ENSAYOS SOBRE DACTILOSCOPIA
johananieto29 de Noviembre de 2011
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CUESTIONARIO PENAL GENERAL Y TEORIA DEL DELITO
1. ¿Concepto de dignidad Humana?
Se puede considerar como el realismo jurídico, que concibe el saber del derecho como el conocimiento práctico que versa sobre la realidad jurídica respecto de la cual se determina/decide/prescribe/establece/discierne/indaga qué es lo justo y lo debido en los casos concretos .La dignidad se puede presentar como objeto de protección, en tres líneas jurisprudenciales:
La dignidad humana entendida como autonomía o posibilidad de diseñar un plan vital y de determinarse según las propias características correspondería al «vivir como se quiera»;
La dignidad humana entendida como ciertas condiciones materiales concretas de existencia correspondería al «vivir bien»;
La dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes no patrimoniales, la integridad física y la integridad moral correspondería al «vivir sin humillaciones».
2. ¿Principio de integración, en qué consiste?
Este principio, que constituye la tercera etapa de la aplicación del derecho (la primera es la aplicación y la segunda la interpretación), es la más compleja y difícil: mientras la aplicación y la interpretación arriban a soluciones más certeras y de mayor autoridad por derivar en forma natural de un texto indiscutible, la integración está sujeta en mayor grado al error pues la solución deriva de la inexistencia de normas positivas. En este tipo de solución, el magistrado cumple con una labor de creación, pues su resultado consiste en imaginar o imponer una nueva norma que entonces se incorpora al orden jurídico para completar su vacío. Es decir que en cierta forma el juez actúa por una especie de delegación legislativa, otorgando validez decisoria a lo que éste resuelva aplicando principios preestablecidos.
3. ¿Qué es la función de prevención especial de la pena?
Es la que va dirigida en particular a los que hayan cometido algún acto delictivo, con el fin de que no vuelvan a hacerlo, opera en el momento de ejecución de la pena de prisión, donde se persigue como fin fundamental la resocialización del individuo.
4. ¿Cuáles son las funciones de la pena?
Sus funciones son: preventiva, retributiva, protectora, resocializadora, hay que tener en cuenta que la función de prevención tiene dos connotaciones una general y una especial.
5. ¿Cuáles son las funciones de las medidas de seguridad?
En nuestra legislación las medidas de seguridad persiguen fines de curación, tutela y rehabilitación.
6. Que es el tipo penal?
Es la descripción precisa de las acciones u omisiones que son considerados como delito y a los que se les asigna una pena o sanción. La obligación del Estado de tipificar los delitos deriva del principio de legalidad
7. ¿Cuáles son los elementos del delito?
Los elementos del delito son:
Acción, Tipicidad, Antijurídica, Culpabilidad, Imputabilidad, Punibilidad
8. ¿Cuál es la definición de delito en el C.P. colombiano?
El delito es la conducta típica, antijurídica, culpable.
9. ¿Cuáles son los elementos de la estructura del tipo penal?
a) La acción.
b) Los Sujetos.
c) El objeto
10. ¿Clases de sujeto en el tipo penal?
El tipo penal presupone la presencia de un sujeto activo y un sujeto activo:
El sujeto activo es quien realiza la acción y el pasivo es el titular del bien jurídico lesionado por el delito
11. ¿División de los tipos según la conducta?
Tipos mono subjetivos: Son aquellos tipos que describen conductas realizadas por un sujeto. o C.P Art.125. Lesiones culposas al feto El que por cualquier medio causare a un feto daño en el cuerpo o en la salud que perjudique su normal desarrollo. o C.P Art. 128. Abandono de hijo futo carnal violento abusivo, o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas La madre que dentro de los ocho (8) días siguientes al nacimiento abandone a su hijo fruto de acceso o acto sexual sin consentimiento, abusivo, o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas
Tipos pluri subjetivos: son aquellos que requieren la presencia de dos o más para la realización de la conducta descrita en la ley. Pueden ser de conducta unilateral o bilateral.
C.P Art. 469 Asonada los que en forma tumultuaria exigieren violentamente de la autoridad la ejecución u omisión de algún acto propio de sus funciones. o C.P Art. 122; Aborto La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause.
12. ¿División de los tipos según su ubicación en la estructura del código penal?
