ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Cooperación Judicial


Enviado por   •  30 de Mayo de 2013  •  1.391 Palabras (6 Páginas)  •  412 Visitas

Página 1 de 6

Entendemos por cooperación jurisdiccional internacional toda aquella actuación procesal desplegada en un Estado al servicio de un proceso incoado o a incoarse en otro. Actividad originada en providencias emanadas de órganos jurisdiccionales, cuya finalidad es lograr que el proceso se entable, desarrolle o afiance en sus resultados, a través de acciones que los órganos jurisdiccionales locales han de llevar a cabo. La definición involucra la actuación de órganos jurisdiccionales tanto en calidad de exhortantes cuanto de exhortados,1debiéndose entender por tales, aquellos que pertenecientes o no al Poder Judicial, tengan a cargo función jurisdiccional.2 Distintos textos convencionales y de fuente nacional, vigentes en la materia,3 prevén expresamente que las solicitudes de cooperación emanen de órganos jurisdiccionales

DESARROLLO

Es la colaboración judicial, además de la policial, entre países, en vistas a luchar contra el delito para ubicar a autores de hechos ilícitos que han traspasado las fronteras donde lo han cometido. La piratería aérea, el terrorismo internacional y la lucha contra el tráfico de drogas, son dos delitos contra los que se requiere unirse para luchar contra ellos, que exceden la tradicional forma de cooperación que era la extradición de delincuentes.

Un Estado no puede realizar ningún acto oficial en el territorio de otro Estado, como tomar declaración al imputado o a testigos, hacer notificación de citaciones o sentencias, realizar la incautación de medios de prueba, etcétera, pues allí carece de soberanía. Para ello debe solicitar la cooperación de ese Estado extranjero basado en los principios de cooperación, reciprocidad y confianza, mediante un escrito, donde el Estado requerido llevará a cabo lo solicitado de acuerdo a las normas procesales de su propio Estado.

El Estado requerido deberá examinar si el delito imputado es también delito en su propio Estado.

En el caso de la extradición hay un país al que se llama requirente, donde existe un proceso penal abierto, o un organismo internacional que hace una solicitud de cooperación a un país requerido, a fin de solicitar la extradición de un delincuente

La creación de la Corte Penal Internacional supuso un gran paso en la cooperación internacional, ya que se ocupa de los crímenes más graves (de lesa humanidad, crímenes de guerra o genocidios) al respecto de los cuales determina la extradición, la asistencia judicial entre estados, y la ejecución de sentencias penales que la Corte Penal haya impuesto.

La cooperación judicial internacional puede identificar hasta dos formas distintas de colaboración. Por un lado, la que brinda y ejecuta una autoridad nacional para la aplicación del derecho penal de un Estado extranjero. Pero también, la que consiste únicamente en la tolerancia de la actuación de las personas designadas por un Estado extranjero en territorio nacional (Luis De Castello Cruz. In forme del Brasil. Cooperación Interamericana en los Procedimientos Penales. Universidad Nacional Autónoma de México. México, 1983, p. 118)

Según el citado autor brasileño la primera modalidad de colaboración corresponde a una cooperación activa, mientras que la segunda expresa una forma de cooperación pasiva. Cabe también distinguir a los Estados que resultan relacionados con un proceso de asistencia judicial mutua internacional penal, a partir de la posición que ocupan en el acto de cooperación. Esto es, según les corresponda ofrecer o demandar dicha colaboración. En ese sentido, se considera Estado requirente a quien solicita la colaboración judicial y Estado requerido al que la debe brindar.

Es de señalar que la asistencia mutua a la cual nos referimos, tiene siempre una operatividad supletoria. Ella solo funciona en la medida en que resulte ˙tal a uno de los países cooperantes, para perseguir y reprimir la comisión de un hecho delictivo que esta• considerado dentro de los marcos de aplicación de los convenios de cooperación suscritos. Lo cual, por lo general depende de varios indicadores como la gravedad del delito, las dimensiones del dado por Él ocasionado, o la jerarquía de los bienes jurídicos que han sido afectados. Es así que resulta frecuente que la cooperación judicial en materia penal no sea empleada para los casos de formas delictivas de escasa gravedad.

Sin embargo, la asistencia mutua penal no está• subordinada a la naturaleza específica del hecho punible que la motiva. Ella, por tanto, puede ser utilizada contra formas de criminalidad convencional o no convencional; contra delitos que afecten bienes jurídicos individuales o colectivos; y tanto para infracciones de alcance nacional, como también para supuestos referidos a delitos internacionales o de carácter transnacional. La efectividad, pues, de los procedimientos de asistencia se proyecta contra la impunidad tanto de delito comunes como el robo o el homicidio, así

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.3 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com