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Diferencia Entre Legado Y Heredero


Enviado por   •  28 de Abril de 2014  •  762 Palabras (4 Páginas)  •  265 Visitas

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Heredero y legatario

En un sentido muy general, heredero es aquella persona que sucede al difunto en la titularidad de sus bienes y deudas, a título universal; y legatario aquella que adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia.

 

Por eso el Código Civil venezolano en su artículo 834 dice que “llamase heredero al que sucede a título universal y legatario al que sucede a título particular".

 

Es decir: Si el llamamiento hereditario provoca la subrogación en la universalidad de los bienes, esto es, en todos sus derechos y obligaciones, la sucesión es universal, mientras que si el llamamiento supone sólo la sustitución en determinados bienes o derechos y obligaciones, la sucesión es a título singular o legado.

 

Las diferencias fundamentales entre ambas figuras son claras:

 

         → El heredero sucede al causante en su conjunto patrimonial, activo y pasivo, tanto en los derechos como en las obligaciones que no se extingan por su muerte, mientras que el legatario sólo lo hace en bienes o derechos determinados por el testador.

 

En consecuencia: la posición de heredero puede provenir de la ley, además de la voluntad del causante; mientras que la de legatario sólo puede provenir de la voluntad del causante establecida en testamento.

 

       → En cuanto a la responsabilidad: al suceder el heredero a título universal, tanto en los bienes como en las deudas, responde de las deudas del causante ilimitadamente e incluso con sus propios bienes (a no ser que acepte a beneficio de inventario); mientras que el legatario no responde de las deudas y cargas de la herencia, salvo en los casos especiales en que se le atribuya alguna carga concreta (prelegado) o se distribuya toda la herencia en legados.

 

       → Subjetivamente, el legatario no ocupa los fundamentales papeles del heredero en la liquidación de la herencia, el pago de deudas, o la defensa del patrimonio del causante. Por ello afirma que mientras el heredero es un auténtico sucesor, el legatario es un adquirente.  

    

       → Objetivamente: frente a la fuerza expansiva de la herencia respecto al heredero (que adquirirá incluso bienes cuya existencia se ignora), el legatario adquirirá exclusivamente los bienes y derechos que le sean expresamente atribuidos.

 

       → Formalmente, mientras que la herencia se produce forzosamente a la muerte del causante, de formas que a falta de designación de herederos por éste, los designará la ley; el legado sólo se produce por voluntad

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