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ENSAYOS SOBRE DACTILOSCOPIA


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2011  •  8.774 Palabras (36 Páginas)  •  947 Visitas

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CUESTIONARIO PENAL GENERAL Y TEORIA DEL DELITO

1. ¿Concepto de dignidad Humana?

Se puede considerar como el realismo jurídico, que concibe el saber del derecho como el conocimiento práctico que versa sobre la realidad jurídica respecto de la cual se determina/decide/prescribe/establece/discierne/indaga qué es lo justo y lo debido en los casos concretos .La dignidad se puede presentar como objeto de protección, en tres líneas jurisprudenciales:

La dignidad humana entendida como autonomía o posibilidad de diseñar un plan vital y de determinarse según las propias características correspondería al «vivir como se quiera»;

La dignidad humana entendida como ciertas condiciones materiales concretas de existencia correspondería al «vivir bien»;

La dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes no patrimoniales, la integridad física y la integridad moral correspondería al «vivir sin humillaciones».

2. ¿Principio de integración, en qué consiste?

Este principio, que constituye la tercera etapa de la aplicación del derecho (la primera es la aplicación y la segunda la interpretación), es la más compleja y difícil: mientras la aplicación y la interpretación arriban a soluciones más certeras y de mayor autoridad por derivar en forma natural de un texto indiscutible, la integración está sujeta en mayor grado al error pues la solución deriva de la inexistencia de normas positivas. En este tipo de solución, el magistrado cumple con una labor de creación, pues su resultado consiste en imaginar o imponer una nueva norma que entonces se incorpora al orden jurídico para completar su vacío. Es decir que en cierta forma el juez actúa por una especie de delegación legislativa, otorgando validez decisoria a lo que éste resuelva aplicando principios preestablecidos.

3. ¿Qué es la función de prevención especial de la pena?

Es la que va dirigida en particular a los que hayan cometido algún acto delictivo, con el fin de que no vuelvan a hacerlo, opera en el momento de ejecución de la pena de prisión, donde se persigue como fin fundamental la resocialización del individuo.

4. ¿Cuáles son las funciones de la pena?

Sus funciones son: preventiva, retributiva, protectora, resocializadora, hay que tener en cuenta que la función de prevención tiene dos connotaciones una general y una especial.

5. ¿Cuáles son las funciones de las medidas de seguridad?

En nuestra legislación las medidas de seguridad persiguen fines de curación, tutela y rehabilitación.

6. Que es el tipo penal?

Es la descripción precisa de las acciones u omisiones que son considerados como delito y a los que se les asigna una pena o sanción. La obligación del Estado de tipificar los delitos deriva del principio de legalidad

7. ¿Cuáles son los elementos del delito?

Los elementos del delito son:

Acción, Tipicidad, Antijurídica, Culpabilidad, Imputabilidad, Punibilidad

8. ¿Cuál es la definición de delito en el C.P. colombiano?

El delito es la conducta típica, antijurídica, culpable.

9. ¿Cuáles son los elementos de la estructura del tipo penal?

a) La acción.

b) Los Sujetos.

c) El objeto

10. ¿Clases de sujeto en el tipo penal?

El tipo penal presupone la presencia de un sujeto activo y un sujeto activo:

El sujeto activo es quien realiza la acción y el pasivo es el titular del bien jurídico lesionado por el delito

11. ¿División de los tipos según la conducta?

Tipos mono subjetivos: Son aquellos tipos que describen conductas realizadas por un sujeto. o C.P Art.125. Lesiones culposas al feto El que por cualquier medio causare a un feto daño en el cuerpo o en la salud que perjudique su normal desarrollo. o C.P Art. 128. Abandono de hijo futo carnal violento abusivo, o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas La madre que dentro de los ocho (8) días siguientes al nacimiento abandone a su hijo fruto de acceso o acto sexual sin consentimiento, abusivo, o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas

Tipos pluri subjetivos: son aquellos que requieren la presencia de dos o más para la realización de la conducta descrita en la ley. Pueden ser de conducta unilateral o bilateral.

C.P Art. 469 Asonada los que en forma tumultuaria exigieren violentamente de la autoridad la ejecución u omisión de algún acto propio de sus funciones. o C.P Art. 122; Aborto La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause.

12. ¿División de los tipos según su ubicación en la estructura del código penal?

Básicos, especiales, subordinados, elementales, compuestos, completos, incompletos, autónomos y en blanco

13. ¿División de los tipos según el sujeto?

• Cualificados son: natural jurídico o profesional

• Indeterminado

14. ¿Concepto de conducta y verbo rector?

La primera modalidad de la conducta es la acción; una parte de la doctrina dice que la acción tiene carácter fáctico, pero al derecho penal le interesa que esa acción esta tipificada lo que le da una dimensión normativa. La segunda modalidad de la conducta es la omisión; es muy difícil para el derecho penal determinar en qué consiste la omisión, puesto que el derecho espera que el sujeto realice aquéllas acciones que debiera realizar. Esto justifica que se trate de un concepto normativo.

El verbo rector de conformidad a lo descripto por la normativa nacional, en este caso son dos los verbos rectores causara o no evitara.

15. Quien es un inimputable?

Es inimputable quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviere la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez sicológica, trastorno mental,

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