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El Valor Intelectual


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2013  •  909 Palabras (4 Páginas)  •  380 Visitas

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1- Redacción de un informe acerca de la evolución histórica del Derecho Intelectual dominicano.

En nuestro país el sistema jurídico de la propiedad intelectual se basa en la Declaración Universal de los Derecho Humano que en su Artículo 27 párrafo 2 establece que toda persona tiene derecho a la protección de los interés morales materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artistas de que sea autora, y en base al Art. 8 inciso 14 de la Constitución Dominicana que establece el reconocimiento de la protección efectiva del Estado de los derechos de la persona humana y el mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertar individual y de justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos, en especial la propiedad exclusiva por el tiempo y en la forma que determine la ley adjetiva, de los inventos y descubrimientos, así como las producciones científicas, artísticas y literarias.

La primera disposición jurídica adjetiva dominicana en la materia se remonta al 1911 con la ley 4994 sobre Patentes. Más tarde en el 1937, nace la Ley 1450 sobre Marcas y Nombres Comerciales y para el 1986 la Ley 32 sobre Derecho de Autor. Todas estas leyes han sido derogadas por las nuevas leyes sobre Propiedad Intelectual: Ley 65-00 sobre Derecho de Autor y Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, ambas armonizadas a los estándares mínimos del Acuerdo sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), acuerdo 1C del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT), dentro del marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), del cual la República Dominicana forma parte.

2. Redacción de un análisis sobre el valor del capital intelectual como propiedad de las personas.

Con la entrada en vigencia de las leyes 20-00 sobre Propiedad Industrial y 65-00 sobre Derecho de Autor, se abrió un nuevo campo dentro del ejercicio legal y financiero en materia de derecho intelectual, ya que legislación ofrece un marco institucional que facilita y promueve en cierta medida la valorización de la Propiedad Industrial e Intelectual.

Las nuevas normativas consagran dentro su articulado, la posibilidad de otorgar e inscribir determinado derecho ante las correspondientes oficinas que administran los derechos de Propiedad Intelectual e Industrial.

La legislación dominicana consagra un verdadero registro de la Propiedad Industrial e Intelectual que permite la inscripción de un sinnúmero de actos jurídicos, a saber: transferencias a título gratuito u oneroso, ya sea por actos entre vivo o atreves de sucesiones: funciones, licencias de uso, explotación, o utilidad pública, transferencia de tecnologías, renovaciones, nulidades, caducidades, limitaciones de derecho, pruebas de uso, cotitularidades, declaraciones de prioridad, división de registro, desistimientos, embargos, oposiciones, prendas y otras garantías así como cargas o restricciones de dominio permitidas por la indicada legislación.

El reconocimiento merecido que la ley le ha otorgado a los derechos

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