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Derecho Fiscal

yariis10 de Marzo de 2013

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Página 1 de 72

Tecnológico de Estudios Superiores del

Oriente del Estado de México

Derecho Fiscal

Apuntes

Prof.: Lic. Maria de Lourdes Reyes Jiménez

Lic. Alejandro Nájera Martínez

Julio 2006

Indice

UNIDAD I.

DISPOSICIONES GENERALES DEL DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIO

1.1. DEFINICIÓN DE DERECHO FISCAL

1.2. DEFINICIÓN DE DERECHO TRIBUTARIO.

1.3. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DE LA CONTRIBUCION.

1.4. JERARQUIA DE LAS LEYES FISCALES.

1.6. AMBITO ESPACIAL DE LAS LEYES FISCALES.

1.7. TEMPORALIDAD DE LAS LEYES FISCALES.

1.8 METODOS DE INTERPRETACION DE LAS LEYES FISCALES.

UNIDAD II.

ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO

2.1. CONCEPTO DE FINANZAS PÚBLICAS.

2.2. CONCEPTO DE DERECHO FINANCIERO

2.3. ASPECTO ECONOMICO, POLITICO, TECNICO Y SOCIOLOGICO DEL

DERECHO FINANCIERO.

2.4. FUENTES FORMALES DEL DERECHO FINANCIERO.

2.5. INGRESOS DEL ESTADO Y SU CLASIFICACION

2.6. LA POTESTAD TRIBUTARIA

2.7. LA COMPETENCIA TRIBUTARIA

UNIDAD III.

LA OBLIGACION TRIBUTARIA

3.1. TEORIA DE LA CONTRIBUCION

3.2. RELACION TRIBUTARIA

3.3. CARACTERISTICAS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA.

3.4. SUJETOS DE LA RELACION TRIBUTARIA

3.5. HECHO GENERADOR DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA

3.6. HECHO IMPONIBLE DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA.

3.7. NACIMIENTO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA.

3.8. EFECTOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA

3.9. FORMAS DE EXTINCION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA

UNIDAD IV.

LAS CONTRIBUCIONES

4.1. CONCEPTO DE TRIBUTO O CONTRIBUCION

4.2. CONCEPTO DE IMPUESTO

4.3. PRINCIPIOS GENERALES DE LOS IMPUESTOS

4.4. ELEMENTOS DE LAS CONTRIBUCIONES

4.5. NATURALEZA DE LAS CONTRIBUCIONES.

4.6. CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS

4.7. EFECTOS DE LA TRIBUTACION

4.8. EXCENCION EN EL PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES

4.9. FORMAS DE EXTINCION DE LAS CONTRIBUCIONES.

UNIDAD V.

DISPOSICIONES GENERALES DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

5.1 DOMICILIO FISCAL

5.2 RESIDENCIA.

5.3. FUENTE DE RIQUEZA

5.4. REPRESENTACION LEGAL

5.5. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

5.6. ENAJENACION DE BIENES

5.7. ARRENDAMINETO FINANCIERO

5.8. ESCISION DE SOCIEDADES

5.9. REGALIAS.

5.10. ACTIVIDADES EMPRESARIALES

5.11. OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS

5.12. ASITENCIA TECNICA.

5.13. MERCADOS RECONOCIDOS

5.14. ASOCIACION EN PARTICIPACION.

UNIDAD VI.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES Y

FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES

6.1. FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES.

6.2. DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES

6.3. OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES

UNIDAD V.

DISPOSICIONES GENERALES DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

5.1 DOMICILIO FISCAL

5.2 RESIDENCIA.

5.3. FUENTE DE RIQUEZA

5.4. REPRESENTACION LEGAL

5.5. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

5.6. ENAJENACION DE BIENES

5.7. ARRENDAMINETO FINANCIERO

5.8. ESCISION DE SOCIEDADES

5.9. REGALIAS.

5.10. ACTIVIDADES EMPRESARIALES

5.11. OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS

5.12. ASITENCIA TECNICA.

5.13. MERCADOS RECONOCIDOS

5.14. ASOCIACION EN PARTICIPACION.

UNIDAD VI.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES Y

FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES

6.1. FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES.

6.2. DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES

6.3. OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES

Disposiciones Generales del Derecho Fiscal y Tributario

UNIDAD I

DISPOSICIONES GENERALES DEL DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIO

Objetivo Educacional: El estudiante comprenderá las disposiciones generales del

derecho fiscal y tributario, así como sus definiciones, fundamentos, ámbitos y métodos

de interpretación de las leyes fiscales.

