de Julio de 2013  •  3.962 Palabras (16 Páginas)  •  452 Visitas

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Prólogo del Equipo

El Abogado es "Un llamado en auxilio" ejerce profesionalmente la defensa jurídica de una de las partes en juicio, así como los procesos judiciales y administrativos ocasionados por ella. Además, asesora y da consejo en materias jurídicas. Se habla de que la abogacía puede ser la más noble de las profesiones o el más vil de los oficios, pero que siempre tenemos que tener un honor y dignidad para luchar por la justicia.

La dignidad del abogado puede apreciarse si se toma en cuenta que el valor de un acto humano se mide por la elevación del fin que persigue. El fin de la actividad del abogado es realizar la justicia por medio del derecho. El derecho persigue fines enlazados entre sí, la justicia, el orden, la seguridad, la libertad, y la paz, que final mente se concreta en servir al perfeccionamiento y realización del hombre en toda su plenitud e integridad. El deber ético del abogado para con sus clientes es servirlo con eficiencia y empeño, hacer valer sus derechos sin temor enemistarse de las autoridades ni al mal concepto, no debe subordinar su libertad ni su conciencia a su cliente.

El abogado tiene la obligación de juzgar sobre la justicia y procedencia jurídica del asunto que se le encomiende. Está obligado a ilustrar al cliente sobre la justificación moral de causa y las posibilidades de éxito.

La actitud ética personal, frente a los demás seres humanos obliga al abogado a ser respetuosos, generosos, nobles, considerados y justos; independiente de la edad, raza, sexo o posición social de los demás individuos, conlleva el compromiso ineludible de prestar ayuda profesional a quien lo necesite.“Los abogados son arquitectos del alma de la gente. “Los abogados trabajamos sobre el “deber ser”, que es intangible” diferente a los médicos, ingenieros o arquitectos quienes trabajan sobre cosas físicas como los cuerpos, los materiales o los planos. Gracias Doctora Maritza Rodríguez por sus sabios consejos y orientaciones al formar Arquitectos del Alma..

Introducción

La responsabilidad del abogado es tan antigua como la profesión y era posible encontrar normas sobre ella en el Código de Justiniano o Las Ordenanzas Reales de Castilla.

En éstas se decía que "si por negligencia e ignorancia del abogado, que se pueda colegir de los actos del proceso, la parte a quien ayudare perdiere su derecho, tiene que pagar a su defendido por el daño que le causó, con costas, y en juicio breve”.

Pero hasta hace poco se discutía y se afirmaba que el abogado sólo sería responsable ética y no jurídicamente.

La aplicación de las normas deontológicas es hoy día indispensable en el quehacer cotidiano del hombre, pero sobre todo en aquellas que desarrolla el jurista, que si bien ejerce una profesión humanista con altos valores éticos como la justicia, la equidad, la lealtad, la verdad y la seguridad jurídica, es común que de él se escuchen, de entre la vox populi, frases tan conocidas y lapidarias como: "Entre abogados te veas", "Dios libre a esta casa de abogados", "Ojalá nunca tenga que caer en manos de un abogado", "Mi abogado se vendió a la otra parte", "Abogángster", y muchas otras similares.

Es claro que las más de las veces estas expresiones son injustas, pues ciertos pseudo profesionales del derecho, denominados con bien ganado sarcasmo "leguleyos", "picapleitos", "coyotes", "simuladores", "tinterillos", etc., se ostentan como abogados sin serlo y han desprestigiado tan noble actividad. Por las razones señaladas es importante fomentar y poner en práctica las normas deontológicas en cualquier ámbito social o del conocimiento en que nos desenvolvamos, de manera especial entre estudiantes y profesionales del derecho, a fin de que las mismas dejen de ser letra muerta y se conviertan en una exigencia, tal como lo demandan los tiempos y la sociedad actuales.

En un sentido etimológico, Deontología hace referencia a la ciencia del deber o de los deberes:

Deon, deontos: significa obligación, deber.

Logía: expresa conocimiento, estudio.

Deontología, por tanto, es para Hébarre "el conjunto de reglas de carácter ético que una profesión se da a sí misma y que sus miembros deben respetar".

El concepto deontología fue acuñado por Jeremías Bentham (1834) en su obra “Deontología o ciencia de la moral”, en donde ofrece una visión de esa disciplina que no ha sido, sin embargo, compartida por todos los estudiosos del tema. Para Bentham, la deontología se aplica fundamentalmente al ámbito de la moral, es decir, a aquellas conductas del hombre que no forman parte de las hipótesis normativas del derecho vigente. Trata, pues, del espacio de la libertad del hombre sólo sujeto a la responsabilidad que le impone su conciencia. Asimismo, Bentham considera que la base de la deontología se debe sustentar en el principio de la utilidad, lo cual significa que los actos buenos o malos de los hombres sólo se explican en función de la felicidad o bienestar que puedan proporcionar.

Se puede decir que mientras en Bentham la deontología se entiende a partir de sus fines (el mayor bienestar posible), para Kant la deontología es en sí misma una ciencia de los deberes o imperativos categóricos en la que no importan los fines, sino la intencionalidad del acto, independientemente de las consecuencias materiales de aquél. La base de la ética kantiana se encuentra en el siguiente principio básico: "Obra siempre de acuerdo con aquella máxima que al mismo tiempo puedes desear que se convierta en ley universal". Y eso quiere decir que una persona actuaría éticamente si está de acuerdo en que su regla de conducta debe ser aplicada por todo aquel que se llegara a encontrar en una circunstancia similar.

El instrumento deontológico es muy importante porque incorpora instituciones que enaltecen a la abogacía y estimulan la vocación de servicio con una protección amparada en la solidaridad de todos los abogados. El Código de ética es de obligatorio cumplimiento para todos los profesionales del Derecho en su vida pública y privada.

La Deontología Jurídica se define como la Ciencia de los Deberes.

Su objetivo principal es ayudar a la formación de futuros profesionales del derecho para que sean capaces de guiar su conducta de acuerdo a altos valores éticos y morales.

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