ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Contratos reales mutuo y comodato


Enviado por   •  6 de Julio de 2014  •  Trabajos  •  611 Palabras (3 Páginas)  •  254 Visitas

Página 1 de 3

CONTRATOS REALES MUTUO Y COMODATO

Por: ANA CECILIA VILLEGAS - ANDREA VARGAS OVALLE - PAOLA CUELLAR DUARTE KAROL GÓMEZ OBANDO - OLGA RÍOS PINEDA

CONTRATOS REALES: MUTUO Y COMODATO

Desde el derecho romano se han conocido, cuatro tipos de contratos reales: el mutuo, el comodato, la prenda, y el depósito.

En todo contrato real son esenciales dos requisitos:

1. Entrega de la cosa para nacer a la vida jurídica.

2. Acuerdo de las voluntades sobre la finalidad real de la entrega. “Si no había acuerdo no había contrato, y si faltaba la entrega, el acuerdo era nulo’’.[1]

1. CONTRATO DE MUTUO O DACIÓN DE CONSUMO (MUTUO DATIO)

El mutuo o mutuum, llamado también en las legislaciones modernas préstamo de consumo, es un contrato real, principal, unilateral, de derecho estricto, gratuito por naturaleza, en virtud del cual una persona (mutuo dans o mutuante) transfiere a otra persona (mutuo accipiens o mutuario), la propiedad de una determinada cantidad dinero o de otras cosas fungibles (pecunia mutua, cantidad cierta) y se las entrega, obligándose el mutuario a restituir cosas de la misma especie, en la misma cantidad y calidad.

1.1 Características:

ü Es un contrato unilateral: Sólo engendra obligaciones para una de las partes, esto quiere decir, que el mutuario que debe restituir cosas de la misma especie, cantidad y calidad y el mutuante o prestamista no adquiere obligación alguna, sólo cede su beneficio.

ü El objeto del contrato de mutuo: Únicamente puede recaer sobre una suma de dinero u otras cosas fungibles (deben ser cosas de género y no cuerpos ciertos, para poderse restituir, muebles y, por lo general, consumibles).

ü Es requisito esencial del mutuo: Es necesaria la transmisión de la propiedad de las cosas fungibles o la suma del dinero al mutuario. La entrega que hace el mutuante es una verdadera tradición. Si el prestamista no era dueño del dinero no podía trasmitir la propiedad y por consiguiente no había mutuo.

ü Es un contrato de derecho estricto: En el sentido de que el juez sólo debe investigar si se hizo una tradición (título o al menos un justo título) por causa del mutuo. Si ello es así, debe condenar al deudor a devolver la suma recibida o lo que la cosa valga.

ü El mutuo es un contrato gratuito por naturaleza y oneroso por excepción: A pesar de la gratuidad del préstamo de consumo, nada impide que mutuante y mutuario estipulen unos intereses (usurae) del capital o de la cantidad prestada, a través de una stipulatio verbis anexa al contrato. El préstamo mutuo con intereses se denomina fenus.

1.2 Efectos y obligaciones

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.7 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com