1.1. DEFINICIÓN DE DERECHO FISCAL

Es el conjunto de normas jurídicas que se ocupan, fundamentalmente, de regular la

percepción de las contribuciones y las relaciones entre el Poder Publico (fisco) y los

contribuyentes, que tiene la obligación de cubrirlas.

Desde luego, debe entenderse que el término “contribuciones” está

considerado en su acepción más amplia, esto es, como las prestaciones establecidas en la ley a cargo de las personas que deben cubrirlas al ente público y que se destinan a satisfacer las necesidades colectivas.

Por otra parte, la expresión “relaciones”, abarca las que puedan presentarse tanto

en la fase oficiosa como en la fase contenciosa del proceso tributario. 1

1 DERECHO FINANCIERO MEXICANO

LIC. SERGIO FRANCISCO DE LA GARZA

EDITORIAL PORRUA MEXICO.

2 DERECHO FINANCIERO MEXICANO

LIC. SERGIO FRANCISCO DE LA GARZA

EDITORIAL PORRUA MEXICO.

1.2. DEFINICIÓN DE DERECHO TRIBUTARIO.

DERECHO TRIBUTARIO: Es el conjunto de normas jurídicas que se refieren al

establecimiento de los tributos, esto es, a los impuestos, derechos y contribuciones

especiales, a las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración y los

particulares con motivo de su nacimiento, cumplimiento o incumplimiento, a los

procedimientos oficiosos o contenciosos que pueden surgir y a las sanciones

establecidas por su violación.2

En el Derecho Tributario existe el principio de que a través de la ley y solo por ella

se puede ejercer el poder de autoridad estatal.

DERECHO PUBLICO: Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las

relaciones del Estado, como ente soberano, con los ciudadanos o con otros

Estados.

Luego entonces el Derecho Tributario debe UBICARSE DENTRO DEL DERECHO

PÚBLICO por el siguiente factor:

-Hay presencia de entes públicos como sujetos de la actividad que se somete a la

ordenación jurídica

1.3. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DE LA CONTRIBUCION.

El fundamento constitucional de la contribución es el Art. 31 fr. IV de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que es obligación de los

mexicanos contribuir al gasto público, tanto de la federación como de las entidades

federativas y de los municipios. 3

3 Art. 31 fr. IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El ejercicio del poder tributario y la actuación de las autoridades en esta materia

deben seguir determinados lineamientos que la propia Constitución y las leyes

establecen. No es posible pensar que la autoridad por el simple hecho de serlo,

pueda actuar a su libre arbitrio.

Es por ello que del análisis de las disposiciones constitucionales los estudiosos del

Derecho han derivado una serie de reglas básicas que deben observar las

autoridades tanto legislativas como administrativas, en el ejercicio de sus funciones.

Estas normas básicas tienen su origen en la norma fundamental de nuestro

sistema jurídico, es decir en la Constitución.

El articulo 31 fracción IV dispone que “ son obligaciones de los mexicanos :

contribuir para los gastos públicos, así de la federación como del Distrito Federal o

del Estado y Municipios en que residan, de la maneras proporcional y equitativa que

dispongan las leyes”.

De esto se desprenden los siguientes principios:

Legalidad, obligatoriedad, vinculación con el gasto público, proporcionalidad y

equidad, residencia y anualidad.

Los cinco primeros se consagran en la fracción IV del artículo 31 y el último, en

la fracción IV del artículo 74 ambos preceptos de la Ley Suprema de Toda la

Unión.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD.- El principio de legalidad se encuentra

consagrado , como ya dijimos, en la fracción IV del articulo 31 de la Constitución

Federal que dispone que son obligaciones de los mexicanos contribuir para

los gastos públicos, así de la federación , como del Distrito federal o del

Estado y Municipios en que residan, de la manera proporcional y equitativa en

que dispongan las leyes. Un reforzamiento de este fundamento se encuentra en el

segundo párrafo del articulo 14 Constitucional que garantiza que nadie puede ser

privado de sus propiedades si no es conforme con las leyes expedidas por el

Congreso.

El principio de legalidad en materia tributaria puede enunciarse mediante el

dicho “No hay tributo sin ley”.

El principio de legalidad significa que la ley que establece el tributo debe

definir cuales son los elementos y supuestos de la obligación tributaria, esto

es, los hechos imponibles, los sujetos pasivos de la obligación que va a

nacer, así como el objeto y la cantidad de la prestación; por lo que todos esos

elementos no deben quedar al arbitrio o discreción de la autoridad administrativa.

PRINCIPIO DE OBLIGATORIEDAD.- La obligación tributaria es el vínculo

jurídico en virtud del cual un sujeto (deudor) debe dar a otro sujeto que actúa

ejercitando el poder tributario (acreedor), sumas de dinero determinadas

...

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