Básicos, especiales, subordinados, elementales, compuestos, completos, incompletos, autónomos y en blanco
13. ¿División de los tipos según el sujeto?
• Cualificados son: natural jurídico o profesional
• Indeterminado
14. ¿Concepto de conducta y verbo rector?
La primera modalidad de la conducta es la acción; una parte de la doctrina dice que la acción tiene carácter fáctico, pero al derecho penal le interesa que esa acción esta tipificada lo que le da una dimensión normativa. La segunda modalidad de la conducta es la omisión; es muy difícil para el derecho penal determinar en qué consiste la omisión, puesto que el derecho espera que el sujeto realice aquéllas acciones que debiera realizar. Esto justifica que se trate de un concepto normativo.
El verbo rector de conformidad a lo descripto por la normativa nacional, en este caso son dos los verbos rectores causara o no evitara.
15. Quien es un inimputable?
Es inimputable quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviere la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez sicológica, trastorno mental, diversidad sociocultural o estados similares.
16. Como se define la culpabilidad?
Sólo se podrá imponer penas por conductas realizadas con culpabilidad. Queda erradicada toda forma de responsabilidad objetiva.
17. Cuál es el concepto de Antijuridicidad?
Para que una conducta típica sea punible se requiere que lesione o ponga efectivamente en peligro, sin justa causa, el bien jurídicamente tutelado por la ley penal.
18. Quien es el autor mediato?
Es aquel que atreves de la utilización de personas, cosas o animales desarrolla el comportamiento punible
19. Quien es el Determinador?
Es aquel que siembra en otros la idea criminal buscando que este último la realice o materialice
20. Cuando el sujeto activo es calificado?
Cuando cumple unas condiciones específicas, este podrá ser de tres clases que son: Natural Jurídico y Profesional
21. En qué consisten los elementos del tipo denominados normativos y subjetivos?
Elementos normativos: son aquellos contenidos en una descripción típica que sólo se pueden captar mediante un acto o juicio de valoración o dan los elementos para formar ese juicio. Pueden referirse a la significación cultural (cuando el estupro se condiciona a que la mujer deba ser "honesta") o a la significación jurídica de alguna circunstancia (como el elemento "documento" en la falsificación). Son propios del tipo, pero no de la acción propiamente dicha, porque el autor del hecho no las realiza. Son independientes de la conducta delictiva,
Elementos subjetivos: son aquellos que quedan determinados por la propia conducta del autor. Pueden distinguirse los siguientes casos:
a) casos en que el tipo requiere un determinado propósito o fin en la acción. El autor se propone lograr un fin o un resultado que puede estar fuera del tipo, es decir que para configurar un delito es indiferente que se logre concretarlo o no. Lo típico es la finalidad que acompaña al dolo (el rapto se configura si hay fines deshonestos).
b) casos en que el fin perseguido tiende a ser alcanzado por la acción típica misma y no existe en el autor intención de cumplir una actividad posterior (matar a una persona para que no sea testigo).
c) casos en que la acción va acompañada de un ánimo determinado; son los llamados delitos de tendencia. Una misma acción, según su propósito, puede ser delito o no (tacto médico con fines científicos o con fines lascivos).
d) casos en los que se considera la situación personal objetiva del autor, que facilita la comisión del delito (el empleado de correos que viola la correspondencia).
22. En qué consiste el concepto de antijuridicidad material?
En sentido material se dice que una acción es antijurídica cuando, habiendo transgredido una norma positiva (condición que pone el principio de legalidad), lesiona o pone en peligro un bien jurídico que el derecho quería proteger.
23. Como se compone el territorio sobre el cual se aplica la ley penal colombiana, y cuál es el territorio por extensión?
La ley penal colombiana se aplicará a toda persona que la infrinja en el territorio nacional
La ley penal colombiana se aplicará a la persona que cometa la conducta punible a bordo de nave o aeronave del Estado o explotada por este, que se encuentre fuera del territorio nacional, salvo las excepciones consagradas en los tratados o convenios internacionales ratificados por Colombia.
24. Quien es el destinatario de la norma penal?
Todo habitante de la Nación, tiene que cumplir las normas y el juez debe aplicar las penas correspondientes a una conducta antijurídica.
Para Kelsen la norma
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