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Derecho agrario.Regula el adecuado reparto de las tierras dentro del ejido


Enviado por   •  20 de Abril de 2016  •  Apuntes  •  309 Palabras (2 Páginas)  •  213 Visitas

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Derecho agrario

Regula el adecuado reparto de las tierras dentro del ejido.

Ejido. Tienen personalidad jurídica y patrimonio propio, son propietarios de las tierras que les han sido otorgadas y de las que hubieren adquirido por cualquier otro título.  (Art. 9 L. Agrario)

Ejido. (Órganos ejidales) = propietarios

Ejidatarios: poseedores (certificado parcelario)

Son ejidatarios los hombres o mujeres titulares de derechos ejidales (art. 12 L. agraria)

Avecindados: han residido por un año o más dentro del núcleo del ejido, mayores de edad (art. 13 L. Agrario)

Corresponde a los ejidatarios el uso, goce, y disfrute sobre sus parcelas de acuerdo al reglamento interno del ejido.

Para adquirir la calidad del ejidatarios se requiere.

Ser mexicano mayor de edad o de cualquier edad por medio de quien ejerza patria potestad o se trate de heredero ejidatario

Ser avecindado del ejido correspondiente.

La calidad de ejidatario se acredita:

  • Certificado de derechos agrarios
  • Certificado parcelario
  • Sentencia o resolución del tribunal agrario

El ejidatarios tiene la facultad de designar a quien deba sucederle en sus derechos carcelarios, bastará con que formule una lista de sucesión, en orden de preferencia, en caso de fallecimiento. (Cónyuge, hijos, ascendientes) (Art. 17 L. agrario)

La lista deberá ser depositada en el RAN. (Registro agrario nacional).

Orden de preferencia en caso de que no haya lista:

  1. Cónyuge
  2. Concubina o concubino
  3. Uno de los hijos
  4. Uno de sus ascendientes
  5. Cualquier otra persona que dependa económicamente de él.

Cuando no existan sucesores, el tribunal agrario proveerá lo necesario  para que se vendan los derechos correspondientes al mejor postor de entre los ejidatarios y avecindados.  ( art. 19 L. Agrario)

La calidad de  ejidatario se pierde:

  1.  Por cesión legal de los derechos.
  2. Renuncia de derechos.
  3. Preinscripción negativa (art. 20 L. Agraria)

ORGANOS DEL EJIDO.

  • La asamblea
  • Comisariado ejidal
  • El consejo de vigilancia.